Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES
Núm. 730555
Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se amplía el crédito asignado a la convocatoria de ayudas por entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de garantía alimentaria y entidades que desarrollan proyectos de acceso a eventos culturales de personas en situación de riesgo social con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondiente al año 2022, por acciones a realizar durante el 2023
BDNS: 659306
Mediante la Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 16 de noviembre de 2022, se aprobó la convocatoria de ayudas para entidades sin ánimo de lucro que desarrollan proyectos de garantía alimentaria y entidades que desarrollan proyectos de acceso a eventos culturales de personas en situación de riesgo social con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondiente al año 2022, por acciones a realizar durante en 2023.
De acuerdo con el punto dos de la mencionada resolución, el crédito total asignado a la convocatoria es de 630.158,61 € (seiscientos treinta mil ciento cincuenta y ocho euros con sesenta y un céntimos), con cargo a la partida presupuestaria 17401.313E01.48000.00 FF 22073 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondientes al ejercicio 2022.
El apartado 2.3 de la citada convocatoria prevé que el importe consignado inicialmente se pueda ampliar, mediante resolución de modificación de la convocatoria, con los efectos, si procede, que prevé el vigente artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.
Dicha modificación, salvo que se establezca otra cosa, no implicará que el plazo para presentar solicitudes se amplíe, ni afectará a la tramitación ordinaria de las solicitudes presentadas y no resueltas expresamente.
Esta convocatoria de subvenciones está prevista en el apartado IV.2.1 del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para los ejercicios 2021-2023, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021 (BOIB núm. 175, de 23 de diciembre de 2021).
La Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, de 5 de marzo de 2021, establece las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud.
El Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de 22 de octubre de 2021 acordó autorizar la distribución territorial entre las comunidades autónomas (excepto País Vasco y Navarra) y ciudades de Ceuta y Melilla , del crédito destinado a subvencionar programas considerados de interés social con cargo a la asignación tributaria del 0,7 por 100 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para el año 2021 – La cuantía asignada a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares fue de 5.377.502 €.
El punto 2 de la resolución de la consejera de 16 de noviembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para entidades sin ánimo de lucro que desarrollan proyectos de garantía alimentaria y entidades que desarrollan proyectos de acceso a eventos culturales de personas en situación de riesgo social con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondiente al año 2022, por acciones a realizar durante en 2023, establece que el presupuesto de esta convocatoria, que tiene un importe máximo de 630.158,61 € (seiscientos treinta mil ciento cincuenta y ocho euros con sesenta y un céntimos), con cargo a la partida presupuestaria 17401.313E01.48000.00 FF 22073 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondientes al ejercicio 2022.
Por todo ello, y dado que existe crédito presupuestario, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Ampliar en 319.542,38 euros para el ejercicio presupuestario de 2022 el crédito asignado inicialmente en la Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 16 de noviembre de 2022, se aprobó la convocatoria de ayudas para entidades sin ánimo de lucro que desarrollan proyectos de garantía alimentaria y entidades que desarrollan proyectos de acceso a eventos culturales de personas en situación de riesgo social con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondiente al año 2022, por acciones a realizar durante el 2023.
2. Autorizar un gasto de en 319.542,38 euros € con cargo a la partida presupuestaria a 17401.313E01.48000.00. FF 22073 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2022.
3. Establecer que, con esta ampliación, el presupuesto total de esta convocatoria es de 949.700,99 euros con cargo a las siguientes partidas presupuestarias de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondientes al ejercicio 2022.
Línea |
Modalidad |
Cuantía |
Partida presupuestaria |
---|---|---|---|
Línea 1 |
Modalidad 1 |
350.000,00 euros |
17401.313E01.48000.00. FF 22073 |
Modalidad 2 |
425.000,00 euros |
17401.313E01.48000.00. FF 22073 |
|
Modalidad 3 |
114.700,99 euros |
17401.313E01.48000.00. FF 22073 |
|
Línea 2 |
60.000,00 euros |
17401.313E01.48000.00. FF 22073 |
4. Comunicar esta Resolución a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y publicarla en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Asuntos Sociales y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29 /1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, documento firmado electrónicamente (7 de diciembre de 2022)
La consejera de Asuntos Sociales y Deportes Fina Santiago Rodríguez