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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 679855
Propuesta de Resolución y Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se conceden y se pagan las ayudas para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que sean titulares de autorización de transporte público de mercancías, residenciadas en las Islas Baleares, para promocionar la ocupación autónoma y favorecer la sostenibilidad y pervivencia de estos tipos de proyectos empresariales afectados por el incremento del precio de la energía

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Texto

Antecedentes

1. Por Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 20 de junio de 2022, se aprobó la convocatoria de ayudas para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que sean titulares de autorización de transporte público de mercancías, residenciadas en las Islas Baleares, para promocionar la ocupación autónoma y favorecer la sostenibilidad y pervivencia de estos tipos de proyectos empresariales afectados por el incremento del precio de la energía (BOIB n.º 80, de 21 de junio de 2022).

2. De acuerdo con el apartado 5 de la convocatoria, y dentro del plazo establecido, han tenido entrada a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de forma telemática las solicitudes y la documentación prevista en la convocatoria por parte de los autónomos que se relacionan en el Anexo 1 adjunto.

3. Los servicios técnicos de la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, instructora del expediente, han examinado las solicitudes y han comprobado que los solicitantes que constan en el Anexo 1 adjunto:

- Pueden ser beneficiarios de la subvención objeto de convocatoria por su naturaleza.

- Han presentado correctamente su solicitud y la documentación dentro del plazo previsto a la convocatoria.

- Están al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y con la Administración tributaria, tanto el estatal como la autonómica.

- Cumplen con los requisitos establecidos en la convocatoria de ayudas.

4. De acuerdo con el apartado décimo de la convocatoria de ayudas, con la presentación de la solicitud y la documentación establecida a la convocatoria, se entiende justificada la aplicación de la ayuda a la finalidad de la convocatoria, de acuerdo con el que establece el artículo 39 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por medio del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre y el artículo 12, párrafo sexto, de las bases reguladoras aprobadas por la Orden del consejero de Trabajo y Formación de 4 de mayo de 2005.

5. La cuantía de la ayuda propuesta para cada beneficiario, de acuerdo con lo establecido en el punto cuarto de la convocatoria de ayudas, es la que se relaciona en el Anexo 1 adjunto.

6. De acuerdo con el apartado tercero de la convocatoria de ayudas, hay un crédito disponible por importe de 1.125.000,00 €, con cargo a la partida presupuestaria 12801G/761C01/47000/00/2202 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares vigente.

7. El apartado octavo de la convocatoria de ayudas, establece que de acuerdo con el artículo 7 de las bases reguladoras, las solicitudes de ayudas las tiene que resolver motivadamente el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, con la propuesta previa del director general de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular. Sin embargo, éste delega en la persona titular de la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular la resolución de los expedientes y de los recursos de reposición (BOIB n.º 97, de 16 de julio de 2019).

8.  Se puede prescindir del trámite de notificación de la propuesta de resolución provisional cuando no figuren en el procedimiento ni se tengan en cuenta otras hechos, alegaciones y pruebas además de los que han aducido las personas interesadas. En este caso, la propuesta de resolución formulada tiene carácter de definitiva.

9. El apartado 8.3 de la convocatoria de ayudas, indica que la notificación de las resoluciones de concesión y denegación a los interesados se hará mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Fundamentos de derecho

1. En cuanto a las competencias para desplegar los programas de apoyo a la ocupación regulados en las disposiciones generales dictadas por el Estado, el Real Decreto 99/1996, de 26 de enero, bisiesto de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de cooperativas, calificación y registro de sociedades anónimas laborales y programas de apoyo a la ocupación (BOE n.º 52, de 29 de febrero), por medio del cual estas competencias se transfirieron en la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y el Decreto 32/1996, de 7 de marzo (BOIB n.º 35, de 19 de marzo), por medio del cual la CAIB las asumió.

2. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares establece las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 21, de 15 de febrero), establece en su artículo 2 punto 4.d, con relación a la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, establece que las competencias de la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular son, entre otros, la promoción, desarrollo y dinamización económica; la financiación y apoyo empresarial; la gestión, fomento y difusión de los modelos de economía social y autoempleo, y la coordinación y gestión de la implantación de un sistema de gestión ética y socialmente responsable con la asunción del Sistema Balear de Responsabilidad Social Corporativa de Empresas.

3. Regulan estas ayudas:

  • Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB número 196, de 31 de diciembre).
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio).
  • Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el cual se despliegan determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 122, de 31 de septiembre).
  • El Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajador autónomo, define el trabajo autónomo y se contemplan los derechos y obligaciones de los trabajadores autónomos, su nivel de protección social, las relaciones laborales y la política de fomento de la ocupación autónoma (BOE n.º 166, de 12 de julio de 2007).
  • El Real decreto legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ocupación, establece que los recursos económicos para la realización de las políticas activas serán gestionadas por los servicios públicos de ocupación, que podrán desarrollar los servicios y programas que consideren necesarios, según el artículo 36.3, y gestionarlos mediante la concesión de subvenciones públicas, contratación administrativa, suscripción de convenios, gestión directa o cualquier otra forma jurídica ajustada a derecho (BOE n.º 255, de 24 de octubre de 2015).
  • Decreto Ley 4/2022 de 30 de marzo, por el cual se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para paliar la crisis económica y social producida por los efectos de la guerra en Ucrania (BOIB n.º 44, de 31 de marzo de 2022).
  • Orden del consejero de Trabajo y Formación, de 4 de mayo de 2005, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, en materia de Trabajo y Formación (BOIB n.º 73, de 12 de mayo).
  • Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que sean titulares de autorización de transporte público de mercancías, residenciadas en las Islas Baleares, para promocionar la ocupación autónoma y favorecer la sostenibilidad y pervivencia de estos tipos de proyectos empresariales afectados por el incremento del precio de la energía (BOIB n.º 80, de 21 de junio de 2022).

4. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que regula las disposiciones generales sobre procedimientos administrativos.

Por todo esto, dicto la siguiente

Propuesta de Resolución

Propongo al consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Aprobar la concesión de ayudas para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que sean titulares de autorización de transporte público de mercancías, residenciadas en las Islas Baleares, para promocionar la ocupación autónoma y favorecer la sostenibilidad y pervivencia de estos tipos de proyectos empresariales afectados por el incremento del precio de la energía, de acuerdo con el apartado cuarto de la convocatoria de las ayudas, a los 144 beneficiarios que figuran al Anexo 1 adjunto, por los importes individuales que este Anexo dispone.

2. Autorizar y disponer un gasto global de 339.600,00 €, a favor de los 144 beneficiarios que figuran al Anexo 1 adjunto, con cargo a la partida presupuestaria 12801G/761C01/47000/00/22021 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares vigente, por los importes individuales que este Anexo dispone.

3. Reconocer la obligación y proponer el pago por un gasto global de 339.600,00 €, a favor de los 144 beneficiarios que figuran al Anexo 1 adjunto, con cargo a la partida presupuestaria 12801G/761C01/47000/00/22021 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares vigente, por los importes individuales que este Anexo dispone.

4. Informar a los beneficiarios de las ayudas, que el importe concedido queda condicionado a la realización y cumplimiento de los compromisos y obligaciones establecidos en el apartado noveno de la convocatoria de ayudas:

  • El cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 11 del Texto Refundido de la Ley de subvenciones.
  • El cumplimiento del deber de informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.
  • El desarrollo y mantenimiento la actividad objeto de la subvención y el alta en el I.A.E. y en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, de manera ininterrumpida durante un mínimo de 6 meses desde la concesión de la ayuda.
  • El compromiso de no simultanear la actividad por cuenta propia con jefa otra actividad por cuenta ajena durante un periodo de 6 meses desde la concesión de la subvención.

5. En caso de incumplimiento de alguno de los compromisos u obligaciones la persona interesada tendrá que reintegrar las subvenciones percibidas, de acuerdo con el establecido en el punto doceavo de la convocatoria de las ayudas y de acuerdo con el establecido en los artículos 44 y 45 del Texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares y el resto de normativa aplicable.

