Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 704688
Corrección de errores materiales observados en la versión en catalán de la publicación en el BOIB núm.152, de 22 de noviembre de 2022 de la Resolución del teniente de alcalde delegado de Servicios Generales e infraestructuras por la cual se aprueban las bases que regirán las convocatorias correspondientes al proceso de estabilización de la ocupación temporal 2022 del Ayuntamiento de Calvià
DECRETO DE ALCALDÍA
1. Hechos
1.1 En fecha 22 de noviembre de 2022, se publicó en el BOIB número 152, la Resolución del Teniente de Alcalde Delegado de Servicios Generales e Infraestructuras, mediante la cual se aprueban las bases que regirán las convocatorias correspondientes al proceso de estabilización del empleo temporal de 2022 del Ajuntament de Calvià, junto con la relación de plazas que se convocan (anexo 6)
1.2 En la versión en catalán de dicha publicación se han detectado los siguientes errores materiales:
a) En la base Décima, primer párrafo, se hace constar:
“El plazo de presentación de solicitudes de participación es de vente días hábiles, contados a partir del día siguiente al día en el que se publique la resolución de aprobación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.”
Y ha de constar:
“El plazo para realizar la inscripción en cualquiera de los procesos selectivos establecidos para cualquiera de las plazas convocadas será de 20 días hábiles a contar a partir del primer día hábil siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el BOE.”
b) Por otro lado, en el anexo 6, en cuanto a las titulaciones requeridas para las plazas de: técnico/a en mercado de trabajo y de Técnico/a de desarrollo estratégico. Se hace constar:
"Técnico/a en mercado de trabajo: Grado o licenciatura en derecho, ciencias políticas y de la administración, sociología, economía, ciencias empresariales y administración y dirección de empresas o ciencias actuariales y financieras.
Técnico/a en desarrollo estratégico: Grado o licenciatura en derecho, ciencias políticas y de la administración, sociología, economía, ciencias empresariales y administración y dirección de empresas o ciencias actuariales y financieras."
Y ha de constar:
"Técnico/a en mercado de trabajo: Grado o licenciatura en: pedagogía, psicología, psicopedagogía, sociología, ciencias del trabajo, derecho, ciencias políticas y de la administración, sociología, economía, ciencias empresariales y administración y dirección de empresas o ciencias actuariales y financieras.
Técnico/a en desarrollo estratégico. Grado o licenciatura en: pedagogía, psicología, psicopedagogía, sociología, ciencias del trabajo, derecho, ciencias políticas y de la administración, sociología, economía, ciencias empresariales y administración y dirección de empresas o ciencias actuariales y financieras."
Teniendo en cuenta todo el anterior y en virtud del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que establece que estas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que haya en sus actos.
2. Fundamentos de derecho
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Esta Tenencia de Alcaldía, en virtud de la facultad que le confiere el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril de las Bases de Régimen Local, dicta la siguiente
Resolución
Primero.- Rectificar los errores materiales descritos.
Segundo y final.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
(Firmado electrónicamente: 23 de noviembre de 2022)
El teniente de alcalde delegado de Servicios Generales e Infraestructuras (Delegación por Resolución de Alcaldía de 17/06/2019) Joan Recasens Oliver