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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 620546
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 20 de octubre de 2022 por la que se convoca el procedimiento para evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-Next GenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

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Texto

La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional (BOE núm. 78, de 1 de abril) tiene como objetivo la constitución y ordenación de un Sistema de Formación Profesional al servicio de un régimen de formación y acompañamiento profesionales que sea capaz de responder con flexibilidad a los intereses, las expectativas y las aspiraciones de cualificación profesional de las personas a lo largo de su vida. A la vez, ha de ser también un poderoso instrumento para el fortalecimiento y sostenibilidad de la economía que satisfaga las competencias demandadas por el mundo laboral, tanto para el aumento de la productividad como para la generación de empleo y su mantenimiento por parte de los sectores productivos.

El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral (BOE núm. 205, de 25 de agosto de 2009), vigente en todo aquello que no se oponga a la Ley Orgánica 3/2022, determina el procedimiento único para evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

El Real Decreto 143/2021, de 9 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral (BOE núm. 59, de 10 de marzo de 2021), se especifican algunos cambios del procedimiento para evaluar y acreditar las competencias profesionales.

La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de economía sostenible (BOE núm. 55, de 5 de marzo de 2011), indica en el artículo 72.h) que uno de los objetivos en materia de formación profesional es mejorar la cualificación de los ciudadanos mediante la aplicación del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales.

El Decreto 55/2011, de 20 de mayo, regulador de la estructura organizativa del procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación en la comunidad autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 81, de 2 de junio de 2011), determina en el artículo 2.1 que la Consejería con competencias en educación y el Servicio de Empleo de las Illes Balears, conjuntamente o separadamente, deben aprobar las convocatorias públicas del procedimiento para evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación y deben garantizar la estructura organizativa necesaria para gestionar el procedimiento. En el supuesto de que se aprueben de forma separada, es preceptivo un informe favorable vinculante del órgano administrativo no convocante.

De acuerdo con el artículo 3.1 del citado Decreto, el Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears (IQPIB) es el órgano encargado de la gestión y la coordinación de este procedimiento.

El Real Decreto 1069/2021, de 4 de diciembre, por el que se aprueba la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024 (BOE núm. 292, de 7 de diciembre de 2021), configura el marco normativo para la coordinación y ejecución de las políticas activas de empleo e intermediación laboral al conjunto del Estado. La Estrategia incorpora como objetivo potenciar la formación y, concretamente, propone en el objetivo instrumental 2.3 «promover la formación modular acreditable y el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y las vías no formales de formación».

La Resolución de 16 de diciembre de 2020, de la Secretaria General de Formación Profesional, concede un importe de 4.693.181,32 € a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para  financiar el procedimiento de acreditación de las competencias profesionales (BOE núm. 338, de 28 de diciembre de 2020).

La Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Secretaria General de Formación Professional, concede un importe de 4.636.206,87 € a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para financiar el procedimiento de acreditación de las competencias profesionales (BOE núm. 249, de 18 de octubre de 2021).

Esta convocatoria está financiada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-Next GenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar las bases que deben resolver la convocatoria del procedimiento para evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación. Estas bases figuran como anexo 1 de esta Resolución.

2. Aprobar las unidades de competencia convocadas, con indicación de la cualificación profesional, el certificado de profesionalidad y el título de formación profesional de referencia. Todo esto figura como anexo 2 de esta Resolución.

3. Convocar el procedimiento para evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación en los términos que figuran en las bases que se incluyen como anexo 1 de esta Resolución.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y establecer que comenzará a tener efectos el día siguiente de publicarse.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a partir del día siguiente de publicarse , de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de publicarse , de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 20 de octubre de 2022

El consejero de Educación y Formación Profesional Martí X. March i Cerdà

 

ANEXO 1 Bases de la convocatoria

Primero Objeto y ámbito de aplicación

1. Esta convocatoria permite evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación de las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales especificadas en el anexo 2.

2. El procedimiento y los requisitos establecidos en esta Resolución, así como los efectos de la evaluación y acreditación de competencias, tienen alcance y validez en todo el territorio del Estado.

Segundo Política de privacidad

1. Los datos que se recojan en este procedimiento deben tratarse de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (BOE núm. 294, de 6 de diciembre de 2018).

2. El IQPIB debe realizar el tratamiento estadístico y la gestión del procedimiento para evaluar y acreditar las competencias profesionales. En cualquier momento se pueden ejercer los derechos reconocidos en la citada Ley, en particular los de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose por escrito al IQPIB, con el mismo domicilio que la Consejería de Educación y Formación Profesional.

 

Tercero Importe de la convocatoria

El coste total presupuestado para la implementación del procedimiento para evaluar y acreditar las competencias profesionales asignado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears es de 4.693.181,32 € según los acuerdos tomados en la Conferencia Sectorial de Educación de 4 de diciembre de 2020 con el FF21129 y el acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2020 y de 4.636.206,87 € según los acuerdos tomados en la Conferencia Sectorial de Educación de 21 de julio de 2021 y el acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de junio de 2021 con el MR012.

