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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Núm. 713783
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que se nombran las notarias y el notario adjudicatarios de una notaría en Inca, Formentera y Petra en el ámbito de las Illes Balears

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución de 3 de octubre de 2022 (BOE del 10 de octubre), la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia convocó un concurso ordinario para la provisión de notarías vacantes. Entre las plazas ofrecidas, había las vacantes de las notarías correspondientes en el ámbito de las Illes Balears, según la relación aneja a la documentación enviada.

2. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resolvió el concurso mediante la Resolución de 16 de noviembre de 2022 (BOE del 22 de noviembre) y, en el ámbito de las Illes Balears, proveyó las siguientes notarías:

  • Notaría en Inca, vacante por traslado, que se adjudicó a la señora Resurrección Corral García.
  • Notaría en Formentera, vacante por traslado, que se adjudicó a la señora Shadia Nasser García.
  • Notaría en Petra, vacante por traslado, que se adjudicó al señor Álvaro Obando Viada.

3. En fecha 29 de noviembre de 2022, el director general de Relaciones Institucionales y Cooperación Local ha dictado la propuesta de resolución de estos nombramientos.

Fundamentos de derecho

1. El apartado 2 del artículo 99 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, en la redacción de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, establece que corresponde a la comunidad autónoma la facultad de nombrar a los notarios que tienen que prestar sus servicios en las Illes Balears. Con el fin de cumplir este precepto legal, la Dirección General de los Registros y del Notariado ha remitido a la comunidad autónoma de las Illes Balears el expediente del citado concurso.

2. El artículo 8.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que si alguna disposición atribuye la competencia a una Administración, sin especificar el órgano que la debe ejercer, se entiende que la facultad de instruir y resolver los expedientes corresponde a los órganos inferiores competentes por razón de la materia y del territorio. En virtud del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad, a través de la Dirección General de Relaciones Institucionales y Cooperación Local, es competente en cuanto a las relaciones con los operadores jurídicos.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Nombrar a la señora Resurrección Corral García, notaria adjudicataria de una notaría en Inca.

2. Nombrar al la señora Shadia Nasser García, notaria adjudicataria de una notaría en Formentera.

3. Nombrar al señor Álvaro Obando Viada., notario adjudicatario de una notaría en Petra.

4. Dar traslado de estos nombramientos a las personas interesadas, al decano del Colegio Notarial de las Illes Balears y a la Dirección General Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia.

5. Disponer la publicación de estos nombramientos en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad en el plazo de un mes contador desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 30 de noviembre de 2022)

La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez