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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 698913
Propuesta de resolución y Resolución del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo sobre la denegación de ayudas económicas del Programa 1: inicio de la actividad, destinados a promocionar la constitución de personas desocupadas e inscritas en demanda de ocupación como trabajadores autónomos para facilitar la transformación productiva hacia una economía verde y digital, para la anualidad 2022, con la financiación de la Unión Europea - «NextGenerationEU», mediante el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) y fondo de Conferencia Sectorial de Ocupación y Asuntos Laborales.

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Texto

Antecedentes

1. Por Resolución del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 29 de diciembre de 2021, se aprobó por el procedimiento de urgencia y como expediente anticipado de gasto, la convocatoria de subvenciones para el periodo 2021-2023 destinados a promocionar la ocupación autónoma para abordar el reto demográfico y facilitar la transformación productiva hacia una economía verde y digital, con la financiación de la Unión Europea - “NextGenerationEU”, mediante el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) y fondo de Conferencia Sectorial de Ocupación y Asuntos Laborales (BOIB núm. 180, de 30 de diciembre).

2. De acuerdo con el apartado 1 de la convocatoria, se establecen dos programas:

  • Programa 1: ayudas económicas al inicio de la actividad, destinado a promocionar la constitución de personas desocupadas e inscritas en demanda de ocupación como trabajadores autónomos para facilitar la transformación productiva hacia una economía verde y digital.
  • Programa 2: ayudas para la consolidación de nuevas líneas de negocio y cambio de actividad por la transformación productiva hacia una economía verde y digital.

3. De acuerdo con el apartado 4.1A de la convocatoria para el Programa 1 se establecen 2 periodos:

  • Para la anualidad 2022. La actividad subvencionable se tiene que realizar entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2022.
  • Para la anualidad 2023. La actividad subvencionable se tiene que llevar a cabo entre el 1 de junio de 2022 y el 31 de mayo de 2023.

4. De acuerdo con el apartado 9.1A de la convocatoria, para el Programa 1, el plazo de presentación de las ayudas empezaba día 25 de febrero de 2022 y finalizaba el 31 de mayo del 2022 para la anualidad de 2022. Por lo tanto, las solicitudes de ayudas han entrado dentro de plazo.

5. Los Servicios técnicos de la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, instructora del expediente, han examinado las solicitudes y la documentación que consta en los expedientes y han comprobado que, de acuerdo con el apartado 7 y el punto 1.2 del Anexo 1 de la convocatoria de las ayudas, las personas solicitantes que figuran al Anexo 1 adjunto, no cumplen el requisito para ser beneficiarias de las ayudas por los motivos que se indican.

Fundamentos de derecho

1. En cuanto a las competencias para desplegar los programas de apoyo a la ocupación regulados en las disposiciones generales dictadas por el Estado, el Real Decreto 99/1996, de 26 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de cooperativas, calificación y registro de sociedades anónimas laborales y programas de apoyo a la ocupación (BOE núm. 52, de 29 de febrero), por medio del cual estas competencias se transfirieron en la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y el Decreto 32/1996, de 7 de marzo (BOIB núm. 35, de 19 de marzo), por medio del cual la CAIB las asumió.

2. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la Presidenta de las Islas Baleares establece las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 21, de 15 de febrero). En su artículo 2 punto 4.d, con relación a la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, establece que las competencias de la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular son, entre otros, la promoción, desarrollo y dinamización económica; la financiación y apoyo empresarial; la gestión, fomento y difusión de los modelos de economía social y autoempleo, y la coordinación y gestión de la implantación de un sistema de gestión ética y socialmente responsable con la asunción del Sistema Balear de Responsabilidad Social Corporativa de Empresas.

3. Regulan estas ayudas para el inicio de la actividad destinados a promocionar la constitución de personas desocupadas e inscritas en demanda de ocupación como trabajadores autónomos para facilitar la transformación productiva hacia una economía verde y digital (Programa 1):

  • Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre).
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio).
  • Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el cual se despliegan determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 122, de 31 de septiembre).
  • Real decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el cual se aprueban medidas urgentes para la modernización de la administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Orden TUS/897/2021, de 19 de agosto, por la cual se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en el ámbito laboral, créditos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, destinados a la ejecución de proyectos de inversión «Plan Nacional de Competencias Digitales» y «Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo» recogidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la cual se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Orden del Consejero de Trabajo y Formación, de 4 de mayo de 2005, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, en materia de Trabajo y Formación (BOIB núm. 73, de 12 de mayo).
  • Resolución del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 29 de diciembre de 2021, por la cual se aprueba por el procedimiento de urgencia y como expediente anticipado de gasto, la convocatoria de subvenciones para el periodo 2021-2023 destinados a promocionar la ocupación autónoma para abordar el reto demográfico y facilitar la transformación productiva hacia una economía verde y digital, con la financiación de la Unión Europea - “NextGenerationEU”, mediante el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) y fondo de Conferencia Sectorial de Ocupación y Asuntos Laborales (BOIB núm. 180, de 30 de diciembre).

4. En cuanto a las disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por todo esto, dicto la siguiente

Propuesta de resolución

Propongo al Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo que dicte una resolución en los términos siguientes:

  1. Denegar la concesión de la subvención del Programa 1 a los interesados que figuran al Anexo 1 adjunto, por los motivos que se indican.
  2. Publicar esta Propuesta de Resolución y Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (21 de noviembre de 2022)

El director general de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular Manuel Porras Romero

 

Conforme con la propuesta dicto Resolución

Palma, en fecha de la firma electrónica (21 de noviembre de 2022)

El director general de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular Manuel Porras Romero (Por delegación, Resolución de 8 de julio de 2019. BOIB núm. 97/2019)

 

ANNEXO 1

Expedientes propuestos para denegar la subvención del Programa 1: ayudas económicas al inicio de la actividad, destinado a promocionar la constitución de personas desocupadas e inscritas en demanda de ocupación como trabajadores autónomos para facilitar la transformación productiva hacia una economía verde y digital, para la anualidad 2022

NÚM. EXP.

NIF

MOTIVO DE DENAGACIÓN

AUT1 73/2022

53564987B

La persona solicitanTE no consta inscrita en lo oficina correspondiente del servicio público de ocupación al menos desde el día antes del comienzo de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desocupadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de ocupación al menos desde el día antes del comienzo de la actividad».

AUT1 70/2022

43043262G

La persona solicitante ha simultaneado la actividad empresarial con una actividad por cuenta ajena.

Según el Apartado 1.5.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: [...] b) No simultanear la actividad empresarial con ninguna otra actividad por cuenta ajena desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional, durante al menos un año».

AUT1 19/2022

43011709F

La persona solicitante no consta de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, previamente a la presentación de la solicitud de la subvención.

Según el apartado 1.2.2.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Constar de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional correspondiente previamente a la presentación de la solicitud de subvención».

AUT1 92/2022

45740541G

La persona solicitante ha simultaneado la actividad empresarial con una actividad por cuenta ajena.

Según el Apartado 1.5.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: [...] b) No simultanear la actividad empresarial con ninguna otra actividad por cuenta ajena desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional, durante al menos un año».

AUT1 117/2022

41744421L

La persona solicitante ha recibido una ayuda para establecerse como trabajadora o trabajador autónomo en los cuatro años anteriores a la fecha que se subvenciona.

Según el Apartado 6.2 de la convocatoria: «Igualmente, quedan excluidas las personas solicitantes a quienes se les haya concedido la ayuda para establecerse como trabajadora o trabajador autónomo en los cuatro años anteriores a la fecha del hecho que se subvenciona».

AUT1 161/2022

41514356T

La persona solicitante no ha cumplido la obligación de mantener su actividad empresarial y el alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social durante los períodos mínimos establecidos en la convocatoria.

Según el apartado 1.5 del Anexo 1 de la convocatoria: « Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: a) Desarrollar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda y mantener la actividad empresarial y el alta en la Seguridad Social o equivalente durante al menos dos años a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social o equivalente.

El período de dos años de obligación de mantenimiento de la actividad y el alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o equivalente podrá efectuarse de forma no continuada, siempre que en el proyecto empresarial presentado se justifique la estacionalidad para ejecutarlo y siempre que el alta en la Seguridad Social o equivalente sea por períodos mínimos de cuatro meses, dentro de un máximo de cuatro años consecutivos».

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

AUT1 16/2022

41746054L

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

AUT1 223/2022

Y8143388E

La persona solicitante no ha cumplido la obligación de mantener su actividad empresarial y el alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social durante los períodos mínimos establecidos en la convocatoria.

Según el apartado 1.5 del Anexo 1 de la convocatoria:« Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: a) Desarrollar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda y mantener la actividad empresarial y el alta en la Seguridad Social o equivalente durante al menos dos años a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social o equivalente.

El período de dos años de obligación de mantenimiento de la actividad y el alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o equivalente podrá efectuarse de forma no continuada, siempre que en el proyecto empresarial presentado se justifique la estacionalidad para ejecutarlo y siempre que el alta en la Seguridad Social o equivalente sea por períodos mínimos de cuatro meses, dentro de un máximo de cuatro años consecutivos».

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

AUT1 239/2022

43155668D

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

AUT1 242/2022

Y7022754V

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

AUT1 112/2022

42196871J

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

AUT1 227/2022

43175593Q

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

AUT1 103/2022

43210278V

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

AUT1 320/2022

43098397P

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

AUT1 184/2022

53597336E

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

AUT1 154/2022

41541802F

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

AUT1 155/2022

41585395S

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

AUT1 221/2022

53435558A

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

AUT1 272/2022

47108072R

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

La persona solicitante no consta de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, previamente a la presentación de la solicitud de la subvención.

Según el apartado 1.2.2.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Constar de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional correspondiente previamente a la presentación de la solicitud de subvención».

AUT1 307/2022

47433929V

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

AUT1 124/2022

 

43107560V

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

AUT1 164/2022

46762823M

La persona solicitante no ha cumplido la obligación de mantener su actividad empresarial y el alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social durante los períodos mínimos establecidos en la convocatoria.

Según el apartado 1.5 del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: a) Desarrollar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda y mantener la actividad empresarial y el alta en la Seguridad Social o equivalente durante al menos dos años a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social o equivalente.

El período de dos años de obligación de mantenimiento de la actividad y el alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o equivalente podrá efectuarse de forma no continuada, siempre que en el proyecto empresarial presentado se justifique la estacionalidad para ejecutarlo y siempre que el alta en la Seguridad Social o equivalente sea por períodos mínimos de cuatro meses, dentro de un máximo de cuatro años consecutivos».

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

AUT1 319/2022

41524481M

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

AUT1 339/2022

78518928X

La persona solicitante ha simultaneado la actividad empresarial con una actividad por cuenta ajena.

Según el Apartado 1.5.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: [...] b) No simultanear la actividad empresarial con ninguna otra actividad por cuenta ajena desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional, durante al menos un año».

AUT1 333/2022

43175150X

La persona solicitante ha simultaneado la actividad empresarial con una actividad por cuenta ajena.

Según el Apartado 1.5.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: [...] b) No simultanear la actividad empresarial con ninguna otra actividad por cuenta ajena desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional, durante al menos un año».

AUT1 287/2022

43165463Y

La persona solicitante no ha cumplido la obligación de mantener su actividad empresarial y el alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social durante los períodos mínimos establecidos en la convocatoria.

Según el apartado 1.5 del Anexo 1 de la convocatoria:«Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: a) Desarrollar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda y mantener la actividad empresarial y el alta en la Seguridad Social o equivalente durante al menos dos años a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social o equivalente.

El período de dos años de obligación de mantenimiento de la actividad y el alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o equivalente podrá efectuarse de forma no continuada, siempre que en el proyecto empresarial presentado se justifique la estacionalidad para ejecutarlo y siempre que el alta en la Seguridad Social o equivalente sea por períodos mínimos de cuatro meses, dentro de un máximo de cuatro años consecutivos».

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

AUT1 203/2022

40346953P

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

AUT1 198/2022

41513351F

La persona solicitante ha simultaneado la actividad empresarial con una actividad por cuenta ajena.

Según el Apartado 1.5.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: [...] b) No simultanear la actividad empresarial con ninguna otra actividad por cuenta ajena desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional, durante al menos un año».

AUT1 256/2022

41616137Y

La persona solicitante ha simultaneado la actividad empresarial con una actividad por cuenta ajena.

Según el Apartado 1.5.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: [...] b) No simultanear la actividad empresarial con ninguna otra actividad por cuenta ajena desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional, durante al menos un año».

AUT1 323/2022

41695018C

 

La persona solicitante ha simultaneado la actividad empresarial con una actividad por cuenta ajena.

Según el Apartado 1.5.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: [...] b) No simultanear la actividad empresarial con ninguna otra actividad por cuenta ajena desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional, durante al menos un año».

AUT1 83/2022

43121212F

La persona solicitante no ha cumplido la obligación de mantener su actividad empresarial y el alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social durante los períodos mínimos establecidos en la convocatoria.

Según el apartado 1.5 del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: a) Desarrollar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda y mantener la actividad empresarial y el alta en la Seguridad Social o equivalente durante al menos dos años a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social o equivalente.

El período de dos años de obligación de mantenimiento de la actividad y el alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o equivalente podrá efectuarse de forma no continuada, siempre que en el proyecto empresarial presentado se justifique la estacionalidad para ejecutarlo y siempre que el alta en la Seguridad Social o equivalente sea por períodos mínimos de cuatro meses, dentro de un máximo de cuatro años consecutivos».