Cuarto Destinatarios

Los destinatarios son las personas con experiencia laboral o bien con conocimientos no formales de formación relacionados con las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales objeto de esta convocatoria que cumplan los requisitos previstos en el punto sexto.

Quinto Requisitos para la participación

1. Las personas que quieran participar en el procedimiento deben cumplir los requisitos siguientes:

  1.  Tener la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
  2.  Tener, en el momento de hacer la inscripción, como mínimo:
  • 18 años cumplidos, para las cualificaciones de nivel 1.
  • 20 años cumplidos, para las cualificaciones de nivel 2 y nivel 3.
  1.  Tener experiencia laboral, en los últimos quince años, relacionada con las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales convocadas, de acuerdo con lo que figura a continuación:
  • Al menos 2 años con un mínimo de 1.200 horas trabajadas, para las cualificaciones de nivel 1.
  • Al menos 3 años con un mínimo de 2.000 horas trabajadas, para las cualificaciones de nivel 2 y 3.
  1.  Tener formación no formal, en los últimos diez años, relacionada con las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales convocadas, de acuerdo con lo que figura a continuación:
  • Al menos 200 horas de formación relacionada con las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales de nivel 1.
  • Al menos 300 horas de formación relacionada con las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales de nivel 2 y 3.

En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar prevean una duración inferior, deben acreditarse las horas establecidas en estos módulos.

Para establecer el periodo de quince años (acceso a través de la experiencia laboral) o de diez años (acceso a través de formación no formal) anteriores a la convocatoria, debe tenerse como referencia el día en que se presenta la solicitud de inscripción al procedimiento.

2. Las personas mayores de 25 años que cumplan los requisitos de experiencia o de formación y que no puedan justificarlos, pueden solicitar la inscripción provisional en el procedimiento siempre que presenten alguna prueba admitida en derecho que justifique la experiencia laboral o la formación no formal de acuerdo con lo que prevé la normativa vigente. Para estos casos la Comisión Permanente debe determinar si se permite la inscripción definitiva.

Sexto Fases del procedimiento y tasas

1. Según lo que dispone la normativa vigente, las fases del procedimiento son:

  1.  Asesoramiento.
  2.  Evaluación de la competencia profesional.
  3.  Acreditación y registro de la competencia profesional.

2. La inscripción a cada una de las tres fases está sujeta al pago de tasas. Este pago puede hacerse por vía telemática o de forma presencial en el momento de hacer el trámite en línea correspondiente.

3. Las tasas a abonar son las que están aprobadas en la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año vigente, que pueden consultarse en la página web de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (https://www.atib.es/ta/modelos/tasas046.aspx?idconselleria=3451).

4. Quedan exentos del pago de la tasa:

  1.  Las personas en situación legal de desocupación, siempre que presenten el informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo de Servicio de Empleo de las Illes Balears (SOIB) o el organismo equivalente de fuera de las Illes Balears que acredite que está inscrito como demandante de empleo y la condición de parado. La fecha de este documento no puede ser anterior en más de quince días naturales a la fecha de formalización de la inscripción.
  2.  Las personas con una discapacidad igual o superior al 33 % , siempre que presenten la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad o un certificado expedido por la Dirección General de Atención a la Dependencia y los miembros de su unidad familiar.
  3.  Les personas en situación de dependencia en grado II o III y los miembros de su unidad familiar, siempre que presenten la documentación acreditativa correspondiente.
  4.  Los miembros de familias numerosas, siempre que presenten el título de familia numerosa en vigor.
  5.  Las familias en situación de vulnerabilidad económica especial, siempre que presenten el certificado correspondiente.
  6.  Las familias en situación de riesgo social, siempre que presenten la documentación acreditativa correspondiente.
  7.  Las personas sujetas a medidas privativas de libertad, siempre que presenten un certificado expedido por el centro penitenciario.
  8.  Los jóvenes en acogida familiar y los jóvenes tutelados y extutelados en vías de emancipación, siempre que presenten el certificado correspondiente.
  9.  Las personas que hayan sido víctimas de actos terroristas, y también el cónyuge y los hijos, siempre que acrediten documentalmente esta condición mediante la resolución administrativa correspondiente. En el caso del cónyuge y los hijos, también debe presentarse el libro de familia.
  10.  Las víctimas de violencia de género, y también los hijos que dependen de las mismas, siempre que acrediten documentalmente esta condición mediante cualquiera de los documentos previstos por la normativa vigente. En el caso de los hijos dependientes, también debe presentarse el libro de familia.
  11.  Los miembros de las familias monoparentales, siempre que presenten el título de familia monoparental o la tarjeta individual en vigor.

La documentación de los apartados b) y d) debe comprobarse de oficio a no ser que la persona interesada no autorice su comprobación.

Séptimo Inscripción al procedimiento y documentación requerida

1. Las personas interesadas en participar en este procedimiento deben cumplimentar la solicitud de inscripción telemática mediante el formulario establecido a tal efecto que se encuentra disponible en la página web http://iqpib.caib.es. La tramitación telemática solo se completa cuando se envía la solicitud. No se consideran válidas las solicitudes con la marca de agua «sin validez», ya que ello indica que no se ha enviado.

