Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Núm. 636711
Propuesta de resolución del director general de Energía y Cambio Climático por la que se deniegan las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000)
Hechos
1. El 16 de noviembre de 2021 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000) incluido en el programa de regeneración y reto demográfico del Plan de Rehabilitación y Regeneración Urbana de Pla de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo. (BOIB n.º 158).
2. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Resolución presentaron a la consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria.
3. Las actuaciones subvencionables deberán realizarse, necesariamente, en edificios o viviendas que se encuentren ubicados en las Illes Balears en cualquiera de los municipios de reto demográfico ( municipios de menos de 5.000 habitantes y los municipios de hasta 20.000, cuyas entidades sean de hasta 5.000 habitantes), según objeto de esta Resolución.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).
2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre de 2004).
3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB n.º 72, de 24 de mayo de 2008).
4. El Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, por el que se regulan las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como su concesión directa a las comunidades autónomas. (BOE n.º 185, de 4 de agosto de 2021).
5. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 10 de noviembre de 2021 por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2022 por actuaciones del programa de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000) Next Generation EU.
Propuesta de resolución
Denegar por incumplimiento del requisito de pertenecer a municipios ubicados en las Illes Balears incluidos dentro de reto demográfico (Programa PREE 5000) los beneficiarios que figuran en el anexo.
Contra esta Propuesta de resolución puede alegar lo que considere conveniente en el plazo máximo de dos días hábiles a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears. En caso contrario, se entenderá que está conforme con el contenido de la Propuesta.
Palma, 25 de octubre de 2022 El director general de Energía y Cambio Climático José Guillermo Malagrava Rigo
ANEXO
Expediente |
Solicitante |
NIF |
---|---|---|
PREE5000-01/2021 |
ANTONIO FRANCO GONZALEZ |
***0210** |
PREE5000-09/2021 |
EUGENIO DOMINGUEZ VIDAL |
***5106** |
PREE5000-11/2021 |
MOMBLANT GARCIA EMILIO JOSE |
***3039** |
PREE5000-12/2021 |
MANUEL ANTONIO GANDUL CASTELLS |
***4858** |
PREE5000-13/2021 |
ALEJANDRO DUHAYON MIRÓ |
***7386** |
PREE5000-20/2021 |
BARBARA FERRER FERRER |
***3895** |