Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 669293
Acuerdo de la Consejera Ejecutiva del Consejo Insular de fecha 14 de noviembre de 2022, relativo a la aprobación de la convocatoria de las plazas de la Oferta Pública de Empleo para la estabilización extraordinaria del Consejo Insular de Menorca y de sus organismos dependientes (exp.0605-2022-000025)
En el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, las administraciones tienen por objetivo la estabilización de las plazas estructurales que han sido ocupadas de forma ininterrumpida desde las fechas establecidas por esta normativa. En este sentido, mediante acuerdo del Consejo Ejecutivo, en sesión de carácter ordinario de 23 de mayo de 2022, se aprobó la Oferta Pública de Empleo para la estabilización extraordinaria del personal del Consejo Insular de Menorca, que, de acuerdo con el art. 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se presenta conjuntamente con el personal del Consorcio Sociosanitario de Menorca, el Consorcio de Residuos y Energía, y el Consorcio para la Protección de la Legalidad Urbanística en Suelo Rústico de la Isla de Menorca, publicado en el BOIB nº 67 de fecha 24 de mayo de 2022 y posteriores modificaciones de ésta.
Este mandato legislativo, y con el objetivo de fijar los criterios comunes y facilitar la coordinación de estos procesos, la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares impulsó la creación de la Mesa de Negociación de las administraciones públicas, mediante el Decreto ley 2/2022, de 7 de febrero, por el que se establecen medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público en las Islas Baleares.
El Gobierno de las Islas Baleares, mediante Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en la ocupación de las Islas Baleares, publicado en el BOIB nº 78 de fecha 16 de junio de 2022, aprobó las bases generales con los criterios generales que deben regir los procesos selectivos de estabilización para el ingreso o el acceso como funcionario de carrera o personal laboral fijo de las administraciones insulares y locales de las Islas Baleares.
Simultáneamente se aprobaron las bases específicas que deben regir los procesos selectivos por concurso y concurso oposición de las ofertas públicas de empleo extraordinarias para la estabilización de la Administración local de Menorca y de sus organismos dependientes.
Dada la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Servicios Generales.
El Consejo Ejecutivo, por unanimidad de los siete miembros presentes (señora Mora Humbert, señor Maria Ballester, señora Torrent Bagur, señor Pastrana Huguet, señora Gomila Carretero, señora Morlà Subirats y señora Gómez Estévez) y en votación ordinaria, adopta el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar la convocatoria de las plazas de la Oferta Pública de Empleo para la estabilización extraordinaria del personal del Consejo Insular de Menorca, que, de acuerdo con el artículo 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se presenta conjuntamente con el personal del Consorcio Sociosanitario de Menorca, el Consorcio de Residuos y Energía, y el Consorcio para la Protección de la Legalidad Urbanística en Suelo Rústico de la Isla de Menorca, y que se adjunta como documento anexo, la cual se regirá por las bases generales del Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en la ocupación de las Islas Baleares, y por las bases específicas que se aprueban simultáneamente a esta convocatoria, y en todo lo no previsto por éstas, por lo que determina el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, así como por el resto de normativa que sea de aplicación.
De acuerdo con el punto 5 de las bases específicas, el plazo para entregar la solicitud es de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Si el último día de presentación de instancias cae en sábado o festivo, se prorrogará hasta el día hábil siguiente.
Segundo. El número de plazas que se convocan, el grupo, el cuerpo, la escala, la especialidad y el porcentaje de reserva para personas con discapacidad, así como el sistema selectivo para cada plaza, son los aprobados en la oferta pública.
Tercer. Los requisitos y las condiciones que deban cumplir las personas aspirantes, en particular los de las titulaciones que se requieren para acceder a cada cuerpo, escala o especialidad o categoría y el nivel de exigencia de conocimientos de lengua catalana, vienen determinados por lo que dispone el Catálogo de puestos de trabajo.
Cuarto. El número y contenido de les pruebas, los méritos o niveles de experiencia que se debe valorar, las normas, los criterios para efectuar esta valoración, el sistema de calificaciones y de puntuaciones mínimas para superar cada prueba, los temarios sobre los cuales deben versar las pruebas serán los que determinen las bases generales y/o específicas.
Quinto. Los modelos de instancia, ya sea electrónico ya sea presencial, serán las que se pongan a disposición en el portal del opositor https://oposicions.cime.es
Sexto. Se designarán siete tribunales uno por cada uno de los grupos o subgrupos siguientes: subgrupo A1, subgrupo A2, grupo B, grupo C de administración general, subgrupo C1 de administración especial, subgrupo C2 de administración especial y grupo AP.
Los tribunales estarán formados por un mínimo de tres miembros, un presidente, un secretario y un vocal, y los correspondientes suplentes, que se regirán por la normativa estatal o autonómica que sea aplicable.
Los órganos de selección no pueden proponer el acceso a la condición de funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas.
Séptimo. El proceso se iniciará con la publicación de las convocatorias y previsiblemente finalizará durante el primer semestre de 2023.
Octavo. Publicar este acuerdo en el tablón de anuncios, en la web http://oposicions.cime.es del Consell Insular de Menorca y en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el BOIB. El recurso puede interponerse formalmente ante el Pleno del Consejo Insular, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de éste recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante, en su caso, podrá interponerse cualquier otro recurso que estime oportuno. Todo ello, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Maó, 14 de noviembre de 2022
Por delegación de la presidenta,
El secretario del Consejo Ejecutivo
Octavi Pons Castejón
(Decreto 427/2019, de 11 de julio)
(BOIB nº 97 de 16-7-2019)