2. No puede pedirse la evaluación y la acreditación de las unidades de competencia en los casos siguientes:

  1.  Si estas unidades se han acreditado previamente.
  2.  Si estas unidades son convalidables con módulos formativos de un certificado de profesionalidad o con módulos profesionales de un ciclo formativo de Formación Profesional que ya se han superado.

3. Junto con la solicitud debe presentarse la documentación acreditativa siguiente:

  1.  Fotocopia del DNI o del NIE, siempre que el interesado no autorice su comprobación de oficio, u otro documento justificativo.
  2.  Justificante del pago de la tasa de inscripción y, si es el caso, documentación justificativa de tener derecho a la exención del pago.
  3.  Documentación justificativa de cumplir con los requisitos establecidos en el punto sexto:
  • En caso de querer acreditar experiencia laboral:

i. Para trabajadores asalariados:

  • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de Marina o de la mutualidad a la que estén afiliados en el que consten la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de contratación.
  • Contratos de trabajo o certificado de la empresa donde se haya adquirido la experiencia laboral en que consten la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad ejercida y el intervalo de tiempo en que se ha desarrollado la actividad.

ii. Para trabajadores autónomos o por cuenta propia:

  • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de Marina o de la mutualidad a la que estén afiliados en el que consten los periodos de alta en el régimen correspondiente.
  • Declaración responsable con la descripción de la actividad ejercida y el intervalo de tiempo en que se ha realizado.

iii. Para trabajadores voluntarios o becarios:

  • Certificado de la organización donde se haya prestado la asistencia en que consten las actividades y las funciones ejercidas, el año en que se han ejercido y el número total de horas dedicadas.
  • En caso de querer acreditar formación no formal:
    •  Certificado de la formación en el que deben constar los contenidos, la duración en horas y el periodo en que se hizo. Si la duración de la formación está expresada en créditos, debe especificarse la equivalencia en horas. No se deben valorar los cursos de duración inferior a diez horas ni la asistencia a jornadas, simposios, eventos o similares.
  • En caso de personas mayores de 25 años que cumplen los requisitos y que no pueden justificarlos:
    •  Declaración responsable o prueba admitida en derecho para justificar los requisitos de experiencia laboral o formación no formal.

4. Todos los documentos que no se presenten redactados en lengua catalana o castellana deben acompañarse necesariamente de la traducción oficial correspondiente.

5. La falsedad en los datos declarados o aportadas comporta la pérdida del derecho a participar en este procedimiento y la no devolución de las tasas abonadas.

Octavo Presentación de la documentación

1. La documentación requerida debe presentarse preferentemente en línea en el momento de realizar el trámite telemático.

2. En caso de no adjuntar la documentación, esta debe presentarse en los lugares siguientes:

  1.  Mallorca: Registro de la Consejería de Educación y Formación Profesional (c. del Ter, 16, planta baja, 07009 Palma).
  2.  Menorca: Delegación Territorial de Educación en Menorca (c. de Josep Maria Quadrado, 33, 07703 Mahón).
  3.  Ibiza: Delegación Territorial de Educación en Ibiza (v. Púnica, 23, 07800 Eivissa).
  4.  Formentera: Delegación Territorial de Educación en Formentera (avda. Porto-salè, 87, 07860 Sant Francesc).

3. De acuerdo con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las administraciones públicas pueden presentarse:

  1. En el registro electrónico de la administración u organismo al cual se dirijan, así como en el resto de registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1.
  2.  En las oficinas de Correos, en la forma que se establezca por reglamento.
  3.  En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  4.  En las oficinas de asistencia en materia de registros.
  5.  En cualquier otro lugar que establezcan las disposiciones vigentes.

Noveno Admisión al procedimiento

1. Las solicitudes de inscripción al procedimiento deben ser revisadas por la Comisión Permanente.

2. En el caso que la Comisión Permanente haga un requerimiento de documentación a la persona candidata, ésta tendrá 15 días naturales para aportarla y, si no la presenta, se considera que desiste en participar en el procedimiento.

3. Todas las personas interesadas que cumplen los requisitos podrán participar en el procedimiento.

4. La Comisión Permanente debe comunicar a las personas que cumplen los requisitos que pueden participar en el procedimiento y que deben formalizar la solicitud de inscripción a la fase de asesoramiento, y a las personas que no cumplen los requisitos, los motivos por los que no pueden participar en dicho procedimiento.

Décimo Inscripción y desarrollo de la fase de asesoramiento

1. Las personas que cumplen los requisitos deben cumplimentar, en un plazo no superior a tres meses, la solicitud de inscripción a la fase de asesoramiento, mediante el formulario establecido a tal efecto que se encuentra disponible en la página web http://iqpib.caib.es. La tramitación telemática solo se completa cuando se envía la solicitud. No se consideran válidas las solicitudes con la marca de agua «sin validez», ya que ello indica que no se ha enviado.

2. Junto con esta solicitud debe presentarse el justificante del pago de la tasa de inscripción y, si es el caso, documentación justificativa de tener derecho a la exención del pago.

