Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SENCELLES
Núm. 699280
Aprobación definitiva de la Modificación de Créditos en la modalidad de Crédito extraordinario/suplemento financiado a cargo del Remanente Líquido de Tesorería
Una vez superado el plazo de exposición pública de este expediente, se publica íntegramente el texto del acuerdo, para su consideración de aprobación definitiva:
“PRIMERO. Aprobar inicialmente expediente de modificación de créditos en la modalidad de CRÉDITO EXTRAORDINARIO, financiado con cargo al Remanente de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, de acuerdo con el siguiente detalle:
Aplicación |
Descripción |
Crèditos iniciales |
Crédito extraordinario |
Crèditos finales |
|
Progr. |
Econòmica |
|
|
|
|
04.16 |
22799 |
LIMPIEZAS URBANAS |
5000 |
18000 |
23000 |
01.920 |
623 |
CLIMATIZACIÓN CONVENTO DE BINIALI |
0 |
8000 |
8000 |
01.920 |
622 |
ARREGLOS PATIO CASAL JOVENES |
0 |
20000 |
20000 |
04.133 |
623 |
SEMÀFOROS |
0 |
12000 |
12000 |
04.16 |
22799 (2) |
LIMPIEZAS SOLARES |
5000 |
15000 |
20000 |
04.1532 |
631 |
REPOSICIÓN JARDINERIA |
0 |
4000 |
4000 |
|
|
TOTAL |
|
77000 |
|
Aplicació: econòmica |
Descripció |
Euros |
||
Cap. |
Art. |
Conc. |
||
87000 |
|
|
DEL REMANENT DE TESORERIA |
77000 |
|
|
|
TOTAL INGRESSOS |
77000 |
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el cual se desarrolla el Capítulo Y del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esta finalidad específica, que tendrá que verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica].
SEGUNDO. Exponer este expediente en el público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por quince días, durante los cuales los interesados pondrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubieran presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. “
( Firmado electrónicamente, 24 de noviembre de 2022 )
El alcalde-presidente
Joan Carles Verd Cirer )