Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Núm. 689502
Resolución por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 2 de junio de 2022 por la que se conceden subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. El 3 de julio de 2021 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021.

2. En fecha 24 de marzo de 2022 (RE n.º ENV/24037/2022), la Sra. Cliseida Da Silva Rocha presentó documentación para acogerse a la convocatoria para la adquisición del vehículo CITROEN ë-JUMPY TXL 75 KWH CLUB.

3. El día 30 de abril de 2022 se publicó en el BOIB n.º 57 la Propuesta de resolución del director general de Energía y Cambio Climático por la que se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, en la que se proponía conceder a la Sra. Da Silva una subvención de 4.500 euros (Exp. MOVES III 1434/2021).

4. En fecha 9 de junio de 2022 se publicó en el BOIB n.º 75 la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, en la que se concedía a la Sra. Da Silva una subvención de 4.500 euros.

5. El día 19 de agosto de 2022, el Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética emitió un informe técnico respecto a la subvención otorgada a la señora Cliseida Da Silva Rocha, según el cual:

2. El punto 6.1 de la convocatoria establece la cuantía de las ayudas por el Programa de incentivos 1. Adquisición de vehículos eléctricos enchufables.

a) En caso de beneficiarios indicados en el apartado 2.1 de esta convocatoria con las letras a) b) c) y f), se establecen las cuantías individuales de ayuda siguientes, siempre que no se supere el límite de precio de venta del vehículo establecido en la tabla siguiente, y se tiene que entender como precio el precio de venta al cliente en el momento de solicitar la ayuda, antes del IVA.

Motorización

Categoría

Autonomía en modo de funcionamiento eléctrico (km) según ciclo WLTP

Límite precio venta vehículo (€) sin IVA

Ayuda (€) sin desguace

Ayuda (€) con desguace

PHEV, EREV, BEV

M1

Mayor o igual de 30 y menor de 90

45.000 (53.000 para vehículo BEV de ocho plazas o nueve plazas)

2.500

5.000

Mayor o igual de 90

4.500

7.000

 

Motorización

Categoría

Autonomía en modo de funcionamiento eléctrico (km) según ciclo WLTP

Límite precio venta vehículo (€) sin IVA

Ayuda (€) sin desguace

Ayuda (€) con desguace

PHEV, EREV, BEV, pila combustible

N1

Mayor o igual de 30

-

7.000

9.000

 

Motorización

Categoría

Autonomía en modo de funcionamiento eléctrico (km) según ciclo WLTP

Límite precio venta vehículo (€) sin IVA

Ayuda (€) sin desguace

Ayuda (€) con desguace

BEV

L6e

-

 

1.400

1.600

L7e

1.800

2.000

L3e, L4e, L5e, con P3 kW

Mayor de 70 o igual

10.000

1.100

1.300

3. La persona o entidad Cliseida Da Silva Rocha, con fecha 24 de marzo de 2022, presentó en la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática una solicitud de subvención dentro de la convocatoria Moves III.

4. Los servicios técnicos de la Dirección General de Energía y Cambio Climático han concedido la ayuda para la adquisición de vehículo eléctrico, concediendo la ayuda establecida por la categoría M1 sin desguace, que corresponde a 4.500 euros.

5. Con fecha 18 de agosto de 2022 los servicios técnicos de la Dirección General de Energía y Cambio Climático se dan cuenta de que se ha cometido un error en la concesión de la ayuda, ya que en los datos del vehículo consta la categoría N1 del vehículo y en la solicitud se piden 7.000 euros. Se comprueba que en el permiso de circulación provisional y en la factura consta el vehículo Citroen ë-Jumpy Talla XL 75 KWh, que corresponde a la categoría N1 sin desguace, y por tanto efectivamente le correspondería la ayuda de 7.000 euros inicialmente solicitada.

Este informe concluye:

Una vez valorada la documentación presentada y dado que que se cometió un error a la hora de conceder la ayuda, se considera, que cumpliendo el resto de las bases de la convocatoria pública de referencia, se informa que la ayuda concedida tendría que ser de 7.000 euros en lugar de 4.500 euros.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).

2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre de 2004).

3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB n.º 72, de 24 de mayo de 2008).

4. El Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas en las comunidades autónomas y en las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOE n.º 89, de 14 de abril de 2021).

5. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB n.º 88, de 3 de julio de 2021.

6. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 3 de agosto de 2022 por la que se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU (BOIB n.º 103, de 6 de agosto de 2022).

7. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 2 de junio de 2022 por la que se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en el sentido de ampliar la cuantía que corresponde abonar a la Sra. Cliseida Da Silva Rocha.

2. Aprobar la concesión de una subvención de 7.000,00 euros a la señora Cliseida Da Silva Rocha para la adquisición del vehículo CITROEN ë-JUMPY TXL 75 KWH CLUB, en lugar de los 4.500 euros concedidos por la Resolución de concesión de 2 de junio de 2022 (BOIB n.º 75, de 9 de junio de 2022).

3. Autorizar y disponer el gasto por 2.500 euros con cargo a la partida presupuestaria 19701 G/731A01/77000/00 MR001 de los presupuestos de 2022. Este importe se corresponde con la diferencia entre el importe de la subvención concedida y la autorización y disposición del gasto aprobado por Resolución de día 9 de junio de 2022. Los fondos para la concesión de la ayuda proceden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (Fondo NextGenerationUE).

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, 18 de noviembre de 2022

El director general de Energía y Cambio Climático José Guillermo Malagrava Rigo Por delegación del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática (BOIB n.º 31, de 4/3/2021)