3. El IQPIB debe asignar un asesor o asesora a cada participante, que le ayudará a recopilar y organizar toda la documentación relativa al historial profesional y formativo relacionado con las unidades de competencia que haya solicitado el asesoramiento.

4. La fase de asesoramiento debe desarrollarse de acuerdo con lo que dispone el artículo 15 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio y sus modificaciones.

5. Las actuaciones de la fase de asesoramiento deben realizarse preferentemente de manera telemática. En caso de hacerlas presenciales deben realizarse los días hábiles, excepto festivos, en los centros integrados públicos de formación profesional, en los institutos de educación secundaria  o en la Consejería de Educación y Formación Profesional.

6. Una vez finalizada la fase de asesoramiento, los participantes recibirán, por medios telemáticos, el informe de asesoramiento de la cualificación profesional correspondiente de su asesor o asesora (documento no vinculante) y podrán continuar con el procedimiento.

Undécimo Inscripción y desarrollo de la fase de evaluación

1. Las personas que hayan recibido asesoramiento pueden participar en la fase de evaluación y cumplimentar, en un plazo no superior a tres meses, la solicitud de inscripción a la fase de evaluación, mediante el formulario establecido a tal efecto que se encuentra disponible en la página web http://iqpib.caib.es. La tramitación telemática solo se completa cuando se envía la solicitud. No se consideran válidas las solicitudes con la marca de agua «sin validez», ya que ello indica que no se ha enviado.

2. Junto con esta solicitud, debe presentarse el justificante del pago de la tasa de inscripción o, si es el caso, la documentación justificativa de tener derecho a la exención del pago.

3. El IQPIB debe asignar un evaluador o evaluadora a cada participante para que evalúe la competencia profesional de cada una de las unidades de competencia que haya solicitado la evaluación y no las tenga acreditadas.

4. La fase de evaluación debe desarrollarse de acuerdo con lo que dispone el artículo 16 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio y sus modificaciones.

5. Las actuaciones de la fase de evaluación deben realizarse preferentemente en el lugar de trabajo del participante (siempre que el lugar de trabajo sea en la Comunicad Autónoma de las Illes Balears), en los centros integrados públicos de formación profesional o en instalaciones autorizadas por el IQPIB.

6. Al menos una de las intervenciones debe ser presencial. El resto de actuaciones pueden desarrollarse por medios telemáticos.

7. Esta evaluación tiene como objeto comprobar si se demuestra la competencia profesional requerida en las realizaciones profesionales, en los niveles establecidos en los criterios de realización y en una situación de trabajo, real o simulada, fijada a partir del contexto profesional, siguiendo los criterios para la evaluación establecidos en las guías de evidencias.

8. Los resultados de la evaluación de la competencia profesional en cada unidad de competencia deben expresarse en los términos de demostrada o no demostrada.

9. Una vez finalizada la fase de evaluación, las personas evaluadas deben recibir, por medios telemáticos, la comunicación de los resultados provisionales de la evaluación de la cualificación profesional correspondiente de su evaluador o evaluadora.

10. Si la persona evaluada no está de acuerdo con el resultado de la evaluación, tiene derecho a reclamar ante su evaluador o evaluadora en un plazo de tres días hábiles. La reclamación debe enviarse a la dirección de correo electrónico de su evaluador o evaluadora utilizado durante el desarrollo de la fase de evaluación.

11. Contra el acta individual de evaluación puede presentarse un recurso de alzada ante la directora del IQPIB en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la comunicación.

Duodécimo Fase de acreditación y registro de la competencia profesional

1. La directora del IQPIB debe expedir un certificado de acreditación de las unidades de competencia evaluadas positivamente a cada persona evaluada, expresadas como demostradas, de acuerdo con el modelo previsto en el anexo III A del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.

2. Una vez finalizada la fase de evaluación, el IQPIB debe enviar el certificado de acreditación de las unidades de competencia demostradas por medios telemáticos.

3. El IQPIB debe registrar de oficio en el Registro de Unidades de Competencias Profesionales de las Illes Balears, creado mediante el Decreto 55/2011, las acreditaciones de unidades de competencia expedidas en el marco del procedimiento establecido por el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, y debe transferir los resultados al registro de carácter estatal del Servicio de Empleo Estatal, en cumplimiento del artículo 18.2 del Real Decreto 1224/2009.

4. En cualquier caso, la acreditación de las competencias profesionales no implica la obtención de la habilitación para la profesión. Para obtenerla, debe cumplirse la normativa que regula el ejercicio de la actividad profesional correspondiente.

5. Las personas que hayan acreditado todas las unidades de competencia de la cualificación profesional convocada pueden solicitar, si es el caso, el correspondiente certificado de profesionalidad al SOIB.

Decimotercero Designación de los asesores y evaluadores

1. De acuerdo con el que prevé el artículo 7 del Decreto 55/2011, de 20 de mayo, deben designarse los asesores y los evaluadores necesarios para realizar este procedimiento.

2. La Directora de la IQPIB, órgano responsable de habilitar el personal asesor y evaluador, designa las personas que deben actuar como asesores y evaluadores en el procedimiento de acreditación.