AUT1 200/2022

24256727F

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

AUT1 265/2022

05931978W

La persona solicitante ha simultaneado la actividad empresarial con una actividad por cuenta ajena.

Según el Apartado 1.5.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: [...] b) No simultanear la actividad empresarial con ninguna otra actividad por cuenta ajena desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional, durante al menos un año».

AUT1 308/2022

18226049K

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

AUT1 3/2022

10899423E

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

AUT1 262/2022

Y1002402F

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

AUT1 23/2022

43182582J

La persona solicitante no consta de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, previamente a la presentación de la solicitud de la subvención.

Según el apartado 1.2.2.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Constar de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional correspondiente previamente a la presentación de la solicitud de subvención».

AUT1 295/2022

47014455V

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

AUT1 229/2022

43207391M

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

AUT1 188/2022

26858776C

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

La persona solicitante ha simultaneado la actividad empresarial con una actividad por cuenta ajena.

Según el Apartado 1.5.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: [...] b) No simultanear la actividad empresarial con ninguna otra actividad por cuenta ajena desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional, durante al menos un año».

AUT1 81/2022

43038501G

La persona solicitante ha simultaneado la actividad empresarial con una actividad por cuenta ajena.

Según el Apartado 1.5.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: [...] b) No simultanear la actividad empresarial con ninguna otra actividad por cuenta ajena desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional, durante al menos un año».

AUT1 35/2022

X7279364W

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

AUT1 30/2022

43122507Z

La persona solicitante ha simultaneado la actividad empresarial con una actividad por cuenta ajena.

Según el Apartado 1.5.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: [...] b) No simultanear la actividad empresarial con ninguna otra actividad por cuenta ajena desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional, durante al menos un año».

AUT1 157/2022

X3864985L

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

AUT1 331/2022

70241978R

La persona solicitante no tiene su centro de trabajo o no lleva a cabo su actividad en las Islas Baleares.

Según el Apartado 4.2: «En cuanto al ámbito territorial, tanto la persona solicitante como su centro de trabajo deben estar domiciliados en las Illes Balears y la actividad debe llevarse a cabo en este mismo ámbito».

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

AUT1 326/2022

38845564J

La persona solicitante ha simultaneado la actividad empresarial con una actividad por cuenta ajena.

Según el Apartado 1.5.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: [...] b) No simultanear la actividad empresarial con ninguna otra actividad por cuenta ajena desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional, durante al menos un año».

AUT1 284/2022

Y3009197Y

La persona solicitante no tiene su centro de trabajo o no lleva a cabo su actividad en las Islas Baleares.

Según el Apartado 4.2: «En cuanto al ámbito territorial, tanto la persona solicitante como su centro de trabajo deben estar domiciliados en las Illes Balears y la actividad debe llevarse a cabo en este mismo ámbito ».

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

AUT1 282/2022

Y5428327L

La persona solicitante ha simultaneado la actividad empresarial con una actividad por cuenta ajena.

Según el Apartado 1.5.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: [...] b) No simultanear la actividad empresarial con ninguna otra actividad por cuenta ajena desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional, durante al menos un año».

AUT1 271/2022

43464998N

La persona solicitante no está al corriente de deudas con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria:

Según el Apartado 7.c) de la convocatoria: «Las personas solicitantes deben reunir los siguientes requisitos generales: [...] c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la comunidad autónoma de las Islas Baleares, así como de las obligaciones con la Seguridad Social, antes de la propuesta de resolución».

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

AUT1 251/2022

43111537S

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

AUT1 222/2022

42989278R

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

La persona solicitante no consta de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, previamente a la presentación de la solicitud de la subvención.

Según el apartado 1.2.2.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Constar de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional correspondiente previamente a la presentación de la solicitud de subvención».

La persona solicitante no está al corriente de deudas con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria:

Según el Apartado 7.c) de la convocatoria: «Las personas solicitantes deben reunir los siguientes requisitos generales: [...] c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la comunidad autónoma de las Islas Baleares, así como de las obligaciones con la Seguridad Social, antes de la propuesta de resolución».

AUT1 218/2022

41492947G

La persona solicitante no ha cumplido la obligación de mantener su actividad empresarial y el alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social durante los períodos mínimos establecidos en la convocatoria.

Según el apartado 1.5 del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: a) Desarrollar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda y mantener la actividad empresarial y el alta en la Seguridad Social o equivalente durante al menos dos años a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social o equivalente.

