Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO BALEAR DE LA NATURALEZA (IBANAT)
Núm. 742256
Resolución sobre la reactivación y prórroga del periodo de vigencia de la bolsa de trabajador/a forestal nivel 1 y trabajador/a forestal sotscap
Antecedentes
1. En el BOIB número 6, de 12 de enero de 2019, se publicó la resolución del director gerente del IBANAT por la cual se aprueba la convocatoria y las bases para formar una bolsa de la categoría profesional/puesto de trabajo de trabajador/a forestal nivel 1, trabajador/a forestal nivel 2, trabajador/a forestal sotscap y vigilante.
El punto 13 de las bases antes mencionadas, donde establece la vigencia de la bolsa, dice: “La bolsa del personal laboral e interino tiene una vigencia máxima de tres años desde que se publique en el BOIB. Una vez que haya transcurrido este periodo de tiempo, la bolsa perderá la vigencia y no se podrá reactivar. Este hecho se tiene que anunciar en la página web del IBANAT.”
2. En el BOIB número 139, de 12 de octubre de 2019, se publicó la resolución del director gerente del IBANAT por la cual se aprueba la lista definitiva de la categoría profesional/puesto de trabajo de trabajador/a forestal nivel 1 y trabajador/a forestal sotscap, el plazo de vigencia acababa el día 11 de octubre de 2022.
3. Actualmente, se encuentra en proceso el Plan de estabilización del Sector Público Instrumental, regulado por la Ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad de la ocupación pública, y en conformidad con el Acuerdo de la Mesa General del Sector Público Instrumental Autonómico de fecha 4 de julio de 2022 donde se aprueban las bases generales con criterios comunes para regir los procesos selectivos de estabilización, entre el cual se encuentra el IBANAT, y que antes de 31 de diciembre de 2022 tiene que publicar las bases de la convocatoria de concurso de méritos y concurso oposición que conformarán bolsas de diferentes categorías, entre ellas las anteriormente mencionadas.
4. En la Comisión Paritaria del IBANAT, en sesión celebrada el 18 de noviembre de 2022 acordó, por unanimidad de la parte social y de la empresa:
5. Prorrogar la vigencia de los dos bolsines anteriores mientras dure el proceso de estabilización previsto para diciembre de 2024, o hasta que se constituyan los bolsines de las mismas categorías y puestos de trabajo del proceso de estabilización.
Fundamentos de derecho
De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Convenio Colectivo del Instituto Balear de la Natura que regula las capacidades de la comisión paritaria, establece que los acuerdos de la mencionada comisión “tienen carácter ejecutivo, vinculantes, de plena validez y eficacia dentro del ámbito de este convenio, tienen que acordarse por mayoría de cada una de las partes y tienen que hacerse públicos en todos los centros de trabajo en un plazo máximo de treinta días desde su adopción, facilitando igualmente el acceso digital a los mismos por parte de todo el personal.”
De conformidad con lo establecido en el artículo 21.1 del Convenio Colectivo del Instituto Balear de la Natura que regula el funcionamiento de las Bolsas de Trabajo: “ La Empresa tiene que confeccionar periódicamente bolsas de trabajo mediante convocatoria pública por el sistema de concurso o, según la índole de las funciones que se tengan que llevar a cabo, el número de puestos de trabajo que se tengan que proveer y la modalidad de contratación que se tenga que aplicar, con otro tipo de pruebas selectivas. Las bolsas de trabajo se tienen que confeccionar para aquellas categorías profesionales/puestos de trabajo de este convenio, y siempre que haya una previsión de necesidades para cubrir. La convocatoria y bases de estas bolsas se tienen que negociar con la participación del Comité de Empresa. En la confección de estas bolsas deben participar los representantes que el Comité determine.”
De conformidad con lo establecido en el artículo 17.2 de los Estatutos del Instituto Balear de la Natura donde determina las funciones que tiene encomendadas el Director Gerente.
RESOLUCIÓN
1. Aprobar la reactivación de la bolsa de trabajador/a forestal nivel 1 y trabajador /a forestal sotscap, y prorrogar la vigencia mientras dure el proceso de estabilización previsto para diciembre de 2024, o hasta que se constituyan los bolsines de las mismas categorías y puestos de trabajo del proceso de estabilización.
2. Publicar la presente resolución en el BOIB
Interposición de recursos
Contra esta resolución se puede interponer recurso de alzada ante el Consejo de Administración del IBANAT en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 40 del decreto 24/2013 de 24 de mayo de aprobación de los Estatutos del IBANAT.
Contra la desestimación exprés del recurso de alzada podrá interponerse un recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a haber recibido la notificación de la desestimación, y contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a la desestimación presunta, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Palma, (firmado electrónicamente: 12 de diciembre de 2022)
El director gerente Joan Ramon Villalonga