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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Núm. 695114
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la cual se acuerda la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a diversos miembros del cuerpo de policía local de Felanitx

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Texto

Hechos

1.  El día 23 de noviembre de 2021, el alcalde de Felanitx emitió el certificado del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 8 de noviembre de 2021 de la propuesta de solicitud de concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanca a diversos miembros de la policía local de Felanitx. Concretamente se solicitó para el inspector Miquel Soler Cerdà; el subinspector Bartomeu Monserrat Bover; el oficial Bartomeu Nadal Nicolau; y los policías Ramon Roig Andreu, Pedro Juan Monserrat Juan, Rafel Garcies Nicolau y Juan Puig Barceló.

2.  El día 8 de febrero de 2022, el director general de Emergencias e Interior dictó la Resolución de inicio del procedimiento para la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a los policías mencionados en el punto 1. En la misma resolución también nombró el instructor y el secretario.

3.  El día 21 de marzo de 2022 el instructor del procedimiento emitió la propuesta de resolución en base a los siguientes aspectos:

a) Los agentes propuestos para la condecoración han cumplido más de treinta años de servicio policial y no tienen ningún expediente disciplinario en curso o sanción disciplinaria pendiente de cancelar.

b) Según informan varios miembros del cuerpo policial de Felanitx, destacan la dedicación y entusiasmo en el desempeño del trabajo policial, con una colaboración positiva y vocación de servicio a la comunidad, de los agentes propuestos para la condecoración.

Fundamentos de derecho

1.  El artículo 52 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, modificado por la Ley 11/2017, de 20 de diciembre, de modificación de la Ley 4/2013, determina la posibilidad de conceder premios y distinciones a los miembros de la policía local de las Illes Balears en los términos que se establezcan reglamentariamente.

2.  El capítulo V del título VIII del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears, regula las características y la concesión de premios y condecoraciones. En concreto, el artículo 132, regula las circunstancias por las cuales puede otorgarse la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco; el artículo 137, regula quién puede formular la propuesta de solicitud de concesión del galardón; y el artículo 138 regula el procedimiento ordinario de concesión.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1.  Acordar la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a los miembros de la policía local de Felanitx siguientes:

― Inspector Miquel Soler Cerdà.

― Subinspector Bartomeu Monserrat Bover.

― Oficial Bartomeu Nadal Nicolau.

― Policía Ramon Roig Andreu.

― Policía Pedro Juan Monserrat Juan.

― Policía Rafel Garcies Nicolau.

― Policía Juan Puig Barceló

2.  Notificar esta resolución a los agentes galardonados y al Ayuntamiento de Felanitx.

3.  Ordenar la inscripción de este acuerdo en el Registro de policías locales en la forma legalmente determinada.

4.  Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y del artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, 1 de abril de 2022

La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez