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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 730662
Acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de día 5 de diciembre de 2022 de modificación del acuerdo del Consejo Ejecutivo de fecha 14 de noviembre de 2022 relativo a la aprobación de la modificación del Catálogo de puestos de trabajo del Consejo Insular de Menorca (exp. 0605-2022- 000006)

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Texto

Con fecha 24 de mayo de 2022 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 67 el Acuerdo del Consejo Ejecutivo, adoptado en sesión de carácter ordinario de 23 de mayo de 2022, relativo a la aprobación de la Oferta Pública para estabilización extraordinaria del Consejo Insular de Menorca.

Dicho acuerdo ha sido posteriormente modificado mediante los acuerdos de Consejo Ejecutivo de fechas 11 de julio, 1 de agosto y 7 de noviembre de 2022 (BOIB núm. 92, 103 y 147, de 16 de julio, 6 de agosto y 15 de noviembre, respectivamente).

Con fecha 17 de noviembre de 2022, se publicó en el BOIB núm. 148 el acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, de fecha 14 de noviembre de 2022, relativo a la aprobación de la modificación del catálogo de puestos de trabajo del Consejo Insular de Menorca.

Con fecha 18 de noviembre de 2022 se publicó en el BOIB núm. 149 el acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, de fecha 14 de noviembre de 2022, relativo a la aprobación de las bases específicas de los procesos selectivos por concurso y concurso oposición de las ofertas públicas de empleo extraordinarias para la estabilización de la Administración local de Menorca y de sus organismos dependientes.

En el citado BOIB de 18 de noviembre de 2022 también se publica el acuerdo del Consejo Ejecutivo de 14 de noviembre de 2022 mediante el cual se aprueba la convocatoria de las plazas de la oferta pública para la estabilización extraordinaria del Consejo Insular de Menorca y de sus organismos dependientes, que incluye plazas de la Administración insular, del Consorcio Sociosanitario de Menorca, del Consorcio de Residuos y Energía, y del Consorcio para la Protección de la Legalidad Urbanística en Suelo Rústico de la Isla de Menorca.

En fecha 24 de noviembre de 2022, la jefa del Servicio de Gestión de Personas emitió el informe SGP 2022-220, modificado por 220 bis, de 1 de diciembre, en el que se señala que se han detectado algunas discrepancias entre la oferta pública de empleo extraordinario, la modificación del catálogo de puestos de trabajo y la convocatoria de la oferta pública, relativos a la pertenencia al grupo y subgrupo de algunas plazas. En relación con la modificación de la convocatoria de las plazas de la Oferta Pública de Empleo para la estabilización extraordinaria del Consejo Insular de Menorca y de sus organismos dependientes, en síntesis dice:

«1. Cambios de escala y subescala

En las siguientes plazas

Plaza

Oferta pública

Catálogo

Convocatoria

Auxiliar de cocina

AESE

AET

AET

Auxiliar educador

AET

AET

AESE

Delineante

AESE

AET

AET

Auxiliar de inspección de territorio

AESE

 

AGAX

Los artículos 170 a 172 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, forman parte de la Administración Especial Técnica las plazas que son propias de los funcionarios que desarrollan funciones que son objecto de una carrera para el ejercicio de la cual se exige estar en posesión de determinados títulos académicos o profesionales, mientras que forman parte de la Administración Especial de Servicios Especiales las plazas que son propias de los funcionarios que desarrollan tareas que requieren una aptitud específica, y para el ejercicio de la cual no se exige, con carácter general, la posesión de títulos académicos o profesionales determinados.

En aplicación de esta normativa

  • El auxiliar de cocina debe pertenecer a la subescala de servicios especiales, puesto que no se requiere ninguna titulación para el desarrollo de este puesto de trabajo, por este motivo se debe:
    • Modificar el catálogo de puestos de trabajo
    • Modificar la convocatoria de la oferta pública.
  • El auxiliar educador se planteó inicialmente como perteneciente al subgrupo B, pero mediante acuerdo del Consejo Ejecutivo de 7 de noviembre de 2022 se modificó el error, puesto que el puesto de trabajo que debe ocupar el personal de esta plaza ya estaba catalogado en el subgrupo C1, pero no se modificó el error de pertenecer a la subescala de Servicios Especiales. La modificación del catálogo de día 17 de noviembre reprodujo el error de la oferta pública catalogándola en la subescala técnica, por este motivo se hace necesario:
    • Modificar el catálogo de puestos de trabajo
    • Modificar la oferta pública.

(...)

3. Modificación o precisión del requisito de titulación u otra titulación

  • Inspector de pesca y de guarda pesca:

Para el ejercicio de estas funciones se ha establecido como otros requerimientos el título de patrón (PER). Este título PER responde a las siglas en castellano de "patrón embarcación recreo".

