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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 705261
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de noviembre de 2022 por el que se crea la escuela infantil incompleta de primer ciclo Antoni Pons, de Moscari, de la que es titular el Ayuntamiento de Selva

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Texto

El 25 de febrero de 2021, el Ayuntamiento de Selva firmó el Convenio de colaboración con el Gobierno de las Illes Balears a través de la Consejería de Educación y Formación Profesional para mejorar la oferta de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil en el municipio. Atendiendo a las necesidades de Moscari, el 21 de septiembre de 2022 se firmó una Adenda de este convenio que incluía la escuela infantil incompleta de primer ciclo Antoni Pons, para favorecer la calidad educativa de los centros. Todo esto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.2. n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local (BOE núm. 80, de 3 de abril), el artículo 29.2. p) de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears (BOIB núm. 186, de 27 de diciembre).

El artículo 15.1 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre), dispone que las administraciones públicas deben promover un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil y, a tal fin, deben determinar las condiciones en las que pueden establecerse convenios con las corporaciones locales, otras administraciones y entidades privadas sin ánimo de lucro.

La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de les Illes Balears, la cual establece en el artículo 7, Regulación del primer ciclo de educación infantil:

1. El Gobierno de las Illes Balears regulará, en el marco de sus competencias, el primer ciclo de educación infantil, que va de cero a tres años, desde un enfoque educativo. El carácter educativo del primer ciclo formará parte de la propuesta pedagógica de todos los centros que lo imparten (….).

5. La red de escuelas infantiles públicas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tendrá por objeto, entre otros, la creación de nuevas plazas, el sostenimiento de los centros, la prevención de dificultades y la detección, el diagnóstico y la inclusión de las niñas y los niños con necesidades específicas de apoyo educativo.

El Ayuntamiento de Selva solicitó la creación de una escuela infantil incompleta, en la localidad de Moscari con una unidad mixta de primer ciclo de 1-3 años, en fecha 19 de marzo de 2021 (GOIBE58752/2021), y adjuntó la nota simple del Registro de la Propiedad con los planos del proyecto, de acuerdo con el artículo 17 y la disposición adicional segunda de la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación ( BOE nº 159, de 4 de julio), y con el Decreto 119/2002, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de las escuelas públicas de educación infantil, de los colegios públicos de educación primaria y de los colegios públicos de educación infantil y primaria (BOIB núm. 120, de 5 de octubre).

El Instituto para la Educación de la Primera Infancia (IEPI) ha verificado que la escuela tiene la distribución de espacios adecuada para cumplir con la finalidad descrita. En fecha 22 de julio de 2021, emitió informe favorable condicionado a la justificación del cumplimiento de las condiciones de accesibilidad, al cumplimiento del equipamiento del espacio de descanso ya la justificación de la apertura de las puertas del baño adaptado. El centro incompleto tiene una unidad agrupada de 1-3 años.

El ayuntamiento presentó el 30 de septiembre de 2021, la documentación requerida y la memoria técnica de la reforma del centro. También solicitó el cambio de denominación de la escuela infantil de primer ciclo, que pasa a denominarse EI Antoni Pons, ya que el 22 de julio de 2021, el Ayuntamiento había nombrado Hijo Ilustre del pueblo de Moscari, el Sr. Antoni Pons Sastre, popular periodista, glosador y promotor cultural de reconocido prestigio.

Posteriormente el 4 de noviembre de 2021, el Instituto para la Educación de la Primera Infancia (IEPI) emitió informe favorable del proyecto presentado.

Posteriormente, realizada la visita de obras en fecha 29 de julio de 2022, el Instituto para la Educación de la Primera Infancia comprobó que los espacios se ajustaban a los últimos planos presentados y emitió informe favorable.

También se ha comprobado la idoneidad de la titulación y acreditación de los profesionales docentes y se ha verificado que la escuela cumple el resto de los requisitos exigidos por el Decreto 23/2020, de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto Consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 135, de 1 de agosto), según consta en el acta de día 15 de julio de 2022, de la Comisión de Valoración de calificaciones del Profesorado de los Centros de Educación Infantil de Primer Ciclo.

Por todo ello, de conformidad con lo que disponen los artículos 17 y 18 de la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, y el artículo 19 del Real decreto 2274/1993, de 22 de diciembre, de cooperación de las corporaciones locales con el Ministerio de Educación y Ciencia (BOE núm. 19, de 22 de enero de 1994), el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Educación i Formación Professiónal, en la sesión del día 28 de noviembre de 2022, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Crear la escuela infantil incompleta de primer ciclo Antoni Pons, de la que es titular el Ayuntamiento de Selva, que queda configurada de la siguiente forma:

Código de centro: 07016475

Denominación genérica: escuela infantil incompleta de primer ciclo

Denominación específica: Antoni Pons

Titular: Ayuntamiento de Selva

Domicilio: c. Alfonso XIII, núm.10

Localidad: Moscari

Municipio: Selva

CP: 07316

Enseñanzas autorizadas: 1 unidad mixta y agrupada de educación infantil de primer ciclo de 1 a 3 años, que contará con un máximo de 15 puestos escolares.

Segundo. Establecer que la escuela, cuya creación se autoriza mediante este Acuerdo, debe cumplir con el Código técnico de la edificación (CTE), aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo (BOE núm. 74 , de 28 de marzo), con la normativa de higiene y de habitabilidad (el Decreto 145/1997, de 21 de noviembre, modificado por el Decreto 20/2007) y con las condiciones arquitectónicas que posibilitan el acceso y la circulación de las personas con problemas físicos (la Ley 8/2017, de 3 de agosto, de accesibilidad universal de las Illes Balears, publicada en el BOIB núm. 96, de 5 de agosto). La responsabilidad por el incumplimiento de las citadas condiciones corresponde al titular del centro.

Tercero. Facultar al consejero de Educación y Formación Profesional, a través de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros, para que adopte las medidas necesarias para la ejecución de este Acuerdo.

Cuarto. Notificar este Acuerdo al Ayuntamiento de Selva y al Instituto para la Educación de la Primera Infancia de la Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa.

Quinto. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears .

 

Palma, 28 de noviembre de 2022

La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez