Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO

Núm. 715499
Extracto de la convocatoria de subvenciones para reducir el impacto ambiental de las producciones audiovisuales en Mallorca y favorecer su transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 662160

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index), y a la web de la Fundación Mallorca Turisme, en la sede electrónica, tablón de anuncios, ayudas y subvenciones:

https://fundaciomallorcaturisme.sedelectronica.es/board/975b37c8-f59b-11de-b600-00237dª1 c6ª/

Primero. Objeto y finalidad de la convocatoria

Convocar subvenciones para impulsar la transición energética de las producciones audiovisuales de la isla de Mallorca hacia la sostenibilidad, reduciendo su impacto ambiental, y fomentar un modelo de suministro eléctrico sostenible; partiendo del sistema europeo de puntuación para valorar la sostenibilidad de las producciones audiovisuales “Green Film Rating System” y en el marco del PRTR financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.

La finalidad es impulsar la transición verde y sostenible del destino Mallorca, como destino turístico cinematográfico y audiovisual, responsable y sostenible.

Las bases reguladoras son las establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 con modificación BOIB nº. 96, de 4 de agosto).

Segundo. Importe y crédito presupuestario

El crédito previsto para esta convocatoria es de trescientos setenta mil euros (370.000€), a cargo del presupuesto propio de la Fundación Mallorca Turisme, financiado por los fondos europeos Next Generation-EU.

Tercero. Compatibilidad ayudas

Estas subvenciones son compatibles con la obtención de otras ayudas o contratos de la Fundación Mallorca Turisme, siempre que las mencionadas ayudas o contratos sean para actividades con finalidad distinta a esta convocatoria.

No se admite la Doble Financiación: son compatibles con otras ayudas, subvenciones o ingresos por el mismo objeto, sean del sector público o privado, siempre que las ayudas no superen el coste total de la actividad, proyecto o rodaje subvencionable.

Están sometidas al régimen de minimis de la Unión Europea, de acuerdo con el Reglamento UE nº. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea en las ayudas de minimis.

Cuarto. Régimen de concurrencia

El procedimiento de concesión es de concurrencia no competitiva, por orden de entrada en el registro electrónico de la Fundación Mallorca Turisme.

Quinto. Beneficiarios, requisitos y acreditación de los mismos

1. Pueden ser beneficiarios:

- Personas físicas o jurídicas dadas de alta en el epígrafe 961 del IAE (producción audiovisual) y con sede social en Mallorca, al menos un año antes de la publicación de la convocatoria en el BOIB

- Las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos anteriores tienen que ser productoras audiovisuales independientes.

- Tienen que estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), con la Agencia Tributaria de las Islas Baleares (ATIB), con el Consell Insular de Mallorca y entidades dependientes, y con la Fundación Mallorca Turisme.

- En el momento de la justificación de la subvención tienen que haber asistido al menos a una de las jornadas de formación o curso específico en Green Film Shooting que organice la Fundación Mallorca Turisme.

2. No pueden ser beneficiarios 

- Persones o entidades en las cuales se presente alguna de las circunstancias previstas en los artítulos 8.2, 8.3 y 8.4 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, y el artículo 13 de la Ley 13/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 

- Sociedades públicas o entidades de derecho público, así como cualquier empresa u organización en que la participación pública sea mayoritaria.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

Empieza a las 9.00 h del día hábil siguiente de la publicación de este extracto en el BOIB, hasta el agotamiento del crédito previsto, y en todo caso, hasta el 30 de junio de 2024, a las 15.00 h.

Séptimo. Plazo subvencionable

Desde el 1 de abril de 2022 y hasta el 30 de junio de 2024, ambos incluidos.

Octavo. Lugar de presentación de la solicitud

En el Registro electrónico de la Fundación Mallorca Turisme: Seu Electrònica de Mallorca Turisme (sedelectronica.es) 

Es obligatorio hacerla en línea utilizando el trámite creado a tal efecto. No es válida ninguna otra forma de presentarla. No se admite ni correo electrónico, ni Wetransfer, entre otros.

