Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MURO
Núm. 641256
Corrección errata detectada en el acuerdo por el que se aprueba la oferta de empleo público de estabilización del Ayuntamiento de Muro
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 31 de octubre de 2022, se ha aprobado la Corrección errata detectada en el acuerdo por el que se aprueba la oferta de empleo público de estabilización del Ayuntamiento de Muro
Lo que hacemos público en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios electrónico del sitio web del Ayuntamiento de Muro (https://www.ajmuro.net/ca/ofertes-feina), a los efectos establecidos en el artículo 45 de la Ley 39/2.015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la mencionada resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer de forma alternativa, los siguientes recursos: o bien recurso potestativo de reposición, a interponer ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, a contar desde el el día siguiente de la notificación de la presente resolución, o bien directamente recurso contencioso administrativo, a interponer ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la notificación de esta resolución; todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer aquellos otros recursos que consideren procedentes.
«Corrección errata detectada en el acuerdo por el que se aprueba la oferta de empleo público de estabilización del Ayuntamiento de Muro
Mediante el acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el pasado día 23/05/2022, (BOIB núm. 68, de 26 de mayo), se aprobó la oferta de empleo público de estabilización correspondiente al personal funcionario y al personal laboral al servicio del Ayuntamiento de Muro.
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que éstas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio oa instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que existan en sus actos.
La mesa general de negociación, en sesión de 20 de octubre de 2022, acordó rectificar el error material:
Donde dice:
Personal Laboral
GRUPO DE CLASIFICACIÓN |
CATEGORÍA LABORAL |
VACANTES |
FORMA DE PROVISIÓN |
---|---|---|---|
A/A2 |
Informadora Juvenil |
1 |
CONCURSO |
Tiene que decir:
Personal Laboral
GRUPO DE CLASIFICACIÓN |
CATEGORÍA LABORAL |
VACANTES |
FORMA DE PROVISIÓN |
---|---|---|---|
C/C1 |
Informadora Juvenil |
1 |
CONCURSO |
La Junta de Gobierno Local, con cuatro votos a favor y una abstención de Dª. Margarita M. Forteza, acuerda rectificar el error material:
Donde dice:
Personal Laboral
GRUPO DE CLASIFICACIÓN |
CATEGORÍA LABORAL |
VACANTES |
FORMA DE PROVISIÓN |
---|---|---|---|
A/A2 |
Informadora Juvenil |
1 |
CONCURSO |
Tiene que decir:
Personal Laboral
GRUPO DE CLASIFICACIÓN |
CATEGORÍA LABORAL |
VACANTES |
FORMA DE PROVISIÓN |
---|---|---|---|
C/C1 |
Informadora Juvenil |
1 |
CONCURSO |
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Muro, en fecha de la firma electrónica (2 de noviembre de 2022
El alcalde Miquel Porquer Tugores)