Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 709402
Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se incrementa el crédito y se modifica la Resolución del presidente del FOGAIBA de 10 de agosto de 2018, por la que se convocan ayudas para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad para el periodo 2018-2020
En fecha 18 de agosto del 2018 se publicó en el BOIB núm. 102 la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de agosto de 2018, por la que se convocan subvenciones para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad para el periodo 2018-2020. Esta ayuda fue debidamente comunicada a la Comisión Europea, que le asignó el núm. SA.51743 (2018XA).
Posteriormente, dicha resolución fue modificada por las resoluciones de la presidenta del FOGAIBA de 5 de diciembre de 2019, publicada en el BOIB núm. 167, de 12 de diciembre de 2019; de 3 de diciembre de 2020, publicada en el BOIB núm. 204, de 5 de diciembre de 2020; de 26 de octubre de 2021, publicada en el BOIB núm. 153, de 6 de noviembre de 2021, y de 2 de mayo de 2022, publicada en el BOIB núm. 62, de 12 de mayo de 2022. Estas resoluciones se comunicaron a la Comisión Europea, la cual les asignó los números SA.55725, SA.59329, SA.100135 y SA.102.706, respectivamente.
A causa de las modificaciones, la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 10 de agosto de 2018 prevé un total de cinco convocatorias y destina a su financiación un crédito total por un importe de 2.100.000,00 €, de los cuales 500.000,00 € se destinan a la quinta convocatoria, que corresponde al año 2022.
Considerando que esta quinta convocatoria de ayudas está en proceso de tramitación, que la demanda de ayudas ha sido superior a la prevista inicialmente y que una vez resueltas las anteriores convocatorias han quedado remanentes, y dada la disponibilidad presupuestaria, se considera conveniente incrementar la dotación económica de la quinta convocatoria, así como modificar la distribución de los créditos destinados a las convocatorias ya resueltas.
Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del director gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Incrementar en cien mil seiscientos setenta y dos euros con treinta y cuatro céntimos (100.672,34 €) el crédito previsto en la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de agosto de 2018, por la que se convocan subvenciones para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad para el periodo 2018-2020, publicada en el BOIB núm. 102, de 18 de agosto de 2018, por lo que queda destinado un crédito final para esta línea de ayudas de dos millones doscientos mil seiscientos setenta y dos euros con treinta y cuatro céntimos (2.200.672,34 €).
Segundo
Modificar el apartado segundo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de agosto de 2018, por la que se convocan subvenciones para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad para el periodo 2018-2020, publicada en el BOIB núm. 102, de 18 de agosto de 2018, que queda redactado de la siguiente manera:
“Importe máximo de las convocatorias y financiación
1. Para estas convocatorias se destina un importe total de dos millones doscientos mil seiscientos setenta y dos euros con treinta y cuatro céntimos (2.200.672,34 €) con cargo a los presupuestos del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears.
Esta cuantía puede incrementarse con créditos que pueden destinarse a esta finalidad.
2. El importe previsto en el punto 1 anterior debe distribuirse de la siguiente manera:
3. Si una vez finalizado cualquiera de los periodos no se ha agotado el importe máximo previsto inicialmente de estos, la cantidad no aplicada debe trasladarse al periodo siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, que debe publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
4. Estas ayudas serán financiadas por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears”.
Tercero
Esta resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y debe publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Palma, 29 de noviembre de 2022
La presidenta del FOGAIBA María Asunción Jacoba Pía de la Concha García-Mauriño