La presentación electrónica de las solicitudes se tiene que hacer con el certificado digital de la persona interesada o la tiene que presentar un representante de la entidad que se acreditará con su certificado digital como representante.

Se tiene que presentar la solicitud con la documentación administrativa, anexos y documentación técnica que se especifica en el texto completo de la convocatoria.

Noveno. Subvención y gasto subvencionable

1. Los beneficiarios pueden presentar más de una solicitud siempre y cuando:

- La actividad, proyecto o rodaje para el que pide la ayuda se desarrolle en fechas diferentes.

- La actividad, proyecto o rodaje tiene que ser distinto en cada solicitud.

- En la misma solicitud se puede incluir uno o varios proyectos o rodajes.

2. El importe máximo subvencionable es del 75 % del total de los gastos subvencionables y hasta un máximo total de treinta mil euros, IVA no incluido (30.000 € + IVA) por beneficiario y convocatoria. Excepto el caso de alquiler de materiales, donde el importe máximo subvencionable será del 25 % de los gastos elegibles. 

3. Gastos subvencionables:

- El suministro de electricidad en la sede social del beneficiario.

- La compra de material de iluminación LED y luces de bajo consumo.

- El alquiler de material de iluminación LED y luces de bajo consumo.

- La compra de estaciones de energía y/o generadores eléctricos, el sistema de producción de energía de los cuales no sea dependiente de combustibles fósiles.

- El alquiler de estaciones de energía y/o generadores eléctricos, el sistema de producción de energía de los cuales no sea dependiente de combustibles fósiles.

- El diseño y fabricación de prototipos de estaciones de energía y/o generadores eléctricos que incorporen tecnologías sostenibles.

El Green Film Rating System se puede consultar en castellano en el siguiente enlace:

http://mallorcafilmcommission.net/wp-content/uploads/2017/01/GREEN-FILM-ES.pdf

El IVA no es subvencionable en ningún caso.

Décimo. Publicidad de la ayuda

La persona beneficiaria tiene la obligación de hacer difusión de la ayuda obtenida para poder cobrar la subvención con las palabras:

  • «Financiado por la Unión Europea, fondo NextGenerationEU»
  • Y añadir todos los siguientes logotipos:

Financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU.

Gobierno de España, Ministerio de Industria, Comercio y Turismo;

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia:

GOIB, Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, Dirección General de Turismo;

Consell de Mallorca;

Fundación Mallorca Turisme

Mallorca Film Commission

Se pueden obtener los logotipos en el anexo XI de la convocatoria. El punto 13 de la convocatoria especifica cómo se tiene que hacer la publicidad de la ayuda.

Undécimo. Justificación

Los beneficiarios tienen que presentar la documentación justificativa de la subvención de acuerdo con el punto 12 de la convocatoria. En todo caso, el plazo acaba el 30 de septiembre de 2024, incluido.  

Si una factura es igual o superior a 15.000 € se tienen que aportar al menos tres presupuestos y se tiene que justificar el motivo de la elección si no fuera el que tiene el precio más bajo.

Se tiene que aportar una memoria de actuaciones, una memoria económica (facturas y pagos), justificar la publicidad de la ayuda (punto 13 a de la convocatoria), justificar que se está al corriente de obligaciones, que se ha asistido a la formación en Green Film Shooting y los anexos correspondientes; todo eso de acuerdo con lo que establece la convocatoria.

Duodécimo. Otros datos

El texto completo de la convocatoria se encuentra en el enlace:

https://fundaciomallorcaturisme.sedelectronica.es/board/975b37c8-f59b-11de-b600-00237dª1 c6ª/

Y también en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index

(Codi BDNS: 662160)

 

Palma, el día de la firma electrónica (1 de diciembre de 2022)

El director de la Fundación Mallorca Turisme Miguel Pastor Jordá