Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 665113
Modificación y corrección de error del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 23 de mayo de 2022 relativo a la aprobación de la Oferta Pública para la estabilización extraordinaria del Consejo Insular de Menorca (exp. 0605-2022- 000003)
Se hace pública la corrección de errores aprobada por el Consejo Ejecutivo de día 7 de noviembre de 2022, de la Oferta Pública de Empleo para la estabilización extraordinaria del Consejo Insular de Menorca y del personal del Consorcio Sociosanitario de Menorca, del Consorci de Residuos y Energía y del Consorcio para la Protección de la Legalidad Urbanística en Suelo Rústico de la Isla de Menorca, que fue aprobada el 23 de mayo de 2022 por el Consejo Ejecutivo, y se publica en el BOIB nº 67 de 24 de mayo de 2022.
Visto el informe de fecha 28 de octubre de 2022 de la técnica del Servicio de Gestión de Personas, que en síntesis dice:
«Que se ha detectado un error material en el Anexo de este acuerdo de aprobación de la Oferta Pública para la estabilización extraordinaria del Consejo y entes dependientes, ya constan dos plazas de animador sociocultural del Grupo C1, una que actualmente es de la plantilla del Consejo y otra que consta en la plantilla del Consorcio Sociosanitario de Menorca. Según el catálogo de puestos de trabajo aprobado por el Pleno del Consejo Insular en fecha 17 de octubre de 2016, el animador sociocultural pertenece al Grupo de clasificación B. Conforme a lo establecido en el art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Que el Plan de ordenamiento de los recursos humanos del Consejo Insular de Menorca de 2022, contempla la necesidad de profesionalizar las plazas de auxiliar educador con la titulación de técnico superior de acuerdo con la normativa sectorial aplicable, lo que conlleva un cambio al grupo B de clasificación de acuerdo con el arte. 76 del TREBEP. Pero esta profesionalización afecta a las plazas de auxiliar educador a estabilizar que de acuerdo con la ficha de catálogo de 2017 el requerimiento de titulación es de formación profesional de grado medio en el ámbito social o titulación equivalente a la que se debe añadir también la titulación de bachiller. Por tanto, debe corregirse el error material de las plazas de auxiliar educador del Grupo B que deberán ser del Grupo C1, según lo establecido en el art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
La segunda plaza de animador sociocultural convocada pertenece a la actual plantilla del Consorcio Sociosanitario de Menorca, en cuyo catálogo, el puesto de animador sociocultural está catalogado como del subgrupo C1, a pesar de establecer para el acceso la titulación de Técnico superior de animación sociocultural. Dado que los técnicos superiores, en aplicación del artículo 76 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público (TREBEP ), pertenecen al grupo profesional B, es necesario modificar en la oferta pública la pertenencia del animador sociocultural al grupo B. Esta aprobación debe concluir con la modificación de la adscripción del puesto de animador sociocultural del Catálogo de puestos de trabajo del Consorcio Sociosanitario.
Que debe modificarse la plaza de delineante y auxiliar de inspección de territorio que constan con el grupo de clasificación C1, dado que en tanto que profesión regulada, la titulación para el acceso debe ser la de Técnico Superior en Proyectos de Edificación u otros técnicos superiores del mismo ámbito de edificación y obra civil, tal y como establecen los colegios profesionales de delineación. Dado que los técnicos superiores, en aplicación del artículo 76 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público (TREBEP), pertenecen al grupo profesional B, es necesario modificar en la oferta pública Las plazas de delineado y auxiliar de inspección de territorio.
De lo contrario en el cuerpo de la motivación del acuerdo del Consejo Ejecutivo de 23 de mayo de 2022, expone que el objetivo de este proceso de estabilización de las plazas estructurales que viene impulsada por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOE núm. 312 de 29/12/2021) debe realizarse, por norma general, en las mismas condiciones que han estado ocupadas durante este tiempo, pero con la excepción de aquellas plazas en las que el perfil profesional concreto obligue al reconocimiento de un grupo o subgrupo determinado.