3. Los asesores y los evaluadores participantes en esta convocatoria deben estar incluidos en el Registro del Personal Asesor y Evaluador del Servicio Público de Empleo Estatal de las unidades de competencia para las que se ha convocado el procedimiento.

Decimocuarto Plan de formación

Con independencia de los resultados obtenidos, el evaluador o evaluadora debe proporcionar a todas las personas evaluadas el correspondiente plan de formación, en el cual se deben hacer constar:

  1.  Posibilidades de formación, con las orientaciones pertinentes, para que puedan acreditar en convocatorias posteriores las unidades de competencia no demostradas.
  2.  Posibilidades de formación, con las orientaciones pertinentes, para completar la formación conducente a la obtención de un certificado de profesionalidad o un título de formación profesional relacionado.
  3.  Si los candidatos cumplen los requisitos para obtener un certificado de profesionalidad o un título de formación profesional, deben indicarse los trámites necesarios para que lo puedan obtener.

 

ANEXO 2 Unidades de competencia convocadas

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC0118_2. Instalar y mantener equipos electrónicos de audio.

ELE042_2. Instalación y mantenimiento de equipos electrónicos de audio, vídeo y multimedia

(nivel 2)

ELEQ0211. Reparación de equipos electrónicos de audio y video

Sin contenidos relacionados

UC0119_2. Instalar y mantener equipos electrónicos de vídeo.

UC2339_2. Instalar y mantener equipos electrónicos multimedia.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC0597_2. Montar y mantener instalaciones de megafonía y sonorización de locales.

ELE188_2. Montaje y mantenimiento de instalaciones de megafonía, sonorización de locales y circuito cerrado de televisión

(nivel 2)

ELES0109. Montaje y mantenimiento de instalaciones de megafonía, sonorización de locales y circuito cerrado de televisión

Técnico en instalaciones de telecomunicaciones

UC0598_2. Montar y mantener instalaciones de circuito cerrado de televisión.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC1567_2. Montar y mantener sistemas de transmisión para radio y televisión en instalaciones fijas y unidades móviles.

ELE483_2. Montaje y mantenimiento de sistemas de producción audiovisual y de radiodifusión

(nivel 2)

ELES0211. Montaje y mantenimiento de sistemas de producción audiovisual y de radiodifusión

Sin contenidos relacionados

UC1566_2. Montar y mantener sistemas de producción audiovisual en estudios y unidades móviles.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC2264_2. Montar líneas de alimentación en electrificación ferroviaria.

ELE671_2. Montaje y mantenimiento de líneas de alimentación en electrificación ferroviaria

(nivel 2)

No existe

Sin contenidos relacionados

UC2265_2. Mantener líneas de alimentación en electrificación ferroviaria.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC2333_2. Efectuar operaciones de montaje en subestaciones de tracción y centros de autotransformación ferroviarios.

ELE690_2. Operaciones eléctricas en subestaciones de tracción y centros de autotransformación ferroviarios

(nivel 2)

No existe

Sin contenidos relacionados

UC2334_2. Efectuar operaciones de mantenimiento en subestaciones de tracción y centros de autotransformación ferroviarios.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC2335_2. Instalar sistemas de control-mando y señalización en infraestructuras ferroviarias.

ELE691_2. Instalación y mantenimiento de sistemas de control-mando y señalización en infraestructuras ferroviarias

(nivel 2)

No existe

Sin contenidos relacionados

UC2336_2. Mantener sistemas de control-mando y señalización en infraestructuras ferroviarias.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC2337_2. Instalar sistemas de telecomunicaciones y servicios auxiliares en infraestructuras ferroviarias.

ELE692_2. Instalación y mantenimiento de sistemas de telecomunicaciones y servicios auxiliares en infraestructuras ferroviarias

(nivel 2)

No existe

Sin contenidos relacionados

UC2338_2. Mantener sistemas de telecomunicaciones y servicios auxiliares en infraestructuras ferroviarias.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC2466_2. Preparar la instalación de dispositivos y sistemas conectados, IoT.

ELE738_2. Instalación y mantenimiento de dispositivos y sistemas conectados, IoT

(nivel 2)

No existe

Sin contenidos relacionados

UC2467_2. Instalar dispositivos y sistemas conectados, IoT.

UC2468_2. Mantener y reparar dispositivos y sistemas conectados, IoT.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC1533_2. Ejecutar operaciones de mantenimiento en subestaciones eléctricas.

ELE766_2. Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de alta tensión

(nivel 2)

No existe

Sin contenidos relacionados

UC2559_2. Realizar operaciones de montaje de centros de transformación.

UC2560_2. Ejecutar operaciones de mantenimiento en centros de transformación.

UC2561_2. Realizar operaciones de montaje de subestaciones eléctricas.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC2562_2. Efectuar operaciones de montaje de líneas aéreas de alta tensión.

ELE767_2. Montaje y mantenimiento de líneas eléctricas de alta tensión

(nivel 2)

No existe

Sin contenidos relacionados

UC2563_2. Efectuar operaciones de montaje de líneas subterráneas de alta tensión.

UC2564_2. Realizar operaciones de mantenimiento en líneas de alta tensión.

