Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES
Núm. 722648
Resolución de la secretaria general de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores de 2 de diciembre de 2022 por la que se modifica la Resolución de la secretaria general de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores de 10 de julio de 2019 de delegación de firma en determinadas unidades administrativas
Antecedentes
1. Mediante la Resolución de la secretaria general de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores de 10 de julio de 2019, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 94, de 11 de julio, se delegó la firma de varias actuaciones que, originariamente o por delegación de competencias, según los casos, corresponden a la secretaria general de la Consejería en determinadas unidades administrativas integradas en la Secretaría General, modificada por la Resolución de 26 octubre de 2020 (BOIB núm. 186, de 26 de octubre) en relación a la firma de documentos por los que se ordena la publicación de edictos en el Boletín Oficial de las Illes Balears, y por la Resolución de 15 de julio de 2021 (BOIB n.º 95, de 17 de julio) por lo que a la firma de las solicitudes de los permisos del sistema corporativo de gestión económico-financiera de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se refiere.
2. La Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 24 de febrero de 2021 por la que se delegan competencias en materia de gestión de personal (BOIB n.º 31, de 4 de marzo) delegó en el secretario o secretaria general de las consejerías, o en la persona titular del órgano que tenga atribuidas las funciones en materia de personal de los entes del sector público de la Administración autonómica que tengan personal funcionario adscrito, la convocatoria de las comisiones de servicios de carácter voluntario de los puestos de trabajo vacantes y dotados que tengan adscritos.
3. A fin de agilizar la firma de los actos mencionados en el punto anterior, se considera adecuado delegar la firma de las convocatorias de estas comisiones de servicios de carácter voluntario en la jefa del Servicio de Personal y en la jefa de Administración de Personal.
4. Asimismo, se aprovecha para modificar la denominación de «Jefa de Servicio de Gestión Económico-Administrativa», que pasa a ser de «jefa de Unidad de Gestión Económica», con independencia del puesto de trabajo concreto que ejerza las funciones.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. Los artículos 31 y 42 d) de la Ley 3/2003 de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 8/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears.
4. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN
1. Modificar la letra a) del apartado 1 de la Resolución de la secretaria general de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores de 10 de julio de 2019 de delegación de firma en determinadas unidades administrativas de la siguiente forma:
a) En materia de personal:
1a. Las relativas a la tramitación y concesión de permisos, vacaciones, licencias y reducciones de jornada previstos en la normativa vigente.
2a. Las relativas a la formalización de las diligencias de toma de posesión y de incorporación en el cargo del personal de la Consejería.
3a. Las relativas a las convocatorias de las comisiones de servicios de carácter voluntario de los puestos de trabajo vacantes y dotados adscritos a la Consejería.
2. Modificar el apartado 3 de la Resolución de la secretaria general de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores de 10 de julio de 2019 de delegación de firma en determinadas unidades administrativas de la siguiente forma:
3. Delegar en la jefa de la Unidad de Gestión Económica la firma de todos los actos y documentos siguientes:
a) Los actos y documentos contables y administrativos relativos a propuestas de modificación de crédito, sin limitación de cuantía.
b) Los actos por los que se inste la inscripción y los actos de comunicación a que se refieren los artículos 4.1 y 6.1 del Decreto 49/2011, de 20 de mayo, por el que se regula el Registro de Convenios y Acuerdos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
c) Los actos por los que se inste la emisión de informes jurídicos a los servicios jurídicos de la Consejería, en relación con los expedientes y documentos que se tramiten en esta unidad administrativa.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 2 de diciembre de 2022
La secretaria general María Begoña Morey Aguirre