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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 628358
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se modifica el número de plazas básicas publicado en la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se convoca un concurso de traslados voluntario para proveer setenta y ocho plazas básicas vacantes de personal estatutario fijo de diversas categorías dependientes del Servicio de Salud

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Texto

Hechos

1. El 1 de octubre de 2022 se publicó en el BOIB núm. 128 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se convoca un concurso de traslados voluntario para proveer setenta y ocho plazas básicas vacantes de personal estatutario fijo de diversas categorías dependientes del Servicio de Salud.

2. El 15 de octubre de 2022 se publicó en el BOIB núm.134 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se modifica el número de plazas básicas publicado en la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se convoca un concurso de traslados voluntario para proveer setenta y ocho plazas básicas vacantes de personal estatutario fijo de diversas categorías, dependientes del Servicio de Salud

3. Atendida la petición de la gerencia del Hospital Universitario Son Espases se aumentan 2 plazas: una de FEA de otorrinolaringología y una de FEA de radiodiagnóstico.

4. Es necesario modificar el anexo 3 («Lista de plazas básicas vacantes convocadas») dado que se ha incrementado el número de ochenta y una plazas a ochenta y tres.

5. Como consecuencia de esta modificación, es necesario abrir de nuevo un plazo de un mes para presentar solicitudes para participar en este concurso de traslados.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que estas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos de sus actos.

2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición.

Por todo ello dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el anexo 3 de la Resolución de 15 de octubre de 2022 según las especificaciones que figuran en el anexo de esta resolución, que quedan reflejadas  en la tabla siguiente:

Categoría

GAPM

HUSE

HUSLL

HCIN

HMAN

ASEF

ASMEN

Total

FEA anestesia y reanimación

 

2

2

1

1

7

 

13

FEA aparato digestivo

 

1

 

 

1

1

1

4

FEA cirugía general y aparato digestivo

 

 

2

 

0

1

 

3

FEA medicina interna

 

2

 

 

2

 

1

5

FEA medicina preventiva y salud pública

 

 

1

 

 

1

 

2

FEA obstetricia y ginecología

 

 

1

 

 

2

 

3

FEA oftalmología

 

2

1

 

 

 

 

3

FEA oncología médica

 

 

 

 

 

2

 

2

FEA otorrinolaringología

 

1

 

 

1

1

1

4

FEA pediatría

 

 

 

1

2

1

 

4

FEA radiodiagnóstico

 

2

1

 

2

2

 

7

FEA reumatología

 

1

 

 

 

1

 

2

FEA urología

 

 

1

1

 

 

 

2

Médico de urgencias hospitalarias

 

3

 

2

 

14

 

19

Odontólogo-estomatólogo de área de AP

2

 

 

 

 

1

 

3

Técnico especialista de laboratorio

 

1

2

1

2

 

1

7

Total

2

15

11

6

11

34

4

83

GAPM: Gerencia de Atención Primaria de Mallorca. HUSE: Hospital Universitario Son Espases. HUSLL: Hospital Universitario Son Llàtzer. HCIN: Hospital Comarcal de Inca. HMAN: Hospital de Manacor. ASEF: Área de Salud de Ibiza y Formentera. ASMEN: Área de Salud de Menorca.

2. Establecer la apertura de un plazo para presentar solicitudes, que será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución.

3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el portal web www.ibsalut.es.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de reposición ante el director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También puede presentarse directamente un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 25 de octubre de 2022)

El director general del Servicio de Salud Manuel Palomino Chacón Por delegación de la consejera de Salud y Consumo (BOIB núm.191, de 7/11/2020)