 

 

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC0826_3. Desarrollar proyectos de instalaciones de telecomunicación destinadas a la captación, adaptación y distribución de señales de radio y televisión en edificaciones.

ELE258_3. Desarrollo de proyectos de infraestructuras de telecomunicaciones y otras redes de voz y datos en edificaciones

(nivel 3)

ELES0110. Desarrollo de proyectos de infraestructuras de telecomunicación y de redes de voz y datos en el entorno de edificios

Técnico Superior en sistemas de telecomunicaciones e informáticos

UC0827_3. Desarrollar proyectos de instalaciones de telecomunicación destinadas a los servicios de telefonía y banda ancha en edificaciones.

UC0828_3. Desarrollar proyectos de instalaciones de redes destinadas a gestión, control, seguridad y comunicación interior en el ámbito de la infraestructura de telecomunicaciones en edificaciones u otras redes de área local.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC0829_3. Desarrollar proyectos de instalaciones eléctricas de baja tensión en el entorno de edificios de viviendas, industrias, oficinas y locales de pública concurrencia.

ELE259_3. Desarrollo de proyectos de instalaciones eléctricas en el entorno de edificios y con fines especiales

(nivel 3)

ELEE0110. Desarrollo de proyectos de instalaciones eléctricas en el entorno de edificios y con fines especiales

Técnico Superior en sistemas electrotécnicos y automatizados

UC0830_3. Desarrollar proyectos de instalaciones eléctricas de baja tensión en locales de características especiales e instalaciones con fines especiales.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC0831_3. Desarrollar proyectos de redes eléctricas de baja tensión.

ELE260_3. Desarrollo de proyectos de redes eléctricas de baja y alta tensión

(nivel 3)

ELEE0210. Desarrollo de proyectos de redes eléctricas de baja y alta tensión

Técnico Superior en sistemas electrotécnicos y automatizados

UC0832_3. Desarrollar proyectos de redes eléctricas de alta tensión.

UC0833_3. Desarrollar proyectos de instalaciones eléctricas de centros de transformación.

UC0834_3. Desarrollar proyectos de instalaciones de alumbrado exterior.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC1271_3. Planificar y gestionar la instalación de sistemas de electromedicina y sus instalaciones asociadas.

ELE381_3. Gestión y supervisión de la instalación y mantenimiento de sistemas de electromedicina

(nivel 3)

ELEQ0208. Gestión y supervisión de la instalación y mantenimiento de sistemas de electromedicina

Técnico Superior en electromedicina clínica

UC1272_3. Supervisar y realizar la instalación de sistemas de electromedicina y sus instalaciones asociadas.

UC1273_3. Planificar y gestionar el mantenimiento de sistemas de electromedicina y sus instalaciones asociadas.

UC1274_3. Supervisar y realizar el mantenimiento de sistemas de electromedicina y sus instalaciones asociadas.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC1184_3. Organizar y gestionar el montaje de las infraestructuras de telecomunicación y de redes de voz y datos en el entorno de edificios.

ELE383_3. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de las infraestructuras de telecomunicación y de redes de voz y datos en el entorno de edificios

(nivel 3)

ELES0210. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de las infraestructuras de telecomunicación y de redes de voz y datos en el entorno de edificios

Técnico Superior en sistemas de telecomunicaciones e informáticos

UC1185_3. Supervisar el montaje de las infraestructuras de telecomunicación y de redes de voz y datos en el entorno de edificios.

UC1186_3. Organizar y gestionar el mantenimiento de las infraestructuras de telecomunicación y de redes de voz y datos en el entorno de edificios.

UC1187_3. Supervisar el mantenimiento de las infraestructuras de telecomunicación y de redes de voz y datos en el entorno de edificios.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC1188_3. Gestionar y organizar el montaje y mantenimiento de redes eléctricas aéreas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de intemperie.

ELE384_3. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de redes eléctricas aéreas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de intemperie

(nivel 3)

ELEE0410. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de redes eléctricas aéreas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de intemperie

Sin contenidos relacionados

UC1189_3. Supervisar el montaje de redes eléctricas aéreas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de intemperie.

UC1190_3. Supervisar el mantenimiento de redes eléctricas aéreas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de intemperie.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC1275_3. Planificar y gestionar el montaje y mantenimiento de redes eléctricas de baja tensión y alumbrado exterior.

ELE385_3. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de redes eléctricas de baja tensión y alumbrado exterior

(nivel 3)

ELEE0610. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de redes eléctricas de baja tensión y alumbrado exterior

Técnico Superior en sistemas electrotécnicos y automatizados

UC1276_3. Supervisar y realizar el montaje de redes eléctricas de baja tensión y alumbrado exterior.

UC1277_3. Supervisar y realizar el mantenimiento de redes eléctricas de baja tensión y alumbrado exterior.

 

 

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC1191_3. Gestionar y organizar el montaje y mantenimiento de las redes eléctricas subterráneas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de interior.

ELE386_3. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de redes eléctricas subterráneas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de interior

(nivel 3)

ELEE0510. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de redes eléctricas subterráneas de alta tensión de segunda y tercera categoría y centros de transformación de interior

Sin contenidos relacionados

UC1192_3. Supervisar el montaje de las redes eléctricas subterráneas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de interior.

