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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

Núm. 663827
Extracto de la aprobación de las convocatoria de subvenciones a deportistas individuales del municipio de Sa Pobla para el año 2022

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 657883

En conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo el cual puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones.

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)

Primero. Finalidad:

El objeto de estas bases es promover y facilitar el acceso al deporte y su práctica colectiva por los deportistas del municipio de sa Pobla.

Segundo. Beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas los deportistas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar empadronado en el municipio de sa Pobla.

b) Los deportistas que habiendo competido en el año 2022 representando a una comunidad autónoma, sea ésta la comunidad autónoma de las Illes Balears

c) Los deportistas que habiendo competido en el año 2022 con licencia federativa autonómica, sea ésta de la federación autonómica de las Illes Balears. No será necesario cumplir este requisito en caso de que no haya federación autonómica balear de la modalidad deportiva practicada por el deportista o en caso de que el deportista tenga licencia nacional.

d) No tener vigente ninguna sanción firme grave o muy grave en materia deportiva, ninguna sanción firme por dopaje, ni ninguna sanción penal firme por delitos relacionados con el dopaje. En caso de que los expedientes sancionadores o los procedimientos judiciales estén todavía en tramitación o la resolución sancionadora o sentencia condenatoria no sea firme, el deportista puede presentar la solicitud de ayuda, pero la concesión, si procede, queda suspendida hasta que estos procedimientos se resuelvan definitivamente.

e) Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

Tercero. Bases reguladoras:

https://sapobla.eadministracio.cat/transparency/c02e940d-7cde-4ee9-83bd-1064fcd3f2b3/#

Cuarto. Importe:

Durante el ejercicio presupuestario 2022, se destina la cantidad de 9.000 euros a las subvenciones objeto de esta convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 01 3410 48905 01

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo para presentar las solicitudes es de quince (15) días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOIB. Si el último día de este plazo fuese sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente. No puede presentarse ningún modelo de solicitud de subvención fuera del plazo establecido.

Si la solicitud no reúne los datos de identificación, tanto de la subvención solicitada como de la entidad solicitante, o algunos de los requisitos previstos en el artículo 66.1 de la Ley 39/15, de 1 d octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, se requerirá a la entidad solicitante de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la citada ley para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que, de no hacerlo así, se tendrá por desistida la petición, previa resolución expresa.

 

(Firmado electrónicamente: 10 de noviembre de 2022)

El alcalde Llorenç Gelabert Crespí.