La actividad de estos dos puestos de trabajo es profesional, por lo que el PER no sería una titulación válida. Por esta razón es necesario modificar este requerimiento para pasar a pedir cualquier título de patrón profesional. Por este motivo se debe: modificar:

  • El catálogo de puestos de trabajo
  • La convocatoria de la oferta pública

Puesto

Plaza

Otra titulación

Código

 

 

Donde dice

Debe decir

40003

Inspector de pesca

Guarda de Pesca (SIC)*

Titulación de patrón (PER)

Titulación de patrón profesional

70002

Guarda de pesca

Guarda de Pesca

Titulación de patrón (PER)

Titulación de patrón profesional

* Error en el informe, debería decir Técnico de pesca

  • Economista:

Para los economistas se requiere la titulación de Grado en Economía o titulación equivalente. La equivalencia hace referencia a las titulaciones obtenidas en planes de estudios anteriores al vigente, pero no por interpretar si dos especialidades diferentes son equivalentes.

La normativa actual permite diversificar las titulaciones de planes de estudio anteriores y adaptar el nombre de las titulaciones por cada universidad, esto hace que sea difícil establecer una única titulación para el ejercicio de una profesión, y se opta por establecer un ámbito profesional que podría abarcar diferentes titulaciones como lo podría ser el Grado en Administración y Dirección de Empresas, Grado en Gestión de Empresas, Grado en Economía y Finanzas, etc., por este motivo es necesario modificar la titulación para admitir cualquier grado de ámbito de las ciencias económicas y requiere modificar:

  • El catálogo de puestos de trabajo
  • La convocatoria de oferta pública de empleo

Código

Plaza

Titulación

 

 

Donde dice

Debe decir

40012

Economista

Grado en Economía o titulación equivalente

Grado en el ámbito de las Ciencias económicas o titulación equivalente

  • Técnico de riesgos laborales:

Ésta es una función reglada que requiere una titulación Graduado + Máster en Prevención de Riesgos Laborales o titulación equivalente.

La prevención de riesgos laborales se desarrolla en tres especialidades: Higiene Industrial, Seguridad Laboral y Ergonomía. Hasta hace un tiempo, estas especialidades se podían cursar de forma independiente y no era obligatorio para el ejercicio de la profesión disponer de las tres especialidades, siempre que las funciones se desarrollaran únicamente en la especialidad de cada uno.

Actualmente los másteres incluyen las tres especialidades, pero dado que no ha sido siempre así y dado que el Consejo necesita las tres especialidades, de ahí que parezca conveniente especificar que el máster debe contener las tres especialidades, añadiendo "u otra titulación equivalente" , entendiendo en este caso que los antiguos cursos de especialidad son también válidos para esta plaza. Por este motivo se propone modificar:

  • El catálogo de puestos de trabajo
  • La convocatoria de oferta pública de empleo.

Código

Plaza

Titulación

 

 

Donde dice

Debe decir

40025

Técnico de riesgos laborales

Grado + Máster en Prevención de riesgos laborales o titulación equivalente

Grado + Máster en Prevención de riesgos laborales en las tres especialidades o titulación equivalente

De acuerdo con lo qie se establece en el art. 28.1 e) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, corresponde al Consejo Executivo la aprobación de la relación de puestos de trabajo y cualquier otra actuación en materia de personal que no esté expresamente atribuida a otro órgano.

Dada la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Servicios Generales.

El Consejo Ejecutivo, por unanimidad de los seis miembros presentes (señor Maria Ballester, señora Torrent Bagur, señor Pastrana Huguet, señora Gomila Carretero, señora Morlà Subirats y señora Gómez Estévez) y en votación ordinaria, adopta los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar la modificación del acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 14 de noviembre de 2022 de modificación del Catálogo de puestos de trabajo del Consejo Insular de Menorca, relativo a la titulación y otras titulaciones de los siguientes puestos de trabajo:

En los puestos de trabajo de auxiliar de cocina y de auxiliar educador

Donde dice: AET

Debe decir: AESE

Segundo. Aprobar la modificación del acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 14 de noviembre de 2022 de modificación del Catálogo de puestos de trabajo del Consejo Insular de Menorca, relativo a la titulación y otras titulaciones de los siguientes puestos de trabajo, de acuerdo con el anexo de este acuerdo.

Tercero: Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) para general conocimiento.

Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el BOIB. El recurso puede interponerse formalmente ante el Pleno del Consejo Insular, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de éste recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante, en su caso, podrá interponerse cualquier otro recurso que estime oportuno. Todo ello, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Maó, 9 de diciembre de 2022

Por delegación de la presidenta,

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón

(Decreto 427/2019, de 11 de julio)

(BOIB nº 97 de 16-7-2019)

Documentos adjuntos