Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO
Núm. 709285
Extracto de la convocatoria de subvenciones para fomentar la movilidad sostenible de las producciones audiovisuales en Mallorca en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU
BDNS (Identif.): 661572
De conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index), y a la web de la Fundación Mallorca Turisme, en la sede electrónica, tablón de anuncios, ayudas y subvenciones: https://fundaciomallorcaturisme.sedelectronica.es/board/975b37c8-f59b-11de-b600-00237dª1 c6ª/
Primero. Objeto y finalidad de la convocatoria
Convocar subvenciones para fomentar la movilidad sostenible de las producciones audiovisuales, creando un parque de vehículos de movilidad sostenible y reduciendo, así, las emisiones contaminantes derivadas del transporte motorizado; partiendo del sistema europeo de puntuación para valorar la sostenibilidad de las producciones audiovisuales “Green Film Rating System” y en el marco del PRTR financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.
La finalidad es impulsar la transición verde y sostenible del destino Mallorca, como destino turístico cinematográfico y audiovisual, responsable y sostenible.
Las bases reguladoras son las establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 con modificación BOIB nº. 96, de 4 de agosto).
Segundo. Importe y crédito presupuestario
El crédito previsto para esta convocatoria es de cuatrocientos ochenta mil euros (480.000€), a cargo del presupuesto propio de la Fundación Mallorca Turisme, financiado por los fondos europeos Next Generation-EU.
Tercero. Compatibilidad ayudas
Estas subvenciones son compatibles con la obtención de otras ayudas o contratos de la Fundación Mallorca Turisme, siempre que las mencionadas ayudas o contratos sean para actividades con finalidad distinta a esta convocatoria.
No se admite la Doble Financiación: son compatibles con otras ayudas, subvenciones o ingresos por el mismo objeto, sean del sector público o privado, siempre que las ayudas no superen el coste total de la actividad, proyecto o rodaje subvencionable.
Están sometidas al régimen de minimis de la Unión Europea, de acuerdo con el Reglamento UE nº. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea en las ayudas de minimis.
Cuarto. Régimen de concurrencia
El procedimiento de concesión es de concurrencia no competitiva, por orden de entrada en el registro electrónico de la Fundación Mallorca Turisme.
Quinto. Beneficiarios, requisitos y acreditación de los mismos
1. Pueden ser beneficiarios:
- Personas físicas o jurídicas dadas de alta en el epígrafe 961 del IAE (producción audiovisual) y con sede social en Mallorca, al menos un año antes de la publicación de la convocatoria en el BOIB.
- Las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos anteriores tienen que ser productoras audiovisuales independientes.
- Tienen que estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), con la Agencia Tributaria de las Islas Baleares (ATIB), con el Consell Insular de Mallorca y entidades dependientes, y con la Fundación Mallorca Turisme.
- En el momento de la justificación de la subvención tienen que haber asistido al menos a una de las jornadas de formación o curso específico en Green Film Shooting que organice la Fundación Mallorca Turisme.
2. No pueden ser beneficiarios
- Personas o entidades en las cuales se presente alguna de las circunstancias previstas a los artículos 8.2, 8.3 y 8.4 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca, y el artículo 13 de la Ley 13/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Sociedades públicas o entidades de derecho público, así como cualquier empresa u organización en que la participación pública sea mayoritaria.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
Empieza a las 9.00 h del día hábil siguiente en la publicación de este extracto en el BOIB, hasta el agotamiento del crédito previsto, y en todo caso, hasta el 30 de junio de 2024, a las 15.00 h.
Séptimo. Plazo subvencionable
Desde el 1 de abril de 2022 y hasta el 30 de junio de 2024, ambos incluidos.
Octavo. Lugar de presentación de la solicitud
En el Registro Electrónico de la Fundació Mallorca Turisme https://fundaciomallorcaturisme.sedelectronica.es/, en el trámite «Convocatoria de subvenciones para fomentar la movilidad sostenible de las producciones audiovisuales en Mallorca».