Por este motivo, se propone incorporar las nuevas titulaciones y consiguientemente un cambio de grupo profesional pasando del grupo C1 al grupo B en las plazas de delineante y auxiliar de inspección de territorio de acuerdo con lo establecido en el art. 76 del TREBEP.
Este cambio de grupo profesional comportará una modificación de la relación de puestos de trabajo del Consejo Insular de Menorca y del Consorcio de Residuos y Energía, que según lo establecido en la disposición transitoria segunda del Decreto 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears, se tendrán que modificar las relaciones de puestos de trabajo, si procede, antes de finalizar los procesos de estabilización y antes de asignar los puestos afectados por las plazas convocadas a las personas que los superen.
Por todo ello, INFORMO:
PRIMERO. Habría que modificar el acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 23 de mayo de 2022, relativo a la aprobación de la oferta Pública para la estabilización extraordinaria del personal del Consejo Insular de Menorca, que se presenta conjuntamente con el personal del Consorcio Sociosanitario de Menorca, el Consorcio de Residuos y Energía y el Consorcio para la Protección de la Legalidad Urbanística en Suelo Rústico de la Isla de Menorca, en el sentido que seguidamente se dirá.
Esta modificación de la relación de puestos de trabajo queda condicionada a la aprobación por el Pleno del Consejo Insular de Menorca y por el órgano competente del Consorcio de Residuos y Energía, previamente a la convocatoria de las plazas afectadas, según lo establecido en el punto tercero del acuerdo antes mencionado, y que ahora se modifica en el siguiente sentido:
En el ANEXO del acuerdo:
Donde dice:
|
ESTABILIZACIÓN |
|
|
|
|
|||
PLAZA |
Concurso |
Concurso oposición |
TOTAL |
GRUPO |
VÍNCULO |
ESCALA |
||
|
|
PD |
|
PD |
|
|
|
|
Auxiliar de inspección de territorio |
1 |
0 |
0 |
0 |
1 |
C1 |
F |
AESE |
Delineante |
1 |
0 |
0 |
0 |
1 |
C1 |
F |
AESE |
Debe decir
|
ESTABILIZACIÓN |
|
|
|
|
|||
PLAZA |
Concurso |
Concurso oposición |
TOTAL |
GRUPO |
VÍNCULO |
ESCALA |
||
|
|
PD |
|
PD |
|
|
|
|
Auxiliar de inspección de territorio |
1 |
0 |
0 |
0 |
1 |
B |
F |
AESE |
Delineante |
1 |
0 |
0 |
0 |
1 |
B |
F |
AESE |
SEGUNDO. Corregir el error material respecto a una plaza de animador sociocultural del Consejo Insular de Menorca y modificar la plaza de animador sociocultural del Consorcio Sociosanitario de Menorca en el Anexo del acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 23 de mayo de 2022, relativo a la aprobación de la oferta pública para la estabilización extraordinaria del personal del Consejo Insular de Menorca, que se presenta conjuntamente con el personal del Consorcio Sociosanitario de Menorca, el Consorcio de Residuos y Energía y el Consorcio para la Protección de la Legalidad Urbanística en Suelo Rústico de la Isla de Menorca, en el siguiente sentido:
En el ANEXO del acuerdo:
Donde dice:
|
ESTABILIZACIÓN |
|
|
|
|
|||
PLAZA |
Concurso |
Concurso oposición |
TOTAL |
GRUPO |
VÍNCULO |
ESCALA |
||
|
|
PD |
|
PD |
|
|
|
|
Animador sociocultural |
2 |
0 |
0 |
0 |
2 |
C1 |
F |
AET |
Debe decir
|
ESTABILIZACIÓN |
|
|
|
|
|||
PLAZA |
Concurso |
Concurso oposición |
TOTAL |
GRUPO |
VÍNCULO |
ESCALA |
||
|
|
PD |
|
PD |
|
|
|
|
Animador sociocultural |
2 |
0 |
0 |
0 |
2 |
B |
F |
AET |
La modificación en relación con la plaza del animador sociocultural de la relación de puestos de trabajo del Consorcio Sociosanitario de Menorca queda condicionada a la aprobación por el órgano competente, previamente a la convocatoria de las plazas afectadas, según lo establecido en párrafo cuarto de este informe.
TERCERO. Corregir el error material respecto a las plazas de auxiliar educador del Consejo Insular de Menorca en el Anexo del acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 23 de mayo de 2022, relativo a la aprobación de la oferta pública para el estabilización extraordinaria del personal del Consejo Insular de Menorca, que se presenta conjuntamente con el personal del Consorcio Sociosanitario de Menorca, el Consorcio de Residuos y Energía y el Consorcio para la Protección de la Legalidad Urbanística en Suelo Rústico de la Isla de Menorca, en el sentido siguiente:
En el ANEXO del acuerdo:
Donde dice:
|
ESTABILIZACIÓN |
|
|
|
|
|||
PLAZA |
Concurso |
Concurso oposición |
TOTAL |
GRUPO |
VÍNCULO |
ESCALA |
||
|
|
PD |
|
PD |
|
|
|
|
Auxiliar educador |
5 |
0 |
0 |
0 |
5 |
B |
F |
AET |
Debe decir
|
ESTABILITZACIÓ |
|
|
|
|
|||
PLAZA |
Concurso |
Concurso oposición |
TOTAL |
GRUPO |
VÍNCULO |
ESCALA |
||
|
|
PD |
|
PD |
|
|
|
|
Auxiliar educador |
5 |
0 |
0 |
0 |
5 |
C1 |
F |
AET |
La Mesa General de Negociación del Consejo Insular de Menorca, en fecha 25 de octubre de 2022, acordó aprobar la modificación y corrección de error del acuerdo del Consejo Ejecutivo de 23 de mayo de 2022 relativo a la aprobación del Oferta Pública para estabilización extraordinaria del Consejo Insular de Menorca.
Dada la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Servicios Generales.
El Consejo Ejecutivo, por unanimidad de los seis miembros presentes (señor Maria Ballester, señora Torrent Bagur, señor Pastrana Huguet, señora Gomila Carretero, señora Morlà Subirats y señora Gómez Estévez) y en votación ordinaria, adopta los siguientes acuerdos:
Primero. Modificar el acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 23 de mayo de 2022 relativo a la aprobación de la Oferta Pública para la estabilización extraordinaria del personal del Consejo Insular de Menorca, que se presenta conjuntamente con el personal del Consorcio Sociosanitario de Menorca, el Consorcio de Residuos y Energía y el Consorcio para la Protección de la Legalidad Urbanística en Suelo Rústico de la Isla de Menorca, en el sentido que seguidamente se dirá.