6. Comunicar a los beneficiarios que las ayudas que establece esta Resolución están sometidos en el régimen de Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a apoyar la economía después de la agresión contra Ucrania por parte de Rusia aprobado por comunicación de la Comisión de 24 de marzo de 2022 (2022/C 131 Y/01).

7. Publicar la presente propuesta de Resolución y la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a haberse publicado, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a haberse publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (16 de noviembre de 2022)

El director general de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular Manuel Porras Romero

Conforme con la propuesta dicto Resolución,

Palma, en fecha de la firma electrónica (16 de noviembre de 2022)

El director general Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular Manuel Porras Romero (Per delegació, Resolució de 8 de juliol de 2019. BOIB núm. 97/2019)

 

 

​​​​​​​ANEXO 1 Beneficiarios de las ayudas para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que sean titulares de autorización de transporte público de mercancías, residenciadas en las Islas Baleares, para promocionar la ocupación autónoma y favorecer la sostenibilidad y pervivencia de estos tipos de proyectos empresariales afectados por el incremento del precio de la energía .

 

NÚM. EXP.

NIF BENEFICIARIO

IMPORTE DE LA AYUDA

1

SVN_TRANS 548/2022

78213776E

1.200,00 €

2

SVN_TRANS 547/2022

34068528P

2.000,00 €

3

SVN_TRANS 546/2022

13109643B

2.400,00 €

4

SVN_TRANS 545/2022

78193931A

2.000,00 €

5

SVN_TRANS 543/2022

54625075Y

1.000,00 €

6

SVN_TRANS 542/2022

43214451G

2.400,00 €

7

SVN_TRANS 541/2022

09358667J

1.600,00 €

8

SVN_TRANS 540/2022

41739385C

1.200,00 €

9

SVN_TRANS 539/2022

18237709C

1.200,00 €

10

SVN_TRANS 538/2022

18222131J

2.000,00 €

11

SVN_TRANS 536/2022

45188282K

1.000,00 €

12

SVN_TRANS 448/2022

43159779A

1.600,00 €

13

SVN_TRANS 365/2022

41503945P

1.000,00 €

14

SVN_TRANS 364/2022

78197288W

10.000,00 €

15

SVN_TRANS 363/2022

51284459W

2.000,00 €

16

SVN_TRANS 362/2022

49867160D

1.000,00 €

17

SVN_TRANS 361/2022

43075493N

4.000,00 €

18

SVN_TRANS 359/2022

X8755676J

1.200,00 €

19

SVN_TRANS 357/2022

43057961Y

4.600,00 €

20

SVN_TRANS 355/2022

43232758A

1.200,00 €

21

SVN_TRANS 354/2022

46955804Q

1.000,00 €

22

SVN_TRANS 353/2022

54629704N

3.600,00 €

23

SVN_TRANS 351/2022

41516396Q

2.000,00 €

24

SVN_TRANS 350/2022

02212584F

2.000,00 €

25

SVN_TRANS 315/2022

52031283Q

1.200,00 €

26

SVN_TRANS 314/2022

43041810R

2.000,00 €

27

SVN_TRANS 312/2022

X7185979C

1.600,00 €

28

SVN_TRANS 311/2022

05642748C

1.200,00 €

29

SVN_TRANS 310/2022

