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AYUNTAMIENTO DE SA POBLA
Núm. 623616
Extracto de la aprobación de las subvenciones ordinarias a entidades sin finalidad de lucro para el año 2022
BDNS (Identif.): 654260
En conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo el cual puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones.
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)
Primero. Finalidad:
El objeto de esta convocatoria es regular las subvenciones, dentro de los límites establecidos en el presupuesto municipal y en los términos de la Ordenanza municipal reguladora de subvenciones, para apoyar económicamente las actuaciones, iniciativas y proyectos de las entidades sin ánimo de lucro del municipio de sa Pobla en materia cultural, social, comercial, turística, educativa y lúdica.
Segundo. Beneficiarios:
Pueden acogerse a la convocatoria de subvenciones las entidades y las asociaciones constituidas legalmente, sin finalidad de lucro, radicadas en el término municipal de sa Pobla y censadas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, que cumplan los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (LGS). Entre otros requisitos es indispensable encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con las administraciones públicas y la Seguridad Social.
Tercero. Bases reguladoras:
https://sapobla.eadministracio.cat/transparency/f8d14638-ce98-4ef8-8dd9-29e62ea0b547/
Cuarto. Importe:
Para las subvenciones que regulan estas bases se destina un importe máximo, conforme a la siguiente partida afectada del presupuesto municipal del año 2022 .
2022/01/3340/48902/01 «Aportaciones a entidades culturales». 18.000 €
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días naturales. Se inicia a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria o extracto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Las solicitudes se presentaran junto con la documentación indicada en el apartados 4 y 5 de las bases.
(Firmado electrónicamente: 20 de octubre de 2022)
El alcalde-presidente Llorenç Gelabert Crespí.