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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 657777
Resolución de la presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales,por la que se modifica el Reglamento interno de 28 de mayo de 2010,(Texto refundido, BOIB núm. 56 de 24 de abril de 2014)por el que se atribuyen funciones a los puestos de trabajo adscritos al IMAS

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Texto

Antecedentes de hechos

I. .Las órdenes de funciones son el instrumento técnico de ordenación mediante el cual la Administración asigna las funciones a los puestos de trabajo.

En fecha 28 de mayo de 2010, la presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (en adelante IMAS),aprobó el Reglamento interno por el cual se atribuyen funciones a los puestos de trabajo adscritos al IMAS (en adelante, Reglamento interno de funciones), que se publicó en el BOIB núm. 82 Ext. de 2 de junio de 2010.

La presidencia del IMAS modificó en dos ocasiones el citado Reglamento, los días 19 de mayo de 2011 y el 24 de marzo de 2014, publicados en el BOIB núm. 99 de 30 de junio de 2011 y núm. 56, de 24 de abril de 2014, respectivamente.

Vista la modificación de la relación de puestos de trabajo del IMAS, la presidencia del IMAS volvió a modificar el Reglamento interno de funciones de forma puntual los días 6 de septiembre de 2017, 4 de diciembre de 2017, 22 de noviembre de 2018, esta última publicada en BOIB nº. 12, de 26 de enero de 2019.

Posteriormente, el Reglamento interno volvió a modificarse en fecha 12 de febrero de 2019 (BOIB núm. 23, de 21 de febrero), 7 de marzo de 2019 (BOIB núm. 36, de 19 de marzo), 18 de diciembre de 2019 (BOIB núm.8, de 18 de enero de 2020), 3 de agosto de 2020 (BOIB núm. 151, de 1 de septiembre) y 15 de julio de 2021 (BOIB núm. 98 de 22 de julio de 2021).

II. En virtud dela modificación de la relación de puestos de trabajo(en adelante RLT del IMAS mediante el expediente núm. 1/2022 (BOIB núm. 82, de 25 de junio)y la propuesta de la dirección insular de Atención socio sanitaria sobre las funciones genéricas y específicas de determinados puestos de trabajo, se hace necesaria la modificación del vigente reglamento interno de funciones del IMAS.

III. La propuesta de resolución de la dirección insular de Atención socio sanitaria a la presidencia del IMAS de modificación del Reglamento interno de funciones de los puestos de trabajo del IMAS y sus anexos I y II, de acuerdo con el procedimiento de elaboración establecido en la Instrucción 1/2010 de la presidencia del IMAS, que regula el establecimiento de los criterios para la elaboración de las propuestas de atribución de funciones a los puestos de trabajo adscritos a las distintas áreas del IMAS (en adelante, Instrucción 1/2010).

IV. La secretaría en funciones de la Mesa Sectorial de Negociación del IMAS, certifica el día 27 de octubre de 2022, que en la sesión de la Mesa Sectorial de Negociación del IMAS celebrada el 12 de abril de 2022, se negociaron y aprobaron las funciones genéricas y específicas con las siguientes modificaciones:

Fundamentos de derecho

1. El artículo 189.3 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares dispone que el personal al servicio de las entidades locales de las Islas Baleares depende, orgánicamente, del presidente o la presidenta de la corporación, que ejerce el mando del mismo y, funcionalmente, del o de la responsable últimos de la unidad administrativa en la que se integra el puesto de trabajo que ocupa.

2. El artículo 34 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que las órdenes de funciones son el instrumento técnico de ordenación mediante el cual la administración asigna las funciones a los puestos de trabajo. Asimismo, en su apartado 2, establece que las órdenes de funciones son una manifestación de la potestad de organización y dirección de la Administración, se dictan y modifican según las necesidades del servicio y de acuerdo al procedimiento establecido. El apartado tercero del mismo artículo continua citando que las órdenes de funciones se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

3. El Reglamento interno de funciones aprobado por la presidencia del IMAS en fecha 28 de mayo de 2010 publicado en el BOIB núm. 82 Ext. de 2 de junio de 2010, posteriormente modificado mediante dos resoluciones de la presidencia del IMAS de los días 19 de mayo de 2011 y 24 de marzo de 2014 publicados en el BOIB núm. 99 de 30 de junio de 2011 y en el BOIB núm. 56, de 24 de abril de 2014, respectivamente.

