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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 705282
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de noviembre de 2022 por el que se autoriza a la Universidad de las Illes Balears a implantar e impartir el programa del Doctorado en Nutrición Humana y Patologías Asociadas (Código RUCT 5601504)

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Texto

La Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, establece en el artículo 36.4 que, en materia de enseñanza universitaria, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene competencia exclusiva, sin perjuicio de la autonomía universitaria, en la programación y la coordinación del sistema universitario, en la financiación propia de las universidades y en la regulación y la gestión del sistema propio de becas y ayudas.

El artículo 87 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece que, en el ámbito de las competencias respectivas, el Gobierno del Estado, las comunidades autónomas y las universidades tienen que adoptar las medidas necesarias para completar la integración plena del sistema universitario español al espacio europeo de educación superior. El artículo 37 de la misma Ley define la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales en tres ciclos: grado, máster y doctorado.

De acuerdo con el artículo 8.2 de esta Ley, la implantación y la supresión de las enseñanzas que conducen a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, las acuerda la comunidad autónoma por iniciativa propia, con el acuerdo del consejo de gobierno de la universidad, o por iniciativa de la universidad, mediante una propuesta de su consejo de gobierno, en ambos casos con el informe previo favorable del consejo social de la universidad. Por otra parte, el artículo 35.2 de la misma Ley establece que, para impartir enseñanzas oficiales con validez en todo el territorio nacional, las universidades tienen que obtener del Consejo de Universidades la verificación de que el plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno del Estado.

Finalmente, el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, establece, en el artículo 27, que el plan de estudios tiene que ser verificado por el Consejo de Universidades y tiene que ser autorizado por la comunidad autónoma. Así mismo, establece que el carácter oficial del título se declara por un Acuerdo posterior del Consejo de Ministros y por la inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Esta inscripción tiene efectos constitutivos respecto de la creación de títulos universitarios oficiales, y comporta la consideración inicial de título acreditado a los efectos legalmente establecidos.

El punto tercero de este mismo artículo establece que el inicio de la impartición de la docencia del título universitario oficial no puede tener lugar hasta que se dé cumplimiento a los trámites anteriormente mencionados.

Por ello, la Universidad de las Illes Balears sometió el plan de estudios del Doctorado en Nutrición Humana y Patologías Asociadas (Código RUCT 5601504) a la consideración del Consejo de Universidades, el cual, a través de la Comisión de Verificación de Planes de Estudios, reunida el 27 de julio de 2022, lo verificó positivamente.

El Consejo de Gobierno de la Universidad de las Illes Balears, en la sesión ordinaria de día 16 de diciembre de 2021, aprobó el programa del Doctorado en Nutrición Humana y Patologías Asociadas (Código RUCT 5601504).

El 15 de febrero de 2022, el Pleno del Consejo Social de la Universidad de las Illes Balears emitió un informe favorable a la implantación de este programa de doctorado.

El 10 de noviembre de 2022, el vicerrector de Gestión y Política de Posgrado y Formación Permanente emitió un informe económico según el cual la implantación y la impartición de estos estudios no supone ningún coste añadido ni genera necesidades de plantilla de personal docente e investigador en la Universidad de las Illes Balears.

Al amparo de las competencias que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en virtud de la Ley 2/2003, de 20 de marzo, de organización institucional del sistema universitario de las Illes Balears, y de acuerdo con el Real Decreto 822/2021, la Universidad de las Illes Balears presentó, el 11 de noviembre de 2022, una solicitud de autorización, con los números de registro GOIBE666623/2022 y GOIBE666625/2022, para implantar e impartir el programa del Doctorado en Nutrición Humana y Patologías Asociadas (Código RUCT 5601504).

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, en la sesión del día 28 de noviembre de 2022, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Autorizar a la Universidad de las Illes Balears a implantar el programa del Doctorado en Nutrición Humana y Patologías Asociadas (Código RUCT 5601504).

Segundo. Establecer, de conformidad con el apartado 3 del artículo 27 del Real Decreto 822/2021, que el inicio de la impartición de la docencia no podrá tener lugar hasta la declaración, por parte del Consejo de Ministros, del carácter de oficial de los estudios y la posterior inscripción en el RUCT.

Tercero. Comunicar este Acuerdo a la Conferencia General de Política Universitaria.

Cuarto. Notificar este Acuerdo a la Universidad de las Illes Balears.

Quinto. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 28 de noviembre de 2022

La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez