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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 751318
Departamento de Personal. Negociado de Selección y Provisión. Providencia de emplazamiento judicial. Procedimiento Abreviado núm. 632/22 Juzgado contencioso administrativo nº 1 del Ayuntamiento de Palma

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El regidor de Hacienda, Innovación y Función Pública dia 7 de diciembre de 2022 acordó lo siguiente:

Mediante oficio de Servicios Jurídicos de fecha 25 de noviembre de 2022 se remite Decreto del Juzgado de lo contencioso administrativo nº 1 de Palma, en el Procedimiento Abreviado nº 632/22 interpuesto por José Alemany Capó, contra la publicación de la lista definitiva de aspirantes que han superado la fase de concurso oposición por el sistema de promoción interna, para cubrir 21 plazas vacantes de la categoría de Oficial de la Policía Local, correspondiente a la oferta pública de ocupación  del ejercicio 2017 y 2018, publicada en el BOIB de 22 de febrero de 2020.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, el Regidor de Hacienda, Innovación y Función Pública dicta al siguiente

PROVIDENCIA

PRIMERO.- Notificar a las personas que puedan estar interesadas, que por parte del Sr. José Alemany Capó se ha interpuesto recurso contencioso administrativo contra la publicación de la lista definitiva de aspirantes que han superado la fase de concurso oposición por el sistema de promoción interna, para cubrir 21 plazas vacantes de la categoría de Oficial de la Policía Local, correspondiente a la oferta pública de ocupación  del ejercicio 2017 y 2018, publicada en el BOIB de 22 de febrero de 2020, y que se sigue en el Procedimiento Abreviado 632/22 ante el Juzgado de lo contencioso administrativo nº 1 de Palma;  y de conformidad con el artículo 49 de la Ley 29/98,  de 13 de julio, Reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, emplazarlas para que, si lo consideran oportuno, puedan comparecer y personarse como demandadas, en el plazo de 9 días; haciéndole saber que si se persona ante el juzgado contencioso administrativo nº 1 con posterioridad al plazo indicado, serán tenidos como partes para los trámites no precluidos sin necesidad de retrotraer ni interrumpir el curso del procedimiento, y que si no se personan, el procedimiento continuará con los trámites sin la necesidad de practicar las notificaciones, tal como resulta en lo dispuesto en el artículo 50 de la mencionada ley.

SEGUNDO.- Una vez realizado el emplazamiento procédase a remitir el justificante al juzgado de lo contencioso administrativo nº 1.

 

Palma, a la fecha de la firma electrónica (13 de diciembre de 2022)

La jefa del Departamento de Personal p.d. Decreto de alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014) Esperanza Vega Terrón