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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TERRITORIO

Núm. 739769
Resolución ampliación plazo de justificación de proyectos de subvención concedidos a personas físicas, agrupaciones de personas físicas, entidades sin ánimo lucro, comunidades de bienes y explotaciones agrarias, en la convocatoria de subvenciones de recuperación de elementos etnológicos y arquitectónicos con valores patrimoniales, recuperación del paisaje agrícola y su entorno y de los espacios agrícolas y/o forestales de titularidad municipal, mantenimiento, limpieza y conservación de espacios públicos que necesiten de especial cuidado, y redacción y/o actualización de catálogos municipales de caminos públicos, en e ámbito territorial de la Serra de Tramuntana, para el año 2022 (SV 1/2022)

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Texto

Referencia Base de Datos Nacional de Subvenciones: 620224

La vicepresidenta del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial ha dictado, el día 12 de diciembre de 2022, la resolución siguiente:

<< Antecedentes

1. El día 8 de abril de 2022 la Vicepresidenta del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial aprobó la convocatoria de subvenciones para la recuperación de elementos etnológicos y arquitectónicos con valores patrimoniales, para la recuperación del paisaje agrícola y su entorno y de los espacios agrícolas y/o forestales de titularidad municipal, para el mantenimiento, la limpieza y la conservación de espacios públicos que por<A[por|para]> sus características especiales necesiten de un especial cuidado<A[cuidado|cura]>, y para la redacción y/o actualización de catálogos municipales de caminos públicos, que estén situados dentro del ámbito territorial de la Serra de Tramuntana, para el año 2022. Esta convocatoria se publicó en el BOIB nº. 51, de 16 de abril de 2022)

2. Visto el régimen de concurrencia no competitiva a través de concesión directa, a lo largo de la segunda mitad del año 2022 se han ido concedido las diferentes subvenciones en personas físicas, agrupaciones de personas físicas, entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes y explotaciones agrarias a medida que el crédito previsto a la convocatoria fuera suficiente.

3. El jefe de servicio jurídico del Servicio de Gestión de Parajes Culturales ha emitido, en fecha 7 de diciembre de 2022, informe jurídico favorable a la ampliación del plazo para ejecutar y justificar las subvenciones concedidas a las personas físicas, agrupaciones de personas físicas, entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes y explotaciones agrarias.

Fundamentos<A[Fundamentos|Cimientos]> de derecho

1. El artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 70 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de subvenciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, prevén la ampliación de los plazos para ejecutar y justificar las subvenciones.

2. De acuerdo con la base undécima de la convocatoria, la Vicepresidencia el Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial es el órgano competente para aprobar y resolver esta ampliación de conformidad con el artículo 11, letra e) de los estatutos del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial.

Por todo eso, resuelvo:

RESOLUCIÓN

1. Ampliar el plazo únicamente de justificación, no de ejecución, que figura en la base decimocuarta de la convocatoria de subvenciones para la recuperación de elementos etnológicos y arquitectónicos con valores patrimoniales, para la recuperación del paisaje agrícola y su entorno y de los espacios agrícolas y/o forestales de titularidad municipal, para el mantenimiento, la limpieza y la conservación de espacios públicos que por<A[por|para]> sus características especiales necesiten de un especial cuidado<A[cuidado|cura]>, y para la redacción y/o actualización de catálogos municipales de caminos públicos, que estén situados dentro del ámbito territorial de la Serra de Tramuntana, para el año 2022 (BOIB nº. 51, de 16 de abril de 2022), hasta día 31 de enero de 2023, para las personas físicas, agrupaciones de personas físicas, entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes y explotaciones agrarias a las cuales se les ha concedido subvención.

2. Ordenar la publicación de esta resolución en el BOIB.

Contra esta resolución de ampliación de plazo para la justificación de la subvención, no procede la interposición de ningún recurso, según lo previsto en el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.>>

 

Palma, 12 de diciembre de 2022

La secretaria del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial

(por delegación, BOIB nº. 143, de 15 de noviembre de 2018)

Nieves Rodríguez Verdú