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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 649936
Acuerdo del Consejo General de la Agencia Tributaria de las Illes Balears de 4 de noviembre de 2022, por el que se acepta la delegación de facultades del Ayuntamiento de Andratx en materia de gestión tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles

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Texto

El Consejo General de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, a propuesta del Director de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, en la sesión extraordinaria de 4 de noviembre de 2022, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- La Agencia Tributaria de las Illes Balears, en nombre y por cuenta de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, acepta la delegación de facultades del Ayuntamiento de Andratx a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de gestión tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles.

La delegación comprenderá las funciones de concesión y denegación de exenciones y bonificaciones, de realización de las liquidaciones tributarias, de emisión de los recibos o documentos de cobro, de resolución de los expedientes de devolución de ingresos indebidos y de resolución de los recursos que se interpongan contra estos actos.

En el caso de devolución por ingresos indebidos, corresponderá a la Agencia Tributaria de las Illes Balears hacer efectiva la devolución que, en su caso, se acuerde. La devolución de ingresos indebidos que se produzca comportará la deducción de la cantidad correspondiente de los envíos de fondos que deban efectuarse al Ayuntamiento.

Segundo.- Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Baleares.

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento de lo que establece el artículo 7.2 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

 

Palma, 4 de noviembre de 2022

El administrador tributario (Por suplencia por motivo de vacante de la Dirección de la ATIB –art. 5.3 de la Orden de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 22 de diciembre de 2016 por la que se regula la estructura organizativa y funcional de la Agencia Tributaria de las Illes Baleares; BOIB nº 163, de 29/12/2016–) Justo Alberto Roibal Hernández