UC1193_3. Supervisar el mantenimiento de las redes eléctricas subterráneas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de interior.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC1568_3. Desarrollar proyectos de sistemas de control para procesos secuenciales en sistemas de automatización industrial.

ELE484_3. Desarrollo de proyectos de sistemas de automatización industrial

(nivel 3)

ELEM0110. Desarrollo de proyectos de sistemas de automatización industrial

Técnico Superior en automatización y robótica industrial

UC1569_3. Desarrollar proyectos de sistemas de medida y regulación en sistemas de automatización industrial.

UC1570_3. Desarrollar proyectos de redes de comunicación en sistemas de automatización industrial.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC1571_3. Gestionar y supervisar los procesos de montaje de estaciones base de telefonía.

ELE485_3. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de equipamiento de red y estaciones base de telefonía

(nivel 3)

ELES0411. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de equipamiento de red y estaciones base de telefonía

Técnico Superior en mantenimiento electrónico

UC1572_3. Gestionar y supervisar los procesos de mantenimiento de estaciones base de telefonía.

UC1573_3. Gestionar y supervisar los procesos de montaje de los sistemas de telecomunicación de red telefónica.

UC1574_3. Gestionar y supervisar los procesos de mantenimiento de los sistemas de telecomunicación de red telefónica.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC1575_3. Gestionar y supervisar los procesos de montaje de sistemas de automatización industrial.

ELE486_3. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de sistemas de automatización industrial

(nivel 3)

ELEM0210. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de sistemas de automatización industrial

Técnico Superior en automatización y robótica industrial

UC1576_3. Gestionar y supervisar los procesos de mantenimiento de sistemas de automatización industrial.

UC1577_3. Supervisar y realizar la puesta en marcha de sistemas de automatización industrial.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC1820_3. Gestionar y supervisar los procesos de montaje de sistemas domóticos e inmóticos.

ELE551_3. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de sistemas domóticos e inmóticos

(nivel 3)

ELEM0211. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de sistemas domóticos e inmóticos

Sin contenidos relacionados

UC1821_3. Gestionar y supervisar los procesos de mantenimiento de sistemas domóticos e inmóticos.

UC1822_3. Parametrizar y poner en marcha los sistemas domóticos e inmóticos.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC1980_3. Desarrollar proyectos de sistemas domóticos.

ELE600_3. Desarrollo de proyectos de sistemas domóticos e inmóticos

(nivel 3)

ELEM0511. Desarrollo de proyectos de sistemas domóticos e inmóticos

Sin contenidos relacionados

UC1981_3. Desarrollar proyectos de sistemas inmóticos.

UC1982_3. Desarrollar proyectos de integración de sistemas domóticos e inmóticos con redes de comunicación.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC0956_2. Realizar los procesos de conexión entre redes privadas y redes públicas.

IFC301_2. Operación en sistemas de comunicaciones de voz y datos

(nivel 2)

IFCM0110. Operación en sistemas de comunicaciones de voz y datos

Sin contenidos relacionados

UC0960_2. Instalar, configurar y verificar equipos de acceso a redes públicas.

UC0961_2. Configurar y mantener servicios en equipos privados de conmutación telefónica.

 

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC1210_2. Poner en servicio y mantener redes inalámbricas de área local y metropolitanas.

IFC362_2. Operaciones de mantenimiento de sistemas de radiocomunicaciones

(nivel 2)

FCM0210. Mantenimiento de primer nivel en sistemas de radiocomunicaciones

Sin contenidos relacionados

UC1211_2. Poner en servicio equipos de radiocomunicaciones de redes fijas y móviles.

UC1212_2. Mantener equipos de radiocomunicaciones de redes fijas y móviles.

 

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC2490_2. Aplicar tecnologías habilitadoras digitales para la gestión de dispositivos y datos en el entorno profesional.

IFC748_2. Digitalización aplicada al entorno profesional

(nivel 2)

No existe

Sin contenidos relacionados

UC2491_2. Aplicar tecnologías habilitadoras digitales para la gestión de contenidos en el entorno profesional.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC0223_3. Configurar y explotar sistemas informáticos.

IFC079_3. Administración de bases de datos

(nivel 3)

IFCT0310. Administración de bases de datos

Técnico Superior en administración de sistemas informáticos en red

UC0224_3. Instalar y administrar sistemas gestores de bases de datos.

UC0225_3. Configurar y gestionar bases de datos relacionales.

UC2318_3. Instalar, configurar y administrar la capa de virtualización de los sistemas y redes sobre los que se ofrece el servicio.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC0228_3. Diseñar la infraestructura de red telemática.

IFC081_3. Administración y diseño de redes departamentales

(nivel 3)

IFCT0410. Administración y diseño de redes departamentales

Sin contenidos relacionados

UC0229_3. Coordinar la implantación de la infraestructura de red telemática.

UC0230_3. Administrar la infraestructura de red telemática.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC0486_3. Asegurar equipos informáticos.

