Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO
Núm. 727310
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de ampliación de crédito de una determinada partida presupuestaria, por la financiación de la convocatoria de ayudas por la promoción de la ocupación y la mejora de la competitividad de cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales de las Islas Baleares
Antecedentes
1. El día 26 de julio de 2022 se publicó al BOIB n.º 96, la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, de 8 de julio, por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas por la promoción de la ocupación y la mejora de la competitividad de cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales de las Islas Baleares.
2. El año 2021 se aprobó la convocatoria para conceder ayudas públicas destinadas a fomentar la economía social por medio de la promoción de la ocupación y la mejora de la competitividad de las cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales. El importe destinado fue de 305.000 euros y se recibieron 52 solicitudes, de este importe se adjudicó un total de 304.492,37 euros, agotando la práctica totalidad del presupuesto.
3. Este año 2022 se ha aprobado la convocatoria de ayudas para la promoción de la ocupación y la mejora de la competitividad de cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales de las Islas Baleares, con un importe total de 305.000 euros. Este presupuesto inicial no ha estado suficiente para atender todas las solicitudes presentadas.
4. La economía social y, particularmente, las cooperativas y las sociedades laborales son fórmulas idóneas de creación de ocupación que, además, han mostrado más capacidad para mantenerla durante los años de crisis económica a causa de la adopción de medidas de flexibilidad interna. Precisamente, las empresas de economía social son una alternativa a la ocupación y autoempleo para la reactivación económica.
5. Este año 2022 no se ha publicado la convocatoria relativa en las ayudas destinadas a promocionar la ocupación autónoma, con cargo a la partida presupuestaria 12801 G/322F01/47000/00/22021. Por eso hay un crédito disponible de 370.500,00 euros.
Para poder hacer frente a las solicitudes presentadas en cuanto al Programa I y en el Programa II de las ayudas, y atendido a la existencia de crédito presupuestario, es necesario ampliar el crédito presupuestario disponible por la mencionada convocatoria de ayudas para atender las solicitudes presentadas de los Programas I y II.
Así, en cuanto al Programa I, es necesario ampliar el crédito disponible por un importe de 10.500,00 euros a la partida 12801 G/322F01/47000/00/22021.
Y en cuanto al Programa II, es necesario ampliar el crédito disponible por un importe de 360.000,00 euros a la partida 12801 G/322F01/47000/00/22021.
6. En fecha 25 de noviembre de 2022 el director general de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, ha emitido informe justificativo sobre la necesidad de ampliación de crédito de una determinada partida presupuestaria, por la financiación de la convocatoria por la financiación de las ayudas para la promoción de la ocupación y la mejora de la competitividad de cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales de las Islas Baleares para ampliar el crédito de la convocatoria en 370.500,00 euros.
Por eso, la Consellería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo puede destinar un importe adicional de 370.500,00 euros provenientes de fondos propios para atender el mayor número de solicitudes presentadas.
7. El punto 3.1 de la Resolución antes mencionada hace referencia al crédito asignado a la convocatoria y prevé la redistribución presupuestaria del importe previsto en función de las necesidades reales de cada programa, una vez que haya acabado el plazo de solicitudes, que no exige la modificación de la convocatoria. El punto 3.2 de la convocatoria de estas ayudas, establece que el crédito asignado inicialmente esta convocatoria puede ser ampliado en función de la disponibilidad presupuestaria. Por lo tanto, en vista de la existencia de crédito para realizar la ampliación del presupuesto inicial de la convocatoria, es conveniente realizar la modificación de crédito.
8. En fecha 5 de diciembre 2022 el Consejo de Gobierno ha acordado otorgar al consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo la autorización previa para ejercer la competencia en materia de autorización y disposición del gasto correspondiente a la convocatoria de ayudas para la promoción de la ocupación y la mejora de la competitividad de cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales de las Islas Baleares, para incrementar el crédito inicial de esta convocatoria hasta 675.500,00 euros.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el cual se aprueba el Reglamento general de la Ley general de subvenciones.
3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. Texto refundido de la Ley de subvenciones de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, aprobado por medio del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (BOIB núm.196, de 31 de diciembre).
5. El artículo 30.21 del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, de acuerdo con la redacción hecha por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto, atribuye a nuestra comunidad autónoma la competencia exclusiva en materia de fomento del desarrollo económico dentro de su territorio.
6. El Real decreto legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de Ocupación, establece que los recursos económicos para la realización de las políticas activas serán gestionados por los servicios públicos de ocupación, que podrán desarrollar los servicios y programas que consideren necesarios, según el artículo 36.3, y gestionarlos mediante la concesión de subvenciones públicas, contratación administrativa, suscripción de convenios, gestión directa o cualquier otra forma jurídica ajustada a derecho. Dentro de estas políticas activas de ocupación, el artículo 36 del mencionado Real decreto legislativo, hace referencia al fomento de la economía social.
7. El Real Decreto 99/1996, de 26 de enero, traspasó en la comunidad autónoma de las Islas Baleares las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de cooperativas.
8. El artículo 2.4 del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consellerías de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 21, de 15 de febrero), atribuye a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, entre otros, las competencias en materia de fomento y difusión de los modelos de economía social y autoempleo, entre los cuales destacan las sociedades cooperativas, las sociedades laborales y los autónomos.
9. La Orden del consejero de Turismo de día 4 de mayo de 2005, establece las bases reguladoras de las subvenciones en materia de Trabajo y Formación (BOIB num. 73, de 12 de mayo de 2005). El artículo 1 dispone que podrán ser objeto de ayudas «el respaldo a empresas de economía social para el fomento de la ocupación y la mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales. Igualmente, los costes asociados a la puesta en marcha de cooperativas y sociedades laborales».
Por todo esto, y dado que hay crédito presupuestario, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero. Ampliar el crédito disponible en la partida 12801 G/322F01/47000/00/22021 por un importe de 370.500,00 euros, por la financiación de los programas I y II, de las ayudas para la promoción de la ocupación y la mejora de la competitividad de cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales de las Islas Baleares, en los términos siguientes:
- Programa I: 10.500,00 euros a la partida 12801 G/322F01/47000/00/22021
- Programa II: 360.000,00 euros a la partida 12801 G /322F01/47000/00/22021
Segundo. Fijar que con esta ampliación, el crédito total asignado a la convocatoria es de 675.500,00 euros.
Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, en fecha de la firma electrónica (7 de diciembre de 2022)
El consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo Iago Negueruela Vázquez