Es obligatorio presentarla en línea utilizando el trámite creado a tal efecto. No es válida ninguna otra forma de presentación. No se admite ni correo electrónico, ni Wetransfer, entre otros.
La presentación electrónica de las solicitudes se tiene que hacer con el certificado digital de la persona interesada o la tiene que presentar un representante de la entidad que se acreditará con su certificado digital como representante.
Se tiene que presentar la solicitud con la documentación administrativa, anexos y documentación técnica que se especifica en el texto completo de la convocatoria.
Noveno. Subvención y gasto subvencionable
1. Son gastos subvencionables:
- La adquisición directa, o por medio de contrato de financiación por leasing financiero o de arrendamiento por renting con una duración mínima de dos años; de vehículos nuevos clasificados con las categorías M1, N1 y N2 (turismos, furgonetas y camiones ligeros) en la ficha de inspección técnica del vehículo. Y, que cuenten con la categoría de clasificación ambiental “Cero emisiones” o “ECO”, tal como se definen a los Anexos II y XI del Reglamento General de Vehículos, aprobado mediante Decreto 2822/1988, de 23 de diciembre.
- Los vehículos que cuenten con la categoría de clasificación ambiental “C” sólo serán subvencionables si, a la vez, son norma Euro 6, en aplicación del criterio B2 del Green Film Rating System.
- La contratación de vehículos de alquiler, con las categorías M1, N1 y N2 (turismos, furgonetas y camiones ligeros) en la ficha de inspección técnica del vehículo y que cuenten con la categoría de clasificación ambiental “Cero emisiones” o “ECO”, tal como se definen a los Anexos II y XI del Reglamento General de Vehículos, aprobado mediante Decreto 2822/1988, de 23 de diciembre.
- El alquiler de vehículos de que cuenten con la categoría de clasificación ambiental “C” sólo será subvencionable si, a la vez, los vehículos son norma Euro 6, en aplicación del criterio B2 del Green Film Rating System.
- El diseño y fabricación de prototipos de vehículos que incorporen tecnologías sostenibles y estén específicamente diseñados para la producción audiovisual en Mallorca.
2. El importe subvencionable es de un máximo del 75% del coste de adquisiciones y un máximo del 40% del coste de alquileres; con una cantidad total máxima de cincuenta mil euros, IVA no incluido (50.000 €, sin IVA) por beneficiario y convocatoria.
El Green Film Rating System se puede consultar en castellano en el siguiente enlace:
El IVA no es subvencionable en ningún caso.
Décimo. Publicidad de la ayuda
La persona beneficiaria tiene la obligación de hacer difusión de la ayuda obtenida para poder cobrar la subvención con las palabras:
- «Financiado por la Unión Europea, fondo NextGenerationEU»
- Y añadir todos los siguientes logotipos:
Se pueden obtener los logotipos en el anexo XI de la convocatoria. El punto 12 de la convocatoria especifica cómo se tiene que hacer la publicidad de la ayuda.
Undécimo. Justificación
Los beneficiarios tienen que presentar la documentación justificativa de la subvención de acuerdo con el punto 10 de la convocatoria. En todo caso, el plazo acaba el 30 de septiembre de 2024, incluido.
Si una factura es igual o superior a 15.000 € se tienen que aportar al menos tres presupuestos y se tiene que justificar el motivo de la elección si no fuera el que tiene el precio más bajo.
Se tiene que aportar una memoria de actuaciones, una memoria económica (facturas y pagos), justificar la publicidad de la ayuda (punto 12 a de la convocatoria), justificar que se está al corriente de obligaciones, que se ha asistido a la formación en Green Film Shooting y los anexos correspondientes; todo eso de acuerdo con lo que establece la convocatoria.
Duodécimo. Otros datos
El texto completo de la convocatoria se encuentra en el enlace:
Y también en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
(Código BDNS: 661572)
Palma, el día de la firma electrónica (29 de noviembre de 2022)
El director de la Fundació Mallorca Turisme Miguel Pastor Jordá