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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 678931
Resolución del presidente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears de 15 de noviembre de 2022 por la que se modifica la Resolución de 29 de julio de 2022 por la que se convoca la subvención para apoyar proyectos culturales para el año 2022

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Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución del presidente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears de 29 de julio de 2022 se publicó la convocatoria de subvenciones para apoyar proyectos culturales para el año 2022 (BOIB n.º 110, de 20 de agosto).

2. Se tiene que modificar el apartado 12.2 de las bases de la convocatoria de subvenciones mencionada.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en virtud del cual dichas administraciones podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.

Por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y haciendo uso de las facultades que me atribuye el artículo 10.1.i) de los Estatutos del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el apartado 12.2. de la Resolución de 29 de julio de 2022 por la que se convocan las subvenciones para apoyar proyectos culturales, en el sentido siguiente:

Donde dice:

• Pablo Fernández Compañ, profesor asociado e investigador del Programa de Gestión Cultural de la Universidad de Barcelona (con voz y voto).

Debe decir:

• Pol Gil Marimon, director ejecutivo adjunto de la Mostra Igualada (con voz y voto).

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante el presidente del ICIB, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, i el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

També podrá interponerse un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (16 de noviembre de 2022) El presidente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears Miquel Company Pons