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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Núm. 708170
Extracto de la resolución de la Consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la prestación de ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears (expediente de tramitación anticipada de gasto correspondiente al ejercicio de 2023 / Decreto 75/2004, según la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 11 de noviembre de 2022)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Identificador BDNS: 660679

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de subvenciones para la prestación de ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears (expediente de tramitación anticipada de gasto correspondiente al ejercicio de 2023 / Decreto 75/2004, según la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 11 de noviembre de 2022). El texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (<http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/ca/index>).

Primero

Objeto

El objeto de esta convocatoria es la prestación de ayudas para los gastos derivados de la inscripción de niños y jóvenes a actividades extraescolares del curso escolar 2022-2023 en las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, especialmente entre las unidades familiares con más necesidad de protección.

Segundo

Entidades beneficiarias

Se pueden beneficiar de las ayudas objeto de esta convocatoria las personas físicas mayores de edad con residencia legal en algún municipio de las Illes Balears, que tengan la consideración de unidad familiar por tener a su cargo en calidad de padre, madre o tutor o un vínculo de acogida permanente a niños o jóvenes de entre 3 y 16 años que participen en actividades extraescolares de tipo deportivo, formativo o similar durante el curso escolar 2022-2023, y que sean convivientes en el mismo domicilio, con unos ingresos máximos durante el ejercicio 2021, conjuntamente o de manera individual, de 52.800,00 euros.

Tercero

Bases reguladoras

Esta convocatoria se rige por la Orden de la Consejera de Presidencia de 24 de agosto de 2018 por la que se aprueban las bases de subvenciones de la Consejería de Presidencia (BOIB núm. 106, de 28 de agosto).

Cuarto

Cuantía

1. El crédito asignado a esta convocatoria es de 5.000.000,00 de euros, con cargo a la partida 11401 316A01 48000 00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio de 2023.

2. Esta convocatoria se ha tramitado por el procedimiento de anticipado de gasto, conforme al artículo 43 y siguientes del Decreto 75/2004,de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con lo cual todos los actos en relación con la convocatoria y la misma convocatoria están sometidos a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que se aprueben para el ejercicio de 2023.

 

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes es de quince días contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Las personas interesadas podrán presentar las solicitudes de manera presencial en las oficinas de registro de la Administración autonómica o en cualquiera de los otros lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o de electrónicamente mediante el trámite telemático que estará disponible en el procedimiento publicado en la Sede Electrónica de esta Administración, al cual, conforme al artículo 66.6 de la Ley 39/2015, se adjuntará la solicitud específica del procedimiento que estará disponible en la Sede Electrónica de esta Administración, firmada electrónicamente.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (29 de noviembre de 2022)

La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez