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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 658084
Resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Bienestar Social, núm. 1143/2022, de 4 de noviembre, relativa a la concesión de ayudas para entidades privadas sin ánimo de lucro para financiar programas de atención social llevados a cabo durante el año 2022 (exp. 1820-2022-000001)

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Texto

Antecedentes

1. El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca (en adelante CIM) en sesión ordinaria de día 1 de agosto del 2022, aprobó la convocatoria para la concesión de subvenciones del CIM a las entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de atención a personas en el ámbito social realizados durante el año 2022, por un importe máximo de 500.000 euros (BOIB núm. 105 de 9 de agosto del 2022).

2. El plazo para la presentación de solicitudes terminaba el 9 de septiembre del 2022 y se han presentado las 14 solicitudes siguientes:

 

ENTIDAD

CIF

REGISTRO ENTRADA

1

FUNDACIÓ TUTELAR DEMÀ

G57676124

GE/20326/2022

2

AFAM

G07335581

GE/20509/2022

3

ASPANOB

G07608771

GE/21035/2022

4

IGLESIA EVANGELICA

R2800564C

GE/22330/2022

5

ASAMDIB

G57738866

GE/22315/2022

6

MEDICOS DEL MUNDO

G79408852

GE/22549/2022

7

SMAP (CELIACS)

G08841751

GE/22566/2022

8

CARITAS

R0700070F

GE/22567/2022

9

AECC

G28197564

GE/22796/2022

10

SONRISA MEDICA

V07664188

GE/22840/2022

11

PROJECTE HOME

G07488059

GE/22847/2022

12

ABFQ FIBROSI QUÍSTICA

G07563075

GE/22852/2022

13

FUNDACIO PERE TARRES

R5800395E

GE/22862/2022

14

SINE DOLORE

G57325748

GE/22932/2022

3. La base 8 dice que la instrucción corresponde a los técnicos que se indiquen en la convocatoria, que deben realizar de oficio todas las actuaciones necesarias para la determinación, el conocimiento y la comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución sobre la concesión de las ayudas.

4. Las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido en la convocatoria se han sometido al examen de la instructora del expediente y se han notificado las deficiencias existentes a los afectados.

5. De las solicitudes presentadas en plazo, 13 cumplen todos los requisitos establecidos en las bases y 1 ha desistido de su petición, además de no cumplir con las condiciones de la actividad subvencionada.

6. Día 19 de octubre del 2022 se reunió la comisión evaluadora de estas ayudas y después de examinar la propuesta de resolución de la instructora, que iba acompañada del expediente correspondiente, emitió informe sobre la propuesta de resolución para la distribución de los fondos.

7. El presupuesto del CIM para el año 2022 cuenta con un crédito por un importe total de 500.000 € para apoyar la convocatoria de la concesión de subvenciones del CIM a las entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de atención a personas en el ámbito social realizados durante el año 2022.

8. La convocatoria determina que el crédito se repartirá en base a los criterios objetivos que aparecen en las bases para valorar la concesión. En caso de que, el total de las solicitudes propuestas para otorgarles subvención que hayan obtenido las puntuaciones mínimas indicadas superen el importe global de la convocatoria, las ayudas se reducirán proporcionalmente a la puntuación obtenida y atendiendo al importe de la convocatoria.

9. La base 11 dice que las entidades beneficiarías quedan obligadas a justificar la aplicación de los fondos hasta la fecha establecida en la convocatoria correspondiente.

10. Dado que se detectó un error material en la fecha de justificación de la actividad subvencionable que figura en la convocatoria aprobada por el Consejo Ejecutivo, en sesión ordinaria, de día 1 de agosto del 2022, por acuerdo del Consejo Ejecutivo celebrado el día 31 de octubre del 2022 se modificó la fecha de justificación de la actividad subvencionable ampliando el plazo hasta el 1 de febrero del 2023.

11. Vista la fiscalización favorable, en fecha 2 de noviembre de 2022, del interventor Guillem Simón Bordoy.

De acuerdo con el artículo 33, punto 2.k de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, corresponde los consejeros ejecutivos de sus departamentos, «Resolver las convocatorias de ayudas y subvenciones».

 

RESUELVO

PRIMERO. Dar por desistida la solicitud de Sine Dolore por las deficiencias expuestas en el requerimiento del CIM, por la falta de encaje entre el objeto de la convocatoria del proyecto presentado y, en caso de haber encajado en el objeto de la convocatoria, por no obtener la puntuación mínima (5%) en cada uno de los campos que se establece en el apartado I sobre calidad y coherencia del proyecto o la actividad, tal y como se determina en el apartado c) del punto 9 de las bases de la convocatoria.

SEGUNDO. Aprobar la puntuación obtenida en la preevaluación, la forma de predeterminación del importe de la subvención prevista en la base tercera, los límites previstos en las bases segunda y novena y las solicitudes concretas de los solicitantes, de acuerdo a la siguiente distribución:

Orden

Entidad

Cantidad solicitada

Puntos proyecto

1er reparto

2º reparto

3er reparto

Total

1

FUNDACIÓ TUTELAR DEMÀ

45.700,00 €

52,25%

37.442,51 €

8.257,49 €

0,00 €

45.700,00 €

2

AFAM

12.000,00 €

35,67%

12.000,00 €

0,00 €

0,00 €

12.000,00 €

3

ASPANOB

80.000,00 €

73,98%

53.014,05 €

12.899,23 €

967,05 €

66.880,33 €

4

IGLESIA EVANGELICA

52.000,00 €

55,74%

39.943,21 €

9.718,16 €

728,62 €

50.390,00 €

5

ASAMDIB

80.000,00 €

63,00%

45.145,51 €

10.984,49 €

823,52 €

56.953,53 €

6

MEDICOS DEL MUNDO

46.312,30 €

55,50%

39.771,47 €

6.540,83 €

0,00 €

46.312,30 €

7

SMAP (CELIACS)

2.192,00 €

54,76%

2.192,00 €

0,00 €

0,00 €

2.192,00 €

8

CARITAS

80.000,00 €

71,25%

51.057,01 €

12.423,22 €

931,36 €

64.411,59 €

9

AECC

80.000,00 €

68,50%

49.087,06 €

11.943,73 €

895,41 €

61.926,20 €

10

SONRISA MEDICA

24.375,41 €

54,56%

24.375,41 €

0,00 €

0,00 €

24.375,41 €

11

PROJECTE HOME

31.650,00 €

64,50%

30.000,00 €

0,00 €

0,00 €

30.000,00 €

12

ABFQ FIBROSI QUÍSTICA

9.632,38 €

70,33%

9.632,38 €

0,00 €

0,00 €

9.632,38 €

13

FUNDACIO PERE TARRES

29.226,26 €

33,20%

23.791,22 €

5.435,04 €

0,00 €

29.226,26 €

TOTAL

500.000,00 €

TERCERO. Comunicar a los interesados la modificación aprobada, por el Consejo Ejecutivo, en sesión ordinaria del dia 31 de Octubre del 2022, del punto 4 de la convocatoria donde se amplia el plazo de presentación de justificación hasta el 1 de febrero del 2023.

CUARTO. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Contra este acuerdo, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo en el plazo de un mes a partir del día siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

Maó, 8 de noviembre de 2022

La consejera ejecutiva del Departamento de Bienestar Social (DP. 422/2019, de 9 de julio) (BOIB núm. 93 Ext. de 10.7.2019) Bàrbara Torrent Bagur