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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SENCELLES

Núm. 699280
Aprobación definitiva de la Modificación de Créditos en la modalidad de Crédito extraordinario/suplemento financiado a cargo del Remanente Líquido de Tesorería

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Texto

Una vez superado el plazo de exposición pública de este expediente, se publica íntegramente el texto del acuerdo, para su consideración de aprobación definitiva:

“PRIMERO. Aprobar inicialmente expediente de modificación de créditos en la modalidad de CRÉDITO EXTRAORDINARIO, financiado con cargo al Remanente de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, de acuerdo con el siguiente detalle:

Aplicación

Descripción

Crèditos iniciales

Crédito extraordinario

Crèditos finales

Progr.

Econòmica

 

 

 

 

 04.16

22799 

LIMPIEZAS URBANAS

5000 

18000 

23000 

01.920 

623 

CLIMATIZACIÓN CONVENTO DE BINIALI 

 0

8000 

8000 

01.920 

622 

ARREGLOS PATIO CASAL JOVENES 

0

20000 

20000 

04.133

623

SEMÀFOROS

0

12000

12000

04.16

22799 (2)

LIMPIEZAS SOLARES

5000

15000

20000

04.1532

631

REPOSICIÓN JARDINERIA

0

4000

4000

 

 

TOTAL

 

77000 

 

 

Aplicació: econòmica

Descripció

Euros

Cap.

Art.

Conc.

87000 

 

 

DEL REMANENT DE TESORERIA 

77000 

 

 

 

TOTAL INGRESSOS

77000 

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el cual se desarrolla el Capítulo Y del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esta finalidad específica, que tendrá que verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica].

SEGUNDO. Exponer este expediente en el público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por quince días, durante los cuales los interesados pondrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubieran presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. “

 

( Firmado electrónicamente, 24 de noviembre de 2022 )

El alcalde-presidente

Joan Carles Verd Cirer )