Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 643910
Bases y tribunal calificador del Premio a los Estudios de Formación Profesional del curso 2021-2022
La Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 28 de octubre de 2022 acordó aprobar las bases y el tribunal del Premio a los Estudios de Formación profesional del curso 2021-2022 que seguidamente se transcriben:
I BASES DEL PREMIO A LOS ESTUDIOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL CURSO 2021-2022
De acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y las bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Manacor para el ejercicio 2022, se convoca la concesión de subvenciones relativas a estudios de formación profesional de grado superior.
1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
El Ayuntamiento de Manacor, dentro del presupuesto para el ejercicio 2022, convoca la concesión de tres premios en concurrencia competitiva para premiar la excelencia académica de los estudiantes de formación profesional de grado superior del municipio de Manacor.
Los objetivos principales de esta iniciativa son los de fomentar el estudio y la cultura del esfuerzo académico entre la población, realizar un reconocimiento público a aquellos estudiantes que demuestran tener el mejor nivel académico de nuestro municipio y poner su tarea como ejemplo para los jóvenes que comienzan a estudiar y la población en general. Desde un punto de vista estratégico, este Ayuntamiento considera importante poner el foco de atención de la ciudadanía en el esfuerzo académico y valorar públicamente el estudio, como administración pública que busca el bienestar de sus ciudadanos.
Por eso, el año pasado el Ayuntamiento de Manacor creó la primera edición de este premio, dirigido a los alumnos de formación profesional de grado superior de nuestro municipio que obtienen los mejores resultados académicos, siendo la actual la segunda edición.
2. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA
Para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las subvenciones objeto de esta convocatoria existe crédito adecuado y suficiente en la partida del año 2022: con cargo a la aplicación presupuestaria 170.3343.4840000.6500 del Presupuesto General del Ayuntamiento de Manacor del año 2022.
3. COMPATIBILIDAD
Estos premios serán compatibles con cualquier otra ayuda al estudio o beca, por el motivo de que el objeto de estos premios es valorar de forma competitiva los tres mejores expedientes de alumnos de formación profesional de grado superior residentes en el término municipal de Manacor, y se considera que con este criterio no se ofrece ninguna otra ayuda, premio o subvención a ninguna otra administración pública. Por tanto no se incurre en un supuesto de subvención simultánea del mismo gasto con otra administración pública, tal y como dispone la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.
4. PERSONAS BENEFICIARIAS Y REQUISITOS
Podrán participar todas las personas que cumplan los siguientes requisitos:
1. Haberse matriculado en el curso 2021-2022 en primer o segundo curso completo de un ciclo formativo de grado superior recogido en el Catálogo de Formación Profesional del Ministerio de Educación y Formación Profesional del Gobierno de España.
2. Estar empadronados en Manacor desde fecha anterior al 1 de enero de 2021.
5. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes se tendrán que presentar en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Manacor, presencialmente oa través de la Sede Electrónica, mediante instancia general. Opcionalmente, también se podrá utilizar un modelo de formulario de solicitud elaborado por el Centro Universitario de Manacor, en el que se podrá recoger presencialmente o solicitar por vía telemática.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, el cual contará a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB, estando publicadas las mismas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
6. DOCUMENTACIÓN
Los aspirantes tendrán que presentar la siguiente documentación:
7. ÓRGANOS COMPETENTES PARA INSTRUIR Y RESOLVER EL PROCEDIMIENTO
El órgano instructor son los servicios administrativos municipales encargados del Centro Universitario de Manacor. El órgano competente para la concesión de las subvenciones será la Junta de Gobierno Local.
Corresponde al órgano instructor:
a) Determinar a las personas admitidas en la convocatoria.
b) Resolver las dudas de interpretación que puedan surgir en relación a las bases reguladoras de la subvención y la convocatoria.
c) Elaborar el acta de la Comisión Evaluadora que se nombrará al efecto.
d) Solicitar los informes que sean necesarios para la elaboración de la propuesta de resolución.
e) Requerir los documentos complementarios que se consideren necesarios para conocer las circunstancias peculiares de cada caso a efectos de garantizar la correcta inversión de los recursos presupuestarios destinados a las ayudas.
f) Formular la propuesta de resolución.
