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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARIA DEL CAMÍ

Núm. 686456
Aprobación definitiva modificación ordenanza fiscal tasa guardería infantil

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Texto

Transcurrido el plazo de treinta días de exposición pública de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de guardería infantil, sin que se haya presentado ninguna reclamación, el acuerdo de aprobación provisional de dicha modificación se ha convertido en definitivo en virtud de lo establecido en el art. 17.3 del R.D Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Se transcribe a continuación el texto íntegro de dicha modificación, en función de lo previsto en el art. 17.4 del R.D Legislativo 2/2004:

<<Art.4º. Cuantía.

...

b) Cuotas mensuales:

...

- De 8,30 a 12,30h ...........................125 €

...“.

Disposición transitoria

Con carácter excepcional, desde el 1 de septiembre de 2022 y de forma temporal queda suspendida la aplicación del concepto "cuotas mensuales: De 8,30 a las 12,30 horas" del cuadro de tarifas de la Ordenanza reguladora de la tasa de la guardería infantil con un importe de 125 euros y en lo que se refiere únicamente a los alumnos de las aulas de tercero de educación infantil durante el período escolar que va de septiembre a junio 2022/23.

Disposición final

La presente modificación entrará en vigor el mismo día de su publicación y empezará a aplicarse a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears con efectos de día 1 de septiembre de 2022 y tendrá una vigencia temporal limitada por la duración del convenio específico de gratuidad de la red pública a que se refiere el artículo 6 del Decreto ley 8/2022, de 16 de agosto, de medidas urgentes para garantizar la gratuidad de la educación de los niños matriculados en el tercero nivel de educación infantil en los centros de la red pública de escuelas infantiles>>.

Contra este acuerdo se puede interponer Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos señalados en las normas reguladoras de dicha Jurisdicción, de conformidad con lo previsto en el art. 19.1 del R.D Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

 

Santa Maria del Camí, (firmado electrónicamente: 21 de noviembre de 2022)

El alcalde-presidente Nicolau Canyelles