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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 681186
Concesión de subvención nominativa del Consell Insular de Formentera al Grupo Deportivo Espalmador

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Texto

La Junta de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesión de carácter Ordinario de 28 de octubre de 2022, celebrada en forma presencial, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

(...)

Primero.- APROBAR el otorgamiento de subvención nominativa directa por el importe de 6.000€, al GRUPO DEPORTIVO ESPALMADOR con CIF G57664542, para la promoción, organización y ejecución de eventos deportivos para el año 2022, el cual se adjunta en el Anexo I.

Segundo.- La gestión de la subvención se llevará a cabo de acuerdo con la firma del convenio anexo a la propuesta.

Tercero.- AUTORIZAR Y DISPONER EL GASTO con cargo a la partida presupuestaria 2022.1.341.48000 de los presupuestos para el año 2022.

Cuarto.- RECONOCER la obligación del importe concedido, ordenar el pago y pagar el importe del 50% de 6.000€ de la subvención y registrar la operación como pendiente de justificar hasta que el beneficiario no proceda a la justificación de la misma de acuerdo con las normas de la concesión.

Quinto.-FACULTAR a la señora Presidenta del Consell Insular de Formentera, para que una vez esté aprobada esta subvención de concesión nominativa directa, pueda firmar el convenio anexo, según lo estipulado en el artículo 21 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consells insulares.

Sexto.- GUARDAR copia de este convenio en el Registro de Convenios que se encuentra ubicado en la secretaría de la Corporación.

Séptimo.- NOTIFICAR este acuerdo al Grupo Deportivo Espalmador. 

Octavo.- PUBLICAR el Convenio en BOIB y en la página web del Consell Insular de Formentera.

 

ANEXO I Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Formentera y el Grupo Deportivo Espalmador para la promoción, organización y ejecución de eventos deportivos de Larga Trayectoria para el año 2022

De una parte, la Sra. Ana Juan Torres, mayor de edad, vecina de Formentera, domiciliada en la plaza de la constitución núm. 1 en Formentera, con Documento Nacional de Identidad núm. ***524**T

El Sr. Juan Jose Escandell Mayans, mayor de edad, con DNI ***598**H, y domicilio a efectos de notificaciones en c/ Mallorca 29, 1º, 3ª Sant Ferran, Formentera

Intervienen

La Sra. Ana Juan Torres, como presidenta del Consell Insular de Formentera, actuando en nombre y representación de esta Corporación, con CIF P0702400C y con domicilio en la plaza de la Constitución núm. 1, de Sant Francesc Xavier (Formentera), en virtud del Auto del Pleno del Consell Insular de Formentera de fecha 15 de octubre de 2021, de acuerdo con el artículo 136 del Reglamento Orgánico del Consell Insular de Formentera (ROC) y en virtud del artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local,  de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General y del artículo 21 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consells insulares, asistido por la secretaria accidental de la Corporación, la Sra. Paola Sales Jiménez, de conformidad con el artículo 161 del ROC.

El Sr. Juan Jose Escandell Mayans, presidente del Grupo Deportivo Espalmador de Formentera, quien actúa en representación del citado Club, el cual dispone de CIF G57664542, según el Acta de la Asamblea General ordinaria del Grupo Deportivo Espalmador, de fecha 2 de octubre de 2019.

Ambas partes actúan en representación de sus respectivas entidades, se reconocen mutuamente plena capacidad jurídica para obrar, y,

Manifiestan

1.Que, a los efectos de dar uso a las instalaciones deportivas del Consell Insular de Formentera para este año 2022, con el fin de ejercer los intereses del Consell Insular de Formentera, éste se encuentra habilitado para promover el deporte y dar servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones del municipio de Formentera, dada la competencia establecida por el artículo 70.9 de la Ley orgánica 1/2007,  de 28 de febrero, que modifica el Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares. Además, de forma específica, la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte en las Islas Baleares, establece en su artículo 11, entre otros, la competencia del Consell Insular de Formentera para colaborar, en su ámbito territorial, con las entidades en el desarrollo del deporte.

2. Dado que el Grupo Deportivo Espalmador está interesado en realizar la promoción, la planificación, la organización y ejecución de los diferentes eventos deportivos de Larga Trayectoria para 2022.