78198854G

9.600,00 €

30

SVN_TRANS 308/2022

43190761G

1.200,00 €

31

SVN_TRANS 306/2022

78204966K

2.800,00 €

32

SVN_TRANS 305/2022

43079699D

1.200,00 €

33

SVN_TRANS 304/2022

43072212C

2.000,00 €

34

SVN_TRANS 303/2022

41695701J

4.000,00 €

35

SVN_TRANS 302/2022

43031402N

4.000,00 €

36

SVN_TRANS 300/2022

42948943P

5.200,00 €

37

SVN_TRANS 299/2022

43023011Q

1.200,00 €

38

SVN_TRANS 298/2022

43151285L

1.200,00 €

39

SVN_TRANS 297/2022

43079378X

1.200,00 €

40

SVN_TRANS 296/2022

42981040C

1.000,00 €

41

SVN_TRANS 295/2022

78214176P

2.000,00 €

42

SVN_TRANS 294/2022

43022359P

3.000,00 €

43

SVN_TRANS 290/2022

49921637E

1.000,00 €

44

SVN_TRANS 289/2022

78208487T

2.400,00 €

45

SVN_TRANS 288/2022

43126067D

2.000,00 €

46

SVN_TRANS 287/2022

18237927P

1.200,00 €

47

SVN_TRANS 286/2022

41734988Q

2.200,00 €

48

SVN_TRANS 285/2022

X6501501E

1.000,00 €

49

SVN_TRANS 283/2022

52092876S

4.000,00 €

50

SVN_TRANS 282/2022

X4910180W

1.200,00 €

51

SVN_TRANS 281/2022

42968719G

3.600,00 €

52

SVN_TRANS 280/2022

Y7236963G

1.200,00 €

53

SVN_TRANS 279/2022

43158169A

1.000,00 €

54

SVN_TRANS 278/2022

43043683B

1.200,00 €

55

SVN_TRANS 277/2022

43113525W

2.000,00 €

56

SVN_TRANS 276/2022

43135090Q

2.400,00 €

57

SVN_TRANS 275/2022

42993210T

2.000,00 €

58

SVN_TRANS 274/2022

43156529L

1.200,00 €

59

SVN_TRANS 272/2022

Y3943059E

1.200,00 €

60

SVN_TRANS 271/2022

43070664J

1.000,00 €

61

SVN_TRANS 270/2022

43099204X

2.400,00 €

62

SVN_TRANS 269/2022

78320286L

1.200,00 €

63

SVN_TRANS 267/2022

X9335490C

1.200,00 €

64

SVN_TRANS 266/2022

78197797M

6.000,00 €

65

SVN_TRANS 265/2022

43121434E

1.000,00 €

66

SVN_TRANS 263/2022

41369957H

2.000,00 €

67

SVN_TRANS 213/2022

43066855E

4.000,00 €

68

SVN_TRANS 212/2022

43097357A

1.000,00 €

69

SVN_TRANS 211/2022

41448611N

4.000,00 €

70

SVN_TRANS 210/2022

18225890T

1.000,00 €

71

SVN_TRANS 209/2022

X5902969L

1.000,00 €

72

SVN_TRANS 208/2022

43097358G

1.200,00 €

73

SVN_TRANS 207/2022

Y6650689T

1.000,00 €

74

SVN_TRANS 206/2022

43104687L

5.200,00 €

75

SVN_TRANS 205/2022

37341323H

2.000,00 €

76

SVN_TRANS 204/2022

37341247B

2.000,00 €

77

SVN_TRANS 203/2022

41499008Q

2.400,00 €

78

SVN_TRANS 202/2022

43015328S

2.000,00 €

79

SVN_TRANS 201/2022

75396344K

4.000,00 €

80

SVN_TRANS 200/2022

41605292V

1.000,00 €

81

SVN_TRANS 199/2022

43018368L

1.000,00 €

82

SVN_TRANS 198/2022

78192688W

6.800,00 €

83

SVN_TRANS 196/2022

43001416H

2.000,00 €

84

SVN_TRANS 195/2022

X6050941D

3.600,00 €

85

SVN_TRANS 194/2022

42988193C

2.200,00 €

86

SVN_TRANS 193/2022

X7453108G

1.000,00 €

87

SVN_TRANS 192/2022

05112566B

