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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 643929
Bases y tribunal calificador del Premio a los Estudios Universitarios del curso 2021-2022

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Texto

La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 28 de octubre de 2022 acordó aprobar las bases y el tribunal calificador del Premio a los Estudios Universitarios del curso 2021-2022 que seguidamente se transcriben:

 

I BASES DEL PREMIO A LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS CURSO 2021-2022

De acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Manacor para el ejercicio 2022, se convoca la concesión de subvenciones relativas a estudios universitarios.

1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

El Ayuntamiento de Manacor, dentro del presupuesto para el ejercicio 2022, convoca la concesión de tres premios en concurrencia competitiva para premiar la excelencia académica de los estudiantes universitarios del municipio de Manacor.

Los objetivos principales de esta iniciativa son los de fomentar el estudio y la cultura del esfuerzo académico entre la población, realizar un reconocimiento público a aquellos estudiantes que demuestran tener el mejor nivel académico de nuestro municipio y poner su tarea como ejemplo para los jóvenes que comienzan a estudiar y la población en general. Desde un punto de vista estratégico, este Ayuntamiento considera importante poner el foco de atención de la ciudadanía en el esfuerzo académico y valorar públicamente el estudio, como administración pública que busca el bienestar de sus ciudadanos.

Por eso, desde el año 2005 el Ayuntamiento de Manacor ha premiado a los alumnos universitarios de nuestro municipio que obtienen los mejores resultados académicos. De este modo se han celebrado las ediciones correspondientes a los cursos 2005-2006, 2006-2007, 2007-2008, 2008-2009, 2009-2010, 2010-2011, 2011-2012,20 -2015, 2015-2016, 2016-2017, 2017-2018, 2018-2019, 2019-2020 y 2020-2021, siendo la actual la decimoséptima edición.

2. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA

Para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las subvenciones objeto de esta convocatoria existe crédito adecuado y suficiente en la partida del año 2022: con cargo a la aplicación presupuestaria 170.3343.4840000.6500 del Presupuesto General del Ayuntamiento de Manacor del año 2022.

3. COMPATIBILIDAD

Estos premios serán compatibles con cualquier otra ayuda al estudio o beca, por el motivo que el objeto de estos premios es valorar de forma competitiva los tres mejores expedientes de alumnos universitarios residentes en el término municipal de Manacor, y se considera que con este criterio no se ofrece ninguna otra ayuda, premio o subvención a ninguna otra administración pública. Por tanto no se incurre en un supuesto de subvención simultánea del mismo gasto con otra administración pública, tal y como dispone la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.

4. PERSONAS BENEFICIARIAS Y REQUISITOS

Podrán participar todas las personas que cumplan los siguientes requisitos:

1. Haberse matriculado en el curso 2021-2022 de asignaturas correspondientes al primer o segundo ciclo de estudios universitarios recogidos en el Registro de Títulos Universitarios del Ministerio de Educación y Formación Profesional del Gobierno de España.

2. Haberse matriculado y superado en el curso 2021-2022 un mínimo de 7 asignaturas de formación básica, obligatorias y/u optativas, que supongan un mínimo de 50 créditos. No se computarán a tal efecto las asignaturas convalidadas, reconocidas o adaptadas. Quedarán exentos de cumplir este requisito aquellos estudiantes que vean limitada por la normativa académica la cantidad de créditos o asignaturas a matricular, o bien que se matriculen de todos los créditos restantes para finalizar sus estudios. En este caso tendrán que presentar la documentación necesaria para justificarlo.

3. Estar empadronados en Manacor desde fecha anterior al 1 de enero de 2021.

5. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes se tendrán que presentar en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Manacor, presencialmente oa través de la Sede Electrónica, mediante instancia general. Opcionalmente, también se podrá utilizar un modelo de formulario de solicitud elaborado por el Centro Universitario de Manacor, en el que se podrá recoger presencialmente o solicitar por vía telemática.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, el cual contará a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB, estando publicadas las mismas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

6. DOCUMENTACIÓN

Los aspirantes tendrán que presentar la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI.
  • Certificado académico sellado por la universidad donde se relacione la calificación obtenida, el número de créditos, las convocatorias agotadas, la tipología de todas las asignaturas matriculadas en el curso 2021-2022 y las asignaturas convalidadas.
  • Informe de empadronamiento.
  • Solicitud debidamente cumplimentada.

7. ÓRGANOS COMPETENTES PARA INSTRUIR Y RESOLVER EL PROCEDIMIENTO

El órgano instructor son los servicios administrativos municipales encargados del Centro Universitario de Manacor. El órgano competente para la concesión de las subvenciones será la Junta de Gobierno Local.

Corresponde al órgano instructor:

a) Determinar a las personas admitidas en la convocatoria.

b) Resolver las dudas de interpretación que puedan surgir en relación a las bases reguladoras de la subvención y la convocatoria.

c) Elaborar el acta de la Comisión Evaluadora que se nombrará al efecto.

d) d) Solicitar los informes que sean necesarios para la elaboración de la propuesta de resolución.

e) Requerir los documentos complementarios que se consideren necesarios para conocer las circunstancias peculiares de cada caso a efectos de garantizar la correcta inversión de los recursos presupuestarios destinados a las ayudas.

f) Formular la propuesta de resolución.

8. CUANTÍA DE LOS PREMIOS

La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 1.000 €. Se establecen los siguientes premios: un primer premio de 500 €, un segundo premio de 300 € y un tercer premio de 200 €.

9. COMISIÓN EVALUADORA

Se constituirá una comisión evaluadora, la cual ejercerá las siguientes funciones:

  • Evaluar y calificar las solicitudes de acuerdo con los criterios y requisitos establecidos en esta convocatoria.
  • Emitir el informe, debidamente motivado, que debe servir de base para elaborar la propuesta de resolución.

La Comisión Evaluadora debe tener la siguiente composición:

  • Presidente: el concejal delegado del Área de Educación.
  • Secretario: el encargado del Centro Universitario de Manacor.
  • Vocales: el personal miembro del Departamento de Educación que se considere oportuno.

La Junta de Gobierno Local designará a los miembros de la Comisión Evaluadora, a propuesta del concejal delegado del Área de Educación.

10. VALORACIÓN DE LOS EXPEDIENTES PRESENTADOS

Las subvenciones serán concedidas mediante procedimiento de concurrencia competitiva según lo establecido en el art. 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, de acuerdo con lo que establecen las bases y la convocatoria que la regulan .

La puntuación (P) se calculará siguiendo el siguiente criterio: Se realizará la media ponderada de las notas obtenidas en cada asignatura matriculada (ni) en función del número de créditos de cada una de ellas (ci). Se descontará un 10% de la nota de cada asignatura por cada convocatoria agotada que exceda de la primera, es decir, en segunda convocatoria un 10%, en tercera convocatoria un 20%, y así sucesivamente hasta una calificación numérica mínima de 5 ,00. Se contabilizarán todas las asignaturas troncales, obligatorias, de formación básica y optativas matriculadas en el curso 2021-2022. No se tendrán en cuenta las asignaturas convalidadas, reconocidas o adaptadas. Aquellos solicitantes que aporten sólo la nota nominal (no la numérica) estarán sujetos al siguiente baremo por cada asignatura: no presentado: 0 puntos; suspendido: 2,5 puntos; aprobado o apto: 5,5 puntos; notable: 7,5 puntos; excelente: 9 puntos; matrícula de honor: 10 puntos. La puntuación resultante se expresará con tres cifras decimales.

 

 

En caso de empate entre dos o más de los solicitantes, se dará prioridad a la persona que presente mayor cantidad de asignaturas aprobadas. Si el empate persiste, se dará prioridad al alumno que presente mayor número de créditos aprobados.

La Comisión Evaluadora confeccionará una lista con el conjunto de las puntuaciones obtenidas de esta forma. Los premios se concederán de acuerdo a las tres primeras posiciones de esta lista. Si aún así siguiera habiendo algún empate en alguna de las tres primeras posiciones el premio correspondiente a aquella posición se repartirá entre los solicitantes empatados. En caso de que la Comisión Evaluadora considere que las puntuaciones no son suficientemente meritorias, los premios pueden declararse desiertos.

11. TRAMITACIÓN

Si alguna solicitud no reúne alguno de los requisitos establecidos en la convocatoria, el área que tramita requerirá a los solicitantes afectados para que lo subsanen en el plazo de 10 días hábiles. En caso de que no lo hagan se tendrá por desistida la solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en referencia a enmienda y mejora de la solicitud.

12. RESOLUCIÓN

La resolución será aprobada por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Manacor después del estudio, por parte de la Comisión Evaluadora, de la documentación aportada en las solicitudes. La resolución se hará pública antes del 31 de diciembre de 2022. Las listas serán expuestas al público en el Centro Universitario de Manacor, manteniendo el anonimato de los participantes.

13. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

Los beneficiarios del Premio a los Estudios Universitarios tendrán que aportar la documentación pertinente que solicite el Ayuntamiento, para poder llevar a cabo comprobaciones que considere oportunas.

En caso de falsedad u omisión, parcial o total, de los datos consignados o documentos requeridos en esta convocatoria, se excluirá automáticamente la solicitud. En caso de haber sido concedido alguno de los tres premios, y se pueda comprobar con posterioridad la falsedad u omisión, parcial o total, el Ayuntamiento de Manacor podrá reclamar el reintegro total de la cantidad económica asignada. Ésta deberá hacerse efectiva antes de dos meses a partir de la fecha de la reclamación, incurriendo en las posibles responsabilidades legales que este hecho provoque.

14. PARTICIPACIÓN

La participación en esta convocatoria implica la total aceptación de estas bases. Las resoluciones de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Manacor, por las que se aprueban las bases, el nombramiento de la Comisión Evaluadora y el acta de la Comisión Evaluadora, agotan la vía administrativa y son susceptibles a recurso de reposición ante la propia Junta de Gobierno Local.

En todo lo no previsto expresamente en estas bases, se aplicará el criterio de la Comisión Evaluadora.

 

II TRIBUNAL CALIFICADOR 

Tribunal calificador de los méritos de los alumnos presentados a la convocatoria del Premio a los Estudios Universitarios del curso 2021-2022:

  • Presidente: Mateu Marcé Riera
  • Vocales
    • Anneliese Martí Balmann
    • Maria Antònia Taberner Serrano
    • Jaume Rigo Matheu, gerente del Centro Universitario de Manacor, actuando también de secretario del tribunal, con voz y voto.

 

Manacor, a fecha de la firma electrónica (2 de noviembre de 2022)

El alcalde Miquel Oliver Gomila