Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE FONDOS EUROPEOS, UNIVERSIDAD Y CULTURA
Núm. 631677
Extracto de la Resolución del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura por la que se aprueba la convocatoria para ayudas a Proyectos de Biodiversidad enmarcados dentro de los Planes Complementarios (componente 17) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
BDNS (identificador): 655178
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
A los efectos de estas ayudas pueden ser beneficiarios los siguientes centros de I+D, ubicados en las Illes Balears:
a) Centro público de I+D: universidades públicas, organismos públicos de investigación (reconocidos en la Ley 14/2011), entidades sanitarias públicas o de titularidad pública de naturaleza institucional con personificación privada, sin ánimo de lucro, y, en general, cualquier centro de I+D dependiente de las diferentes administraciones públicas.
b) Otras entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos la I+D como actividad principal.
Segundo. Finalidad:
Apoyar a proyectos de investigación científica y tecnológica, que se tienen que desarrollar en centros públicos y privados sin ánimo de lucro de las Illes Balears en materia de Biodiversidad para cumplir los objetivos establecidos en el programa de Biodiversidad de los Planes Complementarios.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden de la consejera de Innovación, Interior y Justicia de 26 de enero de 2010 por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación (BOIB número 25, de 13 de febrero).
Cuarto. Importe:
En cuanto a la duración de los proyectos (y de los subproyectos que los forman) tiene que ser de 27 meses. Los proyectos se tienen que iniciar y finalizar de acuerdo con las fechas establecidas en la resolución definitiva de la ayuda, entre día 1 de enero de 2023 y día 31 de octubre de 2025.
La cuantía de las ayudas se determinará en cada caso en función del coste financiable real de la actuación y de las disponibilidades presupuestarias.
Las ayudas podrán financiar hasta el 100 % del presupuesto solicitado en las propuestas presentadas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo para presentar las solicitudes de ayuda es de veinte días hábiles que empezarán a contar el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, (Firmado electrónicamente 27 de octubre de 2022)
El consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura Miquel Company i Pons