El período de dos años de obligación de mantenimiento de la actividad y el alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o equivalente podrá efectuarse de forma no continuada, siempre que en el proyecto empresarial presentado se justifique la estacionalidad para ejecutarlo y siempre que el alta en la Seguridad Social o equivalente sea por períodos mínimos de cuatro meses, dentro de un máximo de cuatro años consecutivos».

AUT1 148/2022

X7299734V

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

AUT1 146/2022

43093544P

La persona solicitante no está al corriente de deudas con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria:

Según el Apartado 7.c) de la convocatoria: «Las personas solicitantes deben reunir los siguientes requisitos generales: [...] c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la comunidad autónoma de las Islas Baleares, así como de las obligaciones con la Seguridad Social, antes de la propuesta de resolución».

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

AUT1 142/2022

74511217A

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

AUT1 136/2022

43207661E

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

AUT1 127/2022

41743847C

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

La persona solicitante no ha cumplido la obligación de mantener su actividad empresarial y el alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social durante los períodos mínimos establecidos en la convocatoria.

Según el apartado 1.5 del Anexo 1 de la convocatoria: « Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: a) Desarrollar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda y mantener la actividad empresarial y el alta en la Seguridad Social o equivalente durante al menos dos años a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social o equivalente.

El período de dos años de obligación de mantenimiento de la actividad y el alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o equivalente podrá efectuarse de forma no continuada, siempre que en el proyecto empresarial presentado se justifique la estacionalidad para ejecutarlo y siempre que el alta en la Seguridad Social o equivalente sea por períodos mínimos de cuatro meses, dentro de un máximo de cuatro años consecutivos».

AUT1 115/2022

43048480R

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

AUT1 97/2022

43142500C

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

AUT1 96/2022

03924551S

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: « Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

La persona solicitante ha simultaneado la actividad empresarial con una actividad por cuenta ajena.

Según el Apartado 1.5.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: [...] b) No simultanear la actividad empresarial con ninguna otra actividad por cuenta ajena desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional, durante al menos un año».

AUT1 88/2022

Y3768743T

La persona solicitante no está al corriente de deudas con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria/la Seguridad Social/la Agencia Tributaria de las Islas Baleares:

Según el Apartado 7.c) de la convocatoria: «Las personas solicitantes deben reunir los siguientes requisitos generales: [...] c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la comunidad autónoma de las Islas Baleares, así como de las obligaciones con la Seguridad Social, antes de la propuesta de resolución ».

La persona solicitante ha simultaneado la actividad empresarial con una actividad por cuenta ajena.

Según el Apartado 1.5.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: [...] b) No simultanear la actividad empresarial con ninguna otra actividad por cuenta ajena desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional, durante al menos un año».

AUT1 77/2022

71518274G

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

La persona solicitante no consta de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria».

AUT1 50/2022

Y7606535N

La persona solicitante no consta de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Según el Apartado 1.2.2.c) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] c) Constar de alta en el Impuesto de actividades Económicas».

La persona solicitante no ha cursado la formación on line del IDI.

Según el Apartado 1.2.2.d) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de los requisitos generales establecidos en el apartado séptimo de esta convocatoria, las personas beneficiarias deben reunir los siguientes requisitos: [... ] d) Además, previamente a la presentación de la solicitud, la persona solicitante debe realizar la formación online diseñada por el Instituto de Innovación Empresarial de las Illes Balears (IDI Baleares)».

AUT1 33/2022

Y8750300X

La persona solicitante no consta inscrita en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del inicio de la actividad.

Según el apartado 1.2.1.a) del Anexo 1 de la convocatoria: «pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo al menos desde el día antes del comienzo del actividad».

La persona solicitante ha simultaneado la actividad empresarial con una actividad por cuenta ajena.

Según el Apartado 1.5.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: [...] b) No simultanear la actividad empresarial con ninguna otra actividad por cuenta ajena desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional, durante al menos un año».

AUT1 25/2022

49055858D

La persona solicitante ha simultaneado la actividad empresarial con una actividad por cuenta ajena.

Según el Apartado 1.5.b) del Anexo 1 de la convocatoria: «Además de las obligaciones generales previstas en el apartado decimosexto, las personas beneficiarias de este Programa también tienen las siguientes obligaciones: [...] b) No simultanear la actividad empresarial con ninguna otra actividad por cuenta ajena desde el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional, durante al menos un año».

AUT1 362/2022

43185993C

La persona solicitante no ha obtenido una valoración técnica positiva de su plan de empresa.

Según el Apartado 1.2.2.e) del Anexo 1 de la convocatoria: «La valoración negativa del plan de empresa presentado implica igualmente la denegación de las ayudas».