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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 716638
Concesión de una subvención nominativa a la Asociación Comunidad de Regantes de Formentera

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Texto

Aprobada por la Junta de Gobierno del Consejo Insular de Formentera, en sesión de carácter ordinario de día 11 de noviembre de 2022, de la cual se transcribe el siguiente acuerdo.

(...)

PROPUESTA DE ACUERDO

Primero. Conceder una subvención a la Asociación Comunidad de Regantes de Formentera por importe de 5.999,95€.

Segundo. La gestión de la subvención se llevará a cabo según las siguientes condiciones:

-NORMATIVA APLICABLE. Ley 38/2003 y de ejecución del Presupuesto. -FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN. Funcionamiento de la Asociación Comunidad de Regantes de Formentera. -PLAZO DE LA REALIZACIÓN DE LA SUBVENCIÓN. Desde 1 de enero de 2022 hasta 31 de diciembre de 2022. -FORMA DE JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN. Mediante presentación de la cuenta justificativa simplificada según modelo. -IMPORTE DE GASTOS A JUSTIFICAR. La cuantía a justificar tendrá que ser como mínimo el importe de la cuantía concedida. -MOTIVOS DE LA PÉRDIDA DE LA SUBVENCIÓN. La falta de justificación de la actividad o el objeto de la subvención supondrá la pérdida de la subvención. -OBLIGACIÓN DE COMUNICAR la concesión de otras ayudas o subvenciones públicas. -PAGO una vez informada favorablemente la cuenta justificativa por los servicios técnicos del Área de Agricultura, Ganadería, Pesca y Caza. -RÉGIMEN DE GARANTÍAS. No procede

Tercero. Autorizar y disponer el gasto con cargo a la partida presupuestaria 2022/1/410/48000/01 a favor del beneficiario Comunidad de Regantes de Formentera con CIF G-57877607 por el importe concedido.

Cuarto. Aceptar la justificación presentada del beneficiario y, en consecuencia, reconocer la obligación, ordenar el pago y pagar el importe de la subvención íntegramente.

Quinto. Notificar este acuerdo a la asociación Comunidad de regantes de Formentera para su conocimiento y efectos oportunos.

Sexto. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos oportunos.”

La Junta de Gobierno, en ejercicio de sus competencias [artículos 130.2, 132 (en relación al artículo 28) y 134 de la Ley 4/2022, 28 de junio, de consejos insulares], en base a aquello propuesto (que conforme a los artículos 6, 35 y 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas supone la motivación de este acto), adopta, por unanimidad, el siguiente

ACUERDO

ÚNICO. Aprobar la propuesta transcrita que se da aquí por reproducida.

(...)

Lo cual se hace público para general conocimiento.

Formentera, a 30 de novembre de 2022

La presidenta Ana Juan Torres