Posteriormente, la presidencia del IMAS lo volvió a modificar puntualmente los días 6 de septiembre de 2017, 4 de diciembre de 2017, 22 de noviembre de 2018 (BOIB núm. 12, de 26 de enero de 2019), 12 de febrero de 2019 (BOIB núm. 23 de 21 de febrero), 7 de marzo de 2019 (BOIB núm. 36 de 19 de marzo), 18 de diciembre de 2019 (BOIB núm.8, de 18 de enero de 2020), 3 d agosto de 2020 (BOIB núm. 151 de 1 de septiembre) y 15 de julio de 2021 (BOIB núm. 98 de 22 de julio)

4. La modificación de RLT del IMAS que afecta a esta modificación del Reglamento interno de funciones es la aprobada mediante Acuerdo de Pleno de día 12 de mayo de 2022 relativo al expediente núm.1/2022 publicado en el BOIB núm.82, de25 de junio de 2022.

5. El artículo 1.4 de la Instrucción 1/2010 dispone que al amparo de la potestad de autoorganización, la presidenta del IMAS determina discrecionalmente las funciones que corresponden a los puestos de trabajo integrados en su estructura orgánica, respetando el contenido esencial de las funciones de la subescala, clase y especialidad y los criterios establecidos a la mencionada instrucción.

6. El artículo 9.4 de la Instrucción 1/2010 determina que una vez firmes las propuestas se entregarán a los representantes sindicales en el seno de la Mesa Sectorial de Negociación del IMAS. Respecto a la aprobación y publicación, el presidente a propuesta de la directora gerente, aprobará el Reglamento de atribución de funciones en los puestos de trabajo del IMAS. Finalmente, en el punto 5, establece que este Reglamento debe publicarse en el BOIB.

7. El artículo 16.6 de los Estatutos del IMAS (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), establece que la Presidencia determina las funciones de los puestos de trabajo adscritos al Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, las cuales se deben publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Resolución

Primero.-MODIFICAR el Reglamento interno de funciones del IMAS, de 28 de mayo de 2010, por el que se atribuyen funciones a los puestos de trabajo adscritos al IMAS, en el sentido que consta en los anexos I y II, los cuales se adjuntan a esta Resolución.

Segundo.- ORDENAR la publicación de esta modificación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares que entrará en vigora partir del día siguiente de su publicación y publicación del texto consolidado del Reglamento interno de funciones del IMAS en la Sede Electrónica del Consejo Insular de Mallorca.

Interposición de recursos

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella puede interponerse, de acuerdo con el artículo 28 de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales aprobados por el Pleno del Consell de Mallorca de fecha 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución .

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación de dicho recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, podrá ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Palma, en fecha de la firma electrónica (4 de noviembre de 2022

La consellera executiva de Drets Socials i presidenta de l´IMAS Sofia Alonso Bigler)

Palma, en fecha de la firma electrónica:(7 de noviembre de 2022

La secretaria delegada de Institut Mallorquí d´Afers Maria Elena Tur Figueruelo)

 

ANEXO I Asignación y modificación de las funciones genéricas de determinados puestos de trabajo de la relación de puestos de trabajo del IMAS por el que se modifica el Reglamento interno de funciones del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales

ORGANISMO:IMAS/VICEPRESIDENCIA 1/ÁREA DE ATENCIÓN SOCIO SANITARIA

CENTRO DIRECTIVO: SERVICIOS ESPECIALIZADOS I

 

UNIDAD ADMINISTRATIVA:RESIDENCIA BONANOVA

CÓDIGO: F00700A3C

DENOMINACIÓN: EDUCADOR/A SOCIAL

DESIGNACIÓN FUNCIONES GENÉRICAS:

FUNCIÓN A) Diseñar, organizar, gestionar y evaluar los proyectos y programas socio educativos para los usuarios en los ámbitos de animación y gestión cultural así como de integración social.

FUNCIÓN B) Coordinarse con otros servicios dentro de la propia organización como externos, por la ejecución de programas socio educativos en el marco de la integración social y la animación y gestión cultural.

FUNCIÓN C) Cualquier otra que le pueda ser encomendada en relación con las anteriores.

 

UNIDAD ADMINISTRATIVA: HOGAR DE LOS ANCIANOS

CÓDIGO: F00700103

DENOMINACIÓN: EDUCADOR/A SOCIAL

DONDE DICE:

FUNCIONES GENÉRICAS:

a) Dar soporte, información y asesoramiento a las personas usuarias ya sus familiares.

b) Observar y detectar las necesidades y características del entorno de los grupos y personas usuarias.

c) Dinamizar y realizar actividades de animación grupales.

d) Cualquier otra que le pueda ser encomendada en relación con las anteriores.

 

DEBE DECIR:

FUNCIONES GENÉRICAS:

FUNCIÓN A) Diseñar, organizar, gestionar y evaluar los proyectos y programas socio educativos para los usuarios en los ámbitos de animación y gestión cultural así como de integración social.

FUNCIÓN B) Coordinarse con otros servicios dentro de la propia organización como externos, por la ejecución de programas socio educativos en el marco de la integración social y la animación y gestión cultural.

FUNCIÓN C) Cualquier otra que le pueda ser encomendada en relación con las anteriores.

 

UNIDAD ADMINISTRATIVA:HOGAR DE LOS ANCIANOS

CÓDIGO: F00700006

DENOMINACIÓN:EDUCADOR/A SOCIAL

 

DONDE DICE:

FUNCIONES GENÉRICAS:

a) Aportar a los trabajos de la sección la visión y técnicas propias de su especialidad profesional.

b) Representar al IMAS en las comisiones técnicas sectoriales relacionadas con la prevención comunitaria en el territorio que tenga asignado.

c) Colaborar en la programación, seguimiento y evaluación de las actividades propias de la sección.

d) Participar en los estudios de necesidades y diagnóstico social en el territorio que tenga asignado.

e) Colaborar con los servicios sociales, educativos, sanitarios, culturales, de seguridad, etc. del territorio asignado para promover, coordinar, ejecutar y/o realizar el seguimiento de los planes y programas locales de prevención.

f) Colaborar con el/la jefe/a de la sección en las tareas encomendadas: estudios, informes, estadísticas, memoria, etc.

g) Cualquier otra que le pueda ser encomendada en relación con las anteriores.

 

DEBE DECIR:

FUNCIONES GENÉRICAS:

FUNCIÓN A) Diseñar, organizar, gestionar y evaluar los proyectos y programas socio educativos para los usuarios en los ámbitos de animación y gestión cultural así como de integración social.

FUNCIÓN B) Coordinarse con otros servicios dentro de la propia organización como externos, por la ejecución de programas socio educativos en el marco de la integración social y la animación y gestión cultural.

FUNCIÓN C) Cualquier otra que le pueda ser encomendada en relación con las anteriores.

 

 

ANEXO II Asignación de las funciones específicas de determinados puestos de trabajo de la relación de puestos de trabajo del MAS por el que se modifica Reglamento interno de funciones del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales

ORGANISMO:IMAS/VICEPRESIDENCIA 1/ÁREA DE ATENCIÓN SOCIO SANITARIA

CENTRO DIRECTIVO: SERVICIOS ESPECIALIZADOS I

 

UNIDAD ADMINISTRATIVA:RESIDENCIA BONANOVA

CÓDIGO: F00700A3C

DENOMINACIÓN: EDUCADOR/A SOCIAL

 

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

*MÁXIMO DE 8 FUNCIONES ESPECÍFICAS

FUNCIÓN A) Dinamizar y realizar actividades de animación grupales con las personas residentes.

FUNCIÓN B) Participar en el plan de atención individual de la persona residente desde el ámbito socio educativo mediante la utilización de aplicaciones informáticas

FUNCIÓN C) Colaborar con el Equipo Interdisciplinario del centro de trabajo en la realización de valoraciones y planes de atención individuales de las personas usuarias mediante la utilización de aplicaciones informáticas.

DEPENDENCIA JERÁRQUICA SUPERIOR DEL PUESTO DE TRABAJO

CÓDIGO: F00730010

DENOMINACIÓN: DIRECTOR/A RESIDENCIA BONANOVA

UNIDAD ADMINISTRATIVA:HOGAR DE LOS ANCIANOS

CÓDIGO: F00700103

DENOMINACIÓN: EDUCADOR/A SOCIAL

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

*MÁXIMO DE 8 FUNCIONES ESPECÍFICAS FUNCIONES

FUNCIÓN A) Dinamizar y realizar actividades de animación grupales con las personas residentes.

FUNCIÓN B) Participar en el plan de atención individual de la persona residente desde el ámbito socio educativo mediante la utilización de aplicaciones informáticas

FUNCIÓN C) Colaborar con el Equipo Interdisciplinario del centro de trabajo en la realización de valoraciones y planes de atención individuales de las personas usuarias mediante la utilización de aplicaciones informáticas.

 

DEPENDENCIA JERÁRQUICA SUPERIOR DEL PUESTO DE TRABAJO

CÓDIGO: F00730001

DENOMINACIÓN: DIRECTOR/A

 

UNIDAD ADMINISTRATIVA:HOGAR DE LOS ANCIANOS

CÓDIGO: F00700006

DENOMINACIÓN: EDUCADOR/A SOCIAL

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

*MÁXIMO DE 8 FUNCIONES ESPECÍFICAS FUNCIONES

FUNCIÓN A) Dinamizar y realizar actividades de animación grupales con las personas residentes.

FUNCIÓN B) Participar en el plan de atención individual de la persona residente desde el ámbito socio educativo mediante la utilización de aplicaciones informáticas

FUNCIÓN C) Colaborar con el Equipo Interdisciplinario del centro de trabajo en la realización de valoraciones y planes de atención individuales de las personas usuarias mediante la utilización de aplicaciones informáticas.

DEPENDENCIA JERÁRQUICA SUPERIOR DEL PUESTO DE TRABAJO

CÓDIGO: F00730001

DENOMINACIÓN: DIRECTOR/A