Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Núm. 695121
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la cual se acuerda la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a diversos miembros del cuerpo de policía local de Alcúdia
Hechos
1. El día 25 de abril de 2022, la alcaldesa de Alcúdia emitió el certificado del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 14 de marzo de 2022 de la propuesta de solicitud de concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a diversos miembros de la policía local de Alcúdia. Concretamente se solicitó para los oficiales Joan Ferrer Martorell, Pedro Ferrer Martorell, Mateu Fuster Gelabert i Antonio Trujillo Molina; y los policías Jaime Arroyo Salord, Juan Batle Bernat, Bernat Cifre Llompart, Juan Cordero Ripoll y Antonio Rodríguez Baños.
2. El día 3 de mayo de 2022, el director general de Emergencias e Interior firmó la Resolución de inicio del procedimiento para la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a los policías mencionados en el punto 1. En la misma resolución también nombró el instructor y el secretario.
3. El día 8 de junio de 2022 el instructor del procedimiento emitió la propuesta de resolución de concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a los oficiales Joan Ferrer Martorell, Pedro Ferrer Martorell y Mateu Fuster Gelabert; a los policías Jaime Arroyo Salord, Juan Batle Bernat, Bernat Cifre Llompart y Antonio Rodríguez Baños; y de denegació de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a los señores Joan Cordero Ripoll y Antoni Trujillo Molina en base a los siguientes aspectos:
a) Los agentes propuestos para la condecoración han cumplido treinta o más de treinta años de servicio policial, encontrándose en situación de servicio activo, a excepción de los señores Joan Cordero Ripoll y Antoni Trujillo Molina que se encuentran jubilados.
b) Los agentes propuestos no tienen ningún expediente disciplinario en curso o sanción disciplinaria pendiente de cancelar.
c) Entrevistados diversos agentes del cuerpo policial de Alcúdia, los agentes propuestos para la condecoración han tenido una trayectoria profesional destacada durante todos sus años de servicio.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 52 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, modificado por la Ley 11/2017, de 20 de diciembre, de modificación de la Ley 4/2013, determina la posibilidad de conceder premios y distinciones a los miembros de la policía local de las Illes Balears en los términos que se establezcan reglamentariamente.
2. El capítulo V del título VIII del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears, regula las características y la concesión de premios y condecoraciones. En concreto, el artículo 132, regula las circunstancias por las cuales puede otorgarse la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco; el artículo 137, regula quién puede formular la propuesta de solicitud de concesión del galardón; y el artículo 138 regula el procedimiento ordinario de concesión.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Acordar la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a los miembros del cuerpo de la policía local de Alcúdia que se indican a continuación:
― Oficial Joan Ferrer Martorell.
― Oficial Pedro Ferrer Martorell.
― Oficial Mateu Fuster Gelabert.
― Policia Jaime Arroyo Salord.
― Policia Juan Batle Bernat.
― Policia Bernat Cifre Llompart.
― Policia Antonio Rodríguez Baños.
2. Notificar esta resolución a los agentes galardonados y al Ayuntamiento de Alcúdia.
3. Ordenar la inscripción de este acuerdo en el Registro de policías locales en la forma legalmente determinada.
4. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y del artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 26 de julio de 2022
La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez