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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE FELANITX

Núm. 701301
Segunda aprobación inicial del Plan especial de protección del bien de interés cultural (zona arqueológica) de los Closos de Can Gaià

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Texto

Expediente electrónico 1529/2019

De conformidad con lo que establece el artículo 36.2 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Illes Balears, y en el marco, entre otras disposiciones, del artículo 165.1.a) del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca, en la sesión ordinaria celebrada el 14 de noviembre de 2022 el Pleno del Ajuntament de Felanitx adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero. Estimar parcialmente las alegaciones presentadas en relación con el Plan especial de protección del bien de interés cultural (zona arqueológica) de los Closos de Can Gaià aprobado inicialmente el 23 de mayo de 2019 y comunicar una respuesta motivada a las personas que las presentaron, en los términos que se establece en el informe emitido en octubre de 2022 por el equipo redactor.

Segundo. Aprobar inicialmente por segunda vez el Plan especial de protección de los Closos de Can Gaià que ha sido modificado como consecuencia de las alegaciones presentadas y de los informes emitidos por las administraciones afectadas, instrumento que han redactado en octubre de 2022 el abogado Miguel Manuel Ramis de Ayreflor Catany, los arquitectos Antonio Ramis Ramos y José María Mayol Comas y el arqueólogo David Javaloyas Molina.

Tercero. Determinar que el Plan especial de protección de los Closos de Can Gaià no está sujeto a evaluación ambiental estratégica, de acuerdo con el informe técnico emitido en octubre de 2022 por la geógrafa Mª Pilar Ramírez Roig y que consta incorporado dentro del expediente.

Cuarto. Someter a nueva información pública el Plan especial de protección de los Closos de Can Gaià por un plazo de treinta días hábiles a contar desde la última de las publicaciones obligatorias.

Esta información pública debe anunciarse, al menos, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en uno de los diarios de mayor circulación de Mallorca y en la sede electrónica del Ajuntament de Felanitx (ajfelanitx.eadministracio.cat), donde debe constar la documentación completa para su consulta.

Durante el período de información pública la documentación aprobada inicialmente por segunda vez también se puede consultar, de forma presencial y con cita previa, en el departamento de Urbanismo del Ajuntament de Felanitx, de lunes a viernes, de las 9.00h hasta las 14.00h, salvo festivos.

Quinto. Solicitar, dentro del plazo de información pública, un informe de las administraciones o entidades cuyas competencias se puedan ver afectadas y, como mínimo, de las siguientes:

- De la Comisión de emergencias y protección civil de las Illes Balears

- Del Instituto balear de la mujer

- De la Comisión Insular de patrimonio histórico

- De la Comisión Insular de ordenación del territorio y urbanismo

- De la Dirección General de aviación civil

- De la Dirección General de recursos hídricos

- De la Comisión de medio ambiente de las Illes Balears

Sexto. Publicar este acuerdo en la forma que legalmente corresponda.»

Recursos

Contra este acuerdo, que es un acto de trámite, no cabe la interposición de ningún recurso, sin perjuicio de que durante el nuevo plazo de información pública se puedan presentar las alegaciones o documentos que se consideren oportunos para que se tengan en cuenta en la resolución que pondrá fin al procedimiento.

 

Felanitx, documento firmado electrónicamente (24 de noviembre de 2022)

El alcalde Jaume Monserrat Vaquer