3.Que es voluntad del Consell Insular de Formentera colaborar con el Grupo Deportivo Espalmador para que se lleve a cabo las pruebas deportivas siguientes:

  • VIII Caminata y Carrera de la Mujer
  • XII Trofeo Ciclismo en Ruta Isla de Formentera.
  • VII Volta Cicloturista.
  • XXXVII Milla Urbana y 5 km de Pujols.
  • XXIV Subida a La Mola
  • XXVIII BTT La Mola
  • XLIII Carrera de la Constitución Memorial John Tunks

En virtud de lo expuesto anteriormente, ambas partes acuerdan formalizar este convenio, de acuerdo con las siguientes cláusulas:

Cláusulas

1) Obligaciones del Grupo Deportivo Espalmador en cuanto a la promoción, organización y ejecución de eventos deportivos.

Por parte del Grupo Deportivo Espalmador:

El Grupo Deportivo Espalmador se responsabiliza de que los acontecimientos deportivos y todo lo referente a la promoción, planificación, organización y ejecución de los acontecimientos antes nombrados.

En los eventos deportivos objetos de este convenio, tanto los dorsales de todos los deportistas que participen como todas las pancartas, carteles de salida y llegada y página web de cada evento, debe aparecer siempre el logotipo del Consell Insular de Formentera.

El Grupo Deportivo Espalmador añadirá en todos sus reglamentos deportivos de las pruebas incluidas en este convenio, una cláusula donde esté bien claro que es obligación de los participantes velar por la correcta limpieza y la clasificación de los residuos que se producen durante las pruebas, pendiente el Consell Insular de Formentera de sancionarlos por no cumplir la normativa vigente de recogida selectiva.

Por parte del Consell Insular de Formentera:

El Consell Insular de Formentera se compromete a supervisar y velar por el correcto desarrollo de las actividades descritas en este convenio de colaboración y comprobar que se llevan a cabo con total normalidad.

2) Forma de pago

El Consell Insular de Formentera realizará una aportación máxima de 6.000€ IVA incluido para la promoción, planificación, organización y ejecución de los diferentes eventos deportivos con carga la partida presupuestaria 2022.1.341.48000 de los presupuestos generales del Consell Insular de Formentera para el año 2022. 

La forma de pago por parte del Consell Insular de Formentera, será la siguiente:

- Se abonará al Grupo Deportivo Espalmador de Formentera un primer pago del 50% (3.000€) en el momento de la firma del convenio.

- Se abonará un segundo pago del 50% (3.000€) restante, cuando se presente una memoria justificativa del primer 50% aportando una memoria responsable con el contenido que determinan el área de deportes y la de Intervención.

- El Técnico del área de deportes emitirá un informe favorable donde diga que la actividad conveniada se lleva a cabo con normalidad, dentro de los objetivos marcados en este convenio.

- Durante el más de Enero de 2023 el Grupo Deportivo Espalmador deberá justificar el 100% de su actuación. Éste será requisito indispensable para poder firmar un nuevo convenio con el Consell. Esto no exenta de devolver la cantidad correspondiente en el caso de no poder justificar el 100% de las cantidades recibidas.

- El beneficiario está eximido de presentar garantías atendiendo a la naturalezade las actividades subvencionadas y sus características como beneficiario, de conformidad con el artículo 42 y siguientes del Real Decreto 88/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En Cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 del decreto legislativo 2/2005, de 25 de diciembre, texto refundido de la ley de subvenciones de las Islas Baleares, el Grupo Deportivo Espalmador queda sometido, entre otros, a las siguientes obligaciones:

- Llevar a cabo las actividades o la inversión o adoptar el comportamiento que fomenta la concesión de la subvención.

- Presentar durante el mes de enero de 2023, los documentos acreditativos de la justificación de la subvención.

- Someterse a las actuaciones de comprobación que lleven a cabo los órganos competentes en cualquier momento.

- Notificar al CIF cualquier modificación que se pretenda realizar en la contratación de los trabajadores, inicialmente presentado, en relación a las actuaciones subvencionables.

- Dejar constancia de la percepción y aplicación de la subvención en los libros de contabilidad o en los libros de registro que deba llevar el beneficiario de acuerdo con la legislación mercantil o fiscal que sea aplicable.

- Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos percibidos mientras puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

- Valorada los fondos percibidos en los supuestos previstos en el artículo 44 de esta Ley.

3) Justificación de la subvención

El Grupo Deportivo Espalmador de Formentera presentará en el registro general de entrada del CIF, ubicado en la OAC, dirigida al Área de Deportes de este Consell, durante el mes de Enero de 2023.

  • - Una Memoria Justificativa Simplificada (Cuenta Justificativa Simplificada) del 100% del gasto realizado donde vengan contenidas las pruebas deportivas llevadas a cabo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022. Esta memoria constará de información textual del evento, y si es necesario, fotografías, carteles publicitarios, recortes de prensa y cualquier otra información que el Grupo Deportivo Espalmador considere adecuado.
  •  
  • - Una Memoria Justificativa de la Actividad, con los eventos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022. Esta memoria constará de información textual del evento, y si es necesario, fotografías, carteles publicitarios, recortes de prensa y cualquier otra información que el Grupo Deportivo Espalmador considere adecuado.