Esta modificación de la relación de puestos de trabajo queda condicionada a la aprobación por el Pleno del Consejo Insular de Menorca y por el órgano competente del Consorcio de Residuos y Energía, previamente a la convocatoria de las plazas afectadas, según lo establecido en el punto tercero del acuerdo antes mencionado, y que ahora se modifica en el siguiente sentido:
En el ANEXO del acuerdo:
Donde dice:
|
ESTABILIZACIÓN |
|
|
|
|
|||
PLAZA |
Concurso |
Concurso oposición |
TOTAL |
GRUPO |
VÍNCULO |
ESCALA |
||
|
|
PD |
|
PD |
|
|
|
|
Auxiliar de inspección de territorio |
1 |
0 |
0 |
0 |
1 |
C1 |
F |
AESE |
Delineante |
1 |
0 |
0 |
0 |
1 |
C1 |
F |
AESE |
Debe decir
|
ESTABILITZACIÓ |
|
|
|
|
|||
PLAZA |
Concurso |
Concurso oposición |
TOTAL |
GRUPO |
VÍNCULO |
ESCALA |
||
|
|
PD |
|
PD |
|
|
|
|
Auxiliar de inspección de territorio |
1 |
0 |
0 |
0 |
1 |
B |
F |
AESE |
Delineante |
1 |
0 |
0 |
0 |
1 |
B |
F |
AESE |
Segundo. Corregir el error material respecto a una plaza de animador sociocultural del Consejo Insular de Menorca y modificar la plaza de animador sociocultural del Consorcio Sociosanitario de Menorca en el anexo del acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 23 de mayo de 2022 relativo a la aprobación de la Oferta Pública para la estabilización extraordinaria del personal del Consejo Insular de Menorca, que se presenta conjuntamente con el personal del Consorcio Sociosanitario de Menorca, el Consorcio de Residuos y Energía y el Consorcio para la Protección de la Legalidad Urbanística en Suelo Rústico de la Isla de Menorca, en el siguiente sentido:
En el ANEXO del acuerdo:
Donde dice:
|
ESTABILIZACIÓN |
|
|
|
|
|||
PLAZA |
Concurso |
Concurso oposición |
TOTAL |
GRUPO |
VÍNCULO |
ESCALA |
||
|
|
PD |
|
PD |
|
|
|
|
Animador sociocultural |
2 |
0 |
0 |
0 |
2 |
C1 |
F |
AET |
Debe decir
|
ESTABILIZACIÓ |
|
|
|
|
|||
PLAZA |
Concurso |
Concurso oposición |
TOTAL |
GRUPO |
VÍNCULO |
ESCALA |
||
|
|
PD |
|
PD |
|
|
|
|
Animador sociocultural |
2 |
0 |
0 |
0 |
2 |
B |
F |
AET |
La modificación en relación con la plaza del animador sociocultural de la relación de puestos de trabajo del Consorcio Sociosanitario de Menorca queda condicionada a la aprobación por el órgano competente, previamente a la convocatoria de las plazas afectadas, según lo establecido en el párrafo cuarto del informe antes transcrito.
Tercero. Corregir el error material respecto a las plazas de auxiliar educador del Consejo Insular de Menorca en el anexo del acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 23 de mayo de 2022 relativo a la aprobación de la Oferta Pública para la estabilización extraordinaria del personal del Consejo Insular de Menorca, que se presenta conjuntamente con el personal del Consorcio Sociosanitario de Menorca, el Consorcio de Residuos y Energía y el Consorcio para la Protección de la Legalidad Urbanística en Suelo Rústico de la Isla de Menorca, en el siguiente sentido:
En el ANEXO del acuerdo:
Donde dice:
|
ESTABILIZACIÓN |
|
|
|
|
|||
PLAZA |
Concurso |
Concurso oposición |
TOTAL |
GRUPO |
VÍNCULO |
ESCALA |
||
|
|
PD |
|
PD |
|
|
|
|
Auxiliar educador |
5 |
0 |
0 |
0 |
5 |
B |
F |
AET |
Debe decir
|
ESTABILIZACIÓN |
|
|
|
|
|||
PLAZA |
Concurso |
Concurso oposición |
TOTAL |
GRUPO |
VÍNCULO |
ESCALA |
||
|
|
PD |
|
PD |
|
|
|
|
Auxiliar educador |
5 |
0 |
0 |
0 |
5 |
C1 |
F |
AET |
Cuarto. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islles Balears (BOIB) para general conocimiento.
Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el BOIB. El recurso puede interponerse formalmente ante el Pleno del Consell Insular, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de éste recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante, en su caso, podrá interponerse cualquier otro recurso que estime oportuno. Todo ello, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Maó, 11 de noviembre de 2022
Por delegación de la presidenta,
El secretario del Consejo Ejecutivo
Octavi Pons Castejón
(Decreto 427/2019, de 11 de julio)
(BOIB nº 97 de 16-7-2019)