8.000,00 €

88

SVN_TRANS 191/2022

43127902G

1.200,00 €

89

SVN_TRANS 190/2022

36930080S

1.000,00 €

90

SVN_TRANS 189/2022

41446497Z

10.000,00 €

91

SVN_TRANS 188/2022

X9400654W

6.000,00 €

92

SVN_TRANS 187/2022

X1754203Q

1.000,00 €

93

SVN_TRANS 186/2022

43001797P

1.000,00 €

94

SVN_TRANS 185/2022

43137684B

1.000,00 €

95

SVN_TRANS 184/2022

41445348S

4.000,00 €

96

SVN_TRANS 183/2022

49775893Y

1.000,00 €

97

SVN_TRANS 181/2022

75434774H

4.000,00 €

98

SVN_TRANS 180/2022

Y4297911F

1.000,00 €

99

SVN_TRANS 178/2022

41695313Q

1.000,00 €

100

SVN_TRANS 177/2022

43096687T

1.000,00 €

101

SVN_TRANS 175/2022

46958189D

6.000,00 €

102

SVN_TRANS 174/2022

78194405V

1.200,00 €

103

SVN_TRANS 173/2022

78201943B

8.800,00 €

104

SVN_TRANS 171/2022

49609433C

1.000,00 €

105

SVN_TRANS 168/2022

X3715349K

1.200,00 €

106

SVN_TRANS 167/2022

43077755C

1.000,00 €

107

SVN_TRANS 166/2022

78214293X

2.000,00 €

108

SVN_TRANS 165/2022

43098997X

1.600,00 €

109

SVN_TRANS 164/2022

54870035Q

1.000,00 €

110

SVN_TRANS 162/2022

41663663Z

1.200,00 €

111

SVN_TRANS 161/2022

43113333V

1.200,00 €

112

SVN_TRANS 160/2022

74630511L

1.200,00 €

113

SVN_TRANS 159/2022

43097424R

1.200,00 €

114

SVN_TRANS 158/2022

43048899Y

1.600,00 €

115

SVN_TRANS 157/2022

43232931S

1.200,00 €

116

SVN_TRANS 156/2022

42990733F

10.000,00 €

117

SVN_TRANS 155/2022

45699647G

1.000,00 €

118

SVN_TRANS 154/2022

41497641Y

2.400,00 €

119

SVN_TRANS 153/2022

43151422H

2.400,00 €

120

SVN_TRANS 152/2022

46389299R

2.000,00 €

121

SVN_TRANS 151/2022

X8517498T

4.000,00 €

122

SVN_TRANS 150/2022

41510251N

1.000,00 €

123

SVN_TRANS 149/2022

43110761K

2.000,00 €

124

SVN_TRANS 148/2022

18220849L

3.000,00 €

125

SVN_TRANS 147/2022

45698167L

3.600,00 €

126

SVN_TRANS 145/2022

18219832Z

4.000,00 €

127

SVN_TRANS 144/2022

41451784B

2.000,00 €

128

SVN_TRANS 142/2022

X7503081K

2.400,00 €

129

SVN_TRANS 141/2022

54628224G

1.200,00 €

130

SVN_TRANS 140/2022

Y0131289L

4.800,00 €

131

SVN_TRANS 139/2022

41515112C

2.000,00 €

132

SVN_TRANS 138/2022

43042542C

1.000,00 €

133

SVN_TRANS 137/2022

74495709C

6.000,00 €

134

SVN_TRANS 136/2022

X3313082R

1.000,00 €

135

SVN_TRANS 135/2022

43063233B

2.000,00 €

136

SVN_TRANS 134/2022

52811601J

1.000,00 €

137

SVN_TRANS 133/2022

45610898N

2.000,00 €

138

SVN_TRANS 132/2022

43118847B

2.000,00 €

139

SVN_TRANS 130/2022

78208749D

2.000,00 €

140

SVN_TRANS 129/2022

22544255T

4.000,00 €

141

SVN_TRANS 128/2022

43014532R

1.000,00 €

142

SVN_TRANS 127/2022

43011395S

1.200,00 €

143

SVN_TRANS 126/2022

Y0395245G

1.200,00 €

144

SVN_TRANS 125/2022

41454900E

2.000,00 €

TOTAL

339.600,00 €