El técnico del área de Deportes del Consell de Formentera deberá emitir un informe el cual corrobore que efectivamente se ha realizado este gasto y que todo es correcto para cerrar el expediente.

Acreditación de estar al corriente de pago de todas las obligaciones tributarias y ante la seguridad social, o autorización en favor del CIF, para que pueda solicitar los certificados necesarios ante el Ministerio de Economía y Hacienda y el Departamento de Economía y Hacienda de la Comunidad Balear.

Presupuesto de ingresos y gastos realizados, en el que deberá incluirse la cuenta justificativa de gastos que de conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

En caso de que la documentación no se presente dentro del plazo establecido, el Consell Insular de Formentera hará un requerimiento al Grupo Deportivo Espalmador para que en el plazo de 15 días presente la documentación correspondiente a la justificación del convenio. En caso de que no se atienda este requerimiento, el Consell llevará a cabo los trámites necesarios para el reintegro de la subvención.

4) Reintegro de la subvención

Se establece la obtención por parte del Grupo Deportivo Espalmador de Formentera de reintegrar los fondos en el supuesto de incumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidas para la concesión, y en todo caso, en los supuestos regulados en el artículo 44 del decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, texto refundido de la ley de subvenciones de las Islas Baleares.

Además, el CIF se reserva el derecho a disminuir proporcionalmente su aportación, en el supuesto de incumplimiento parcial del Convenio, o bien en el caso de que los gastos justificados no lleguen al total de los gastos presupuestados.

5) Concordancia con otras subvenciones.

El Grupo Deportivo Espalmador deberá informar al Consell Insular de Formentera, a través del órgano competente en la materia, la subvención o subvenciones que reciba para la misma finalidad. En esta comunicación hará constar el dinero obtenido, así como todas las condiciones aplicables.

En ningún caso, la cuantía total de las subvenciones podrá superar el cuerpo total de la actividad, ya que si es así, la subvención concedida por esta Corporación se reducirá de manera proporcional.

6) Vigencia

Este convenio es vigente desde el día de su firma hasta el día 31 de diciembre de 2022 y tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2022.

Este convenio se podrá resolver, con audiencia previa de las partes, entre otras, por las siguientes causas:

  1. El mutuo acuerdo entre las partes, que debe formalizarse por escrito.
  2. El incumplimiento de las normativas de aplicación y/o de los pactos establecidos.
  3. No llevar a cabo la prestación de las actividades objeto del presente convenio. En el caso de que la resolución del convenio fuera por incumplimiento por parte del Grupo Deportivo Espalmador, éste deberá reintegrar la totalidad las cantidades económicas percibidas.

7) Procedimiento de otorgamiento de la subvención y naturaleza del presente convenio

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y constituye el instrumento a través del cual se canaliza una subvención por el procedimiento de concesión directa previsto en el artículo 7.1 c) del decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, texto refundido de la ley de subvenciones de las Islas Baleares, y en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003,  de 17 de noviembre, general de subvenciones, para que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario que dificultan su convocatoria pública, de acuerdo con los informes que constan en el Área de Deportes del Consell Insular de Formentera.

8) Normativa de aplicación

En lo no previsto en el presente convenio, habrá que ajustarse a lo dispuesto en las bases de ejecución del presupuesto general del Consell Insular de Formentera para 2022, al Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, texto refundido de la Ley de Subvenciones de las Islas Baleares, a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y al Real Decreto 887/2006,  de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Plan Estratégico de Subvenciones para 2022, aprobado inicialmente por el Pleno de 25 de febrero de 2022 y publicado en el BOIB número 36, de 12 de marzo de 2022, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 38/2003,  de 17 de noviembre, general de subvenciones, y los artículos 10 y siguientes de su Reglamento, así como, visto lo establecido en el artículo 6 y concordantes del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aplicable a las Islas Baleares.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman este convenio de colaboración por duplicado.

Formentera, ____ d__________ de 2022

La presidenta del Consell Insular de Formentera                          El presidente del Grupo Deportivo Espalmador

                                        Ana Juan Torres                                                                            Juan Jose Escandell Mayans

La secretaria accidental Paola Sales Jiménez

Lo cual se hace público por conocimiento,

 

Formentera, a fecha de la firma electrónica (16 de noviembre de 2022)

La presidenta Ana Juan Torres