IFC153_3. Seguridad informática

(nivel 3)

IFCT0109. Seguridad informática

Sin contenidos relacionados

UC0487_3. Auditar redes de comunicación y sistemas informáticos.

UC0488_3. Detectar y responder ante incidentes de seguridad.

UC0489_3. Diseñar e implementar sistemas seguros de acceso y transmisión de datos.

UC0490_3. Gestionar servicios en el sistema informático.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC0490_3. Gestionar servicios en el sistema informático.

IFC156_3. Administración de servicios de Internet

(nivel 3)

IFCT0509. Administración de servicios de Internet

Técnico Superior en administración de sistemas informáticos en red

UC0495_3. Instalar, configurar y administrar el software para gestionar un entorno web.

UC0496_3. Instalar, configurar y administrar servicios de mensajería electrónica.

UC0497_3. Instalar, configurar y administrar servicios de transferencia de archivos y multimedia.

UC2318_3. Instalar, configurar y administrar la capa de virtualización de los sistemas y redes sobre los que se ofrece el servicio.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC0228_3. Diseñar la infraestructura de red telemática.

IFC302_3. Gestión de redes de voz y datos

(nivel 3)

IFCM0310. Gestión de redes de voz y datos

Sin contenidos relacionados

UC0962_3. Integrar servicios de voz, datos y multimedia.

UC0963_3. Administrar y proveer servicios de comunicaciones a usuarios.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC0966_3. Consultar y extraer información de distintas plataformas de almacenamiento de datos.

IFC304_3. Sistemas de gestión de información

(nivel 3)

IFCD0211. Sistemas de gestión de información

Sin contenidos relacionados

UC0967_3. Crear y gestionar repositorios de contenidos.

UC0968_3. Administrar el sistema de gestión de información.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC1216_3. Monitorizar el estado y la disponibilidad de la red de comunicaciones y de los servicios implementados.

IFC364_3. Gestión y supervisión de alarmas en redes de comunicaciones

(nivel 3)

IFCM0410. Gestión y supervisión de alarmas en redes de comunicaciones

Sin contenidos relacionados

UC1217_3. Realizar operaciones de configuración y de control de la red de comunicaciones.

UC1218_3. Gestionar la calidad de los servicios soportados sobre la red de comunicaciones.

 

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC0490_3. Gestionar servicios en el sistema informático.

IFC365_3. Implantación y gestión de elementos informáticos en sistemas domóticos-inmóticos, de control de accesos y presencia, y de videovigilancia

(nivel 3)

IFCT0409. Implantación y gestión de elementos informáticos en sistemas domóticos/inmóticos, de control de accesos y presencia, y de videovigilancia

Sin contenidos relacionados

UC1219_3. Implantar y mantener sistemas domóticos/inmóticos.

UC1220_3. Implantar y mantener sistemas de control de accesos y presencia, y de videovigilancia.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC1221_3. Organizar y gestionar la puesta en servicio y el mantenimiento de redes inalámbricas de área local y metropolitanas.

IFC366_3. Mantenimiento de segundo nivel en sistemas de radiocomunicaciones

(nivel 3)

IFCM0111. Mantenimiento de segundo nivel en sistemas de radiocomunicaciones

Sin contenidos relacionados

UC1222_3. Coordinar la puesta en servicio de sistemas de radiocomunicaciones de redes fijas y móviles.

UC1223_3. Gestionar el mantenimiento de sistemas de radiocomunicaciones de redes fijas y móviles.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC0966_3. Consultar y extraer información de distintas plataformas de almacenamiento de datos.

IFC749_3. Gestión de datos y entrenamiento en sistemas de Inteligencia Artificial basados en aprendizaje automático

(nivel 3)

No existe

Sin contenidos relacionados

UC2492_3. Procesar los datos para su uso en sistemas de inteligencia artificial basados en aprendizaje automático.

UC2493_3. Entrenar modelos en sistemas de inteligencia artificial basados en aprendizaje automático.

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC2494_3. Instalar y mantener sistemas de inteligencia artificial basados en aprendizaje automático.

IFC750_3. Gestión de la instalación, despliegue y explotación de sistemas de Inteligencia Artificial basados en aprendizaje automático

(nivel 3)

No existe

Sin contenidos relacionados

UC2495_3. Desplegar sistemas de inteligencia artificial basados en aprendizaje automático.

UC2496_3. Explotar servicios de procesamiento y analítica de datos en plataformas disponibles en línea.

UC2497_3. Desarrollar componentes software específicos para sistemas de inteligencia artificial basados en aprendizaje automático.

 

 

Unidad de competencia

Cualificación profesional

Certificado de profesionalidad

Título de FP de referencia

UC0076_2. Efectuar la recogida y tratamiento de los residuos domésticos.

SEA027_2. Gestión de residuos

(nivel 2)

SEAG0108. Gestión de residuos urbano e industriales

Sin contenidos relacionados

UC0077_2. Efectuar la recogida y tratamiento de los residuos peligrosos.

UC2305_2. Efectuar la recogida y tratamiento de los residuos comerciales e industriales.

UC2519_2. Realizar las funciones de nivel básico para la prevención de riesgos laborales.