Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Núm. 718709
Propuesta de resolución del director general de Energía y Cambio Climático por la que se deniegan las subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (programas 4 y 5)
Hechos
1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB nº.125, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable , con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).
2. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Propuesta presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria.
3. Los técnicos de la Dirección General de Energía y Cambio Climático han informado desfavorablemente sobre las solicitudes de subvención descritas en el anexo, con la motivación que también figura en él.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).
4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre de 2004).
5. El Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo.
6. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB n.º 125, de 11 de septiembre de 2021).
7. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la cual se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones publicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo NextGenerationEU (BOIB núm.137, de 22 d'octubre de 2022).
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Denegar la concesión de una subvención a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo con el motivo que figura en el anexo.
Contra esta propuesta de resolución se puede alegar lo que se considere conveniente en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears. En caso contrario, se entenderá que se está conforme con el contenido de la Propuesta.
Palma, 1 de diciembre de 2022
El director general de Energía y Cambio Climático José Guillermo Malagrava Rigo
ANEXO Lista de beneficiaros propuestos para denegarles la subvención
Expediente |
Fecha registro de entrada |
Solicitante |
NIF |
Tipo de inversión |
Motivo de la denegación |
---|---|---|---|---|---|
NEXTG45-158/2021 |
20/09/2021 |
MONSERRAT JAUME, MARIA DEL MAR |
***3563** |
Instalación FV 4,16 kWp conectada a red |
La persona o entidad solicitante ya tiene concedida una subvención, FOTOPAR22-581/2022, por importe de 3.000,00 euros que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB n.º 112 de 25/08/2022. |
NEXTG45-174/2021 |
20/09/2021 |
ABRAHAM PALMER, ARNALDO |
***9581** |
Instalación FV 6,00 kWp conectada a red |
La persona o entidad solicitante ya tiene pagada una subvención, FOTEMPAR21-1889/2021, por importe de 1.925,00 euros que es incompatible con esta. |
NEXTG45-186/2021 |
20/09/2021 |
PETER HASS, STEFFEN |
****7879* |
Instalación FV 5,25 kWp conectada a red |
La persona o entidad solicitante ya tiene concedida una subvención, FOTOPAR22-580/2022, por importe de 3.000,00 euros que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB n.º 112 de 25/08/2022. |
NEXTG45-365/2021 |
22/09/2021 |
JANER OLIVER, JUAN |
***6340** |
Instalación FV 4,00 kWp aislada |
La persona o entidad solicitante ya tiene concedida una subvención, FOTOPAR22-580/2022, por importe de 12.462,00 euros que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB n.º 112 de 25/08/2022. |
NEXTG45-412/2021 |
23/09/2021 |
GUALTIERI, GIANFRANCO |
****1121* |
Instalación FV 2,60 kWp conectada a red |
La persona o entidad solicitante ya tiene concedida una subvención, FOTOPAR22-738/2022, por importe de 1.560,00 euros que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB n.º 112 de 25/08/2022. |
NEXTG45-734/2021 |
01/10/2021 |
ZIEGLER, MICHAEL MANFRED |
****8790* |
Instalación FV 12,48 kWp conectada a red y baterías de Litio con capacidad de almacenamiento de 13,8 kWh |
La persona o entidad solicitante ya tiene concedida una subvención, FOTOPAR22-196/2022, por importe de 3.000,00 euros que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB n.º 69 de 28/05/2022. |
NEXTG45-1377/2021 |
28/10/2021 |
NADAL SUREDA, RAFAEL |
***0024** |
Incorporación de baterías de Litio en instalación Fv existente con capacidad de almacenamiento de 9,6 kWh |
Según las bases de la convocatoria solo son considerables elegibles las instalaciones de almacenamiento que no superen una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente la potencia de generación de 2 kWh/kWp. |
NEXTG45-1378/2021 |
28/10/2021 |
NADAL MOLL, RAFEL |
***2319** |
Incorporación de baterías de Litio en instalación Fv existente con capacidad de almacenamiento de 9,6 kWh |
Según las bases de la convocatoria solo son considerables elegibles las instalaciones de almacenamiento que no superen una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente la potencia de generación de 2 kWh/kWp. |
NEXTG45-1572/2021 |
10/11/2021 |
DANUS NEGRE, JAIME |
***9473** |
Incorporación de baterías en instalación existente con capacidad de almacenamiento de 7.2 kWh |
Según las bases de la convocatoria solo son considerables elegibles las instalaciones de almacenamiento que no superen una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente la potencia de generación de 2 kWh/kWp. |
NEXTG45-1833/2021 |
27/11/2021 |
LLADOSA VALLS, JOSE PEDRO |
***3621** |
Incorporación de baterías en instalación existente con capacidad de almacenamiento de 7.2 kWh |
El programa de incentivos 5 es para incorporar baterías a instalaciones existentes. Se ha comprobado que la fecha del registro de la solicitud de la subvención para incorporar almacenamiento es anterior al registro de la instalación de autoconsumo y que por lo tanto, cuando se solicitó la subvención la instalación no era existente por lo que no se cumplen los requisitos. |