8. CUANTÍA DE LOS PREMIOS
La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 1.000 €. Se establecen los siguientes premios: un primer premio de 500 €, un segundo premio de 300 € y un tercer premio de 200 €.
9. COMISIÓN EVALUADORA
Se constituirá una comisión evaluadora, la cual ejercerá las siguientes funciones:
La Comisión Evaluadora debe tener la siguiente composición:
La Junta de Gobierno Local designará a los miembros de la Comisión Evaluadora, a propuesta del concejal delegado del Área de Educación.
10. VALORACIÓN DE LOS EXPEDIENTES PRESENTADOS
La puntuación con la que participarán los alumnos solicitantes será la correspondiente al curso 2021-2022 y que aparece en el certificado académico expedido por el centro educativo en el que se ha cursado.
Se calculará la nota media ponderada de las notas obtenidas en los distintos módulos, en función del número de horas de cada uno. Se descontará un 10% de la nota de cada módulo por cada convocatoria que exceda de la primera hasta una nota mínima de 5,00. Se expresará el resultado con tres cifras decimales.
En caso de empate entre dos o más de los solicitantes, se dará prioridad a la persona que presente mayor número de módulos superados. Si el empate persiste, se dará prioridad al alumno que presente mayor número de horas aprobadas. Si aún así siguiera habiendo algún empate en alguna de las tres primeras posiciones el premio correspondiente a aquella posición se repartirá entre los solicitantes empatados.
La Comisión Evaluadora confeccionará una lista con el conjunto de las puntuaciones obtenidas de esta forma. Los premios se concederán de acuerdo a las tres primeras posiciones de esta lista. Si aún así siguiera habiendo algún empate en alguna de las tres primeras posiciones el premio correspondiente a aquella posición se repartirá entre los solicitantes empatados. En caso de que la Comisión Evaluadora considere que las puntuaciones no son suficientemente meritorias, los premios pueden declararse desiertos.
11. TRAMITACIÓN
Si alguna solicitud no reúne alguno de los requisitos establecidos en la convocatoria, el área que tramita requerirá a los solicitantes afectados para que lo subsanen en el plazo de 10 días hábiles. En caso de que no lo hagan se tendrá por desistida la solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en referencia a enmienda y mejora de la solicitud.
12. RESOLUCIÓN
La resolución será aprobada por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Manacor después del estudio, por parte de la Comisión Evaluadora, de la documentación aportada en las solicitudes. La resolución se hará pública antes del 31 de diciembre de 2022. Las listas serán expuestas al público en el Centro Universitario de Manacor, manteniendo el anonimato de los participantes.
13. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
Los beneficiarios del Premio a los Estudios de Formación Profesional tendrán que aportar la documentación pertinente que solicite el Ayuntamiento, para poder llevar a cabo comprobaciones que considere oportunas.
En caso de falsedad u omisión, parcial o total, de los datos consignados o documentos requeridos en esta convocatoria, se excluirá automáticamente la solicitud. En caso de haber sido concedido alguno de los tres premios, y se pueda comprobar con posterioridad la falsedad u omisión, parcial o total, el Ayuntamiento de Manacor podrá reclamar el reintegro total de la cantidad económica asignada. Ésta deberá hacerse efectiva antes de dos meses a partir de la fecha de la reclamación, incurriendo en las posibles responsabilidades legales que este hecho provoque.
14. PARTICIPACIÓN
La participación en esta convocatoria implica la total aceptación de estas bases. Las resoluciones de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Manacor, por las que se aprueban las bases, el nombramiento de la Comisión Evaluadora y el acta de la Comisión Evaluadora, agotan la vía administrativa y son susceptibles a recurso de reposición ante la propia Junta de Gobierno Local.
En todo lo no previsto expresamente en estas bases, se aplicará el criterio de la Comisión Evaluadora.
II TRIBUNAL CALIFICADOR
Tribunal calificador de los méritos de los alumnos presentados a la convocatoria del Premio a los Estudios de Formación Profesional del curso 2021-2022:
Manacor, a fecha de la firma electrónica (2 de noviembre de 2022)
El alcalde Miquel Oliver Gomila