Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Núm. 620546
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 20 de octubre de 2022 por la que se convoca el procedimiento para evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-Next GenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional (BOE núm. 78, de 1 de abril) tiene como objetivo la constitución y ordenación de un Sistema de Formación Profesional al servicio de un régimen de formación y acompañamiento profesionales que sea capaz de responder con flexibilidad a los intereses, las expectativas y las aspiraciones de cualificación profesional de las personas a lo largo de su vida. A la vez, ha de ser también un poderoso instrumento para el fortalecimiento y sostenibilidad de la economía que satisfaga las competencias demandadas por el mundo laboral, tanto para el aumento de la productividad como para la generación de empleo y su mantenimiento por parte de los sectores productivos.
El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral (BOE núm. 205, de 25 de agosto de 2009), vigente en todo aquello que no se oponga a la Ley Orgánica 3/2022, determina el procedimiento único para evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
El Real Decreto 143/2021, de 9 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral (BOE núm. 59, de 10 de marzo de 2021), se especifican algunos cambios del procedimiento para evaluar y acreditar las competencias profesionales.
La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de economía sostenible (BOE núm. 55, de 5 de marzo de 2011), indica en el artículo 72.h) que uno de los objetivos en materia de formación profesional es mejorar la cualificación de los ciudadanos mediante la aplicación del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales.
El Decreto 55/2011, de 20 de mayo, regulador de la estructura organizativa del procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación en la comunidad autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 81, de 2 de junio de 2011), determina en el artículo 2.1 que la Consejería con competencias en educación y el Servicio de Empleo de las Illes Balears, conjuntamente o separadamente, deben aprobar las convocatorias públicas del procedimiento para evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación y deben garantizar la estructura organizativa necesaria para gestionar el procedimiento. En el supuesto de que se aprueben de forma separada, es preceptivo un informe favorable vinculante del órgano administrativo no convocante.
De acuerdo con el artículo 3.1 del citado Decreto, el Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears (IQPIB) es el órgano encargado de la gestión y la coordinación de este procedimiento.
El Real Decreto 1069/2021, de 4 de diciembre, por el que se aprueba la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024 (BOE núm. 292, de 7 de diciembre de 2021), configura el marco normativo para la coordinación y ejecución de las políticas activas de empleo e intermediación laboral al conjunto del Estado. La Estrategia incorpora como objetivo potenciar la formación y, concretamente, propone en el objetivo instrumental 2.3 «promover la formación modular acreditable y el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y las vías no formales de formación».
La Resolución de 16 de diciembre de 2020, de la Secretaria General de Formación Profesional, concede un importe de 4.693.181,32 € a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para financiar el procedimiento de acreditación de las competencias profesionales (BOE núm. 338, de 28 de diciembre de 2020).
La Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Secretaria General de Formación Professional, concede un importe de 4.636.206,87 € a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para financiar el procedimiento de acreditación de las competencias profesionales (BOE núm. 249, de 18 de octubre de 2021).
Esta convocatoria está financiada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-Next GenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar las bases que deben resolver la convocatoria del procedimiento para evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación. Estas bases figuran como anexo 1 de esta Resolución.
2. Aprobar las unidades de competencia convocadas, con indicación de la cualificación profesional, el certificado de profesionalidad y el título de formación profesional de referencia. Todo esto figura como anexo 2 de esta Resolución.
3. Convocar el procedimiento para evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación en los términos que figuran en las bases que se incluyen como anexo 1 de esta Resolución.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y establecer que comenzará a tener efectos el día siguiente de publicarse.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a partir del día siguiente de publicarse , de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de publicarse , de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 20 de octubre de 2022
El consejero de Educación y Formación Profesional Martí X. March i Cerdà
ANEXO 1 Bases de la convocatoria
Primero Objeto y ámbito de aplicación
1. Esta convocatoria permite evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación de las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales especificadas en el anexo 2.
2. El procedimiento y los requisitos establecidos en esta Resolución, así como los efectos de la evaluación y acreditación de competencias, tienen alcance y validez en todo el territorio del Estado.
Segundo Política de privacidad
1. Los datos que se recojan en este procedimiento deben tratarse de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (BOE núm. 294, de 6 de diciembre de 2018).
2. El IQPIB debe realizar el tratamiento estadístico y la gestión del procedimiento para evaluar y acreditar las competencias profesionales. En cualquier momento se pueden ejercer los derechos reconocidos en la citada Ley, en particular los de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose por escrito al IQPIB, con el mismo domicilio que la Consejería de Educación y Formación Profesional.
Tercero Importe de la convocatoria
El coste total presupuestado para la implementación del procedimiento para evaluar y acreditar las competencias profesionales asignado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears es de 4.693.181,32 € según los acuerdos tomados en la Conferencia Sectorial de Educación de 4 de diciembre de 2020 con el FF21129 y el acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2020 y de 4.636.206,87 € según los acuerdos tomados en la Conferencia Sectorial de Educación de 21 de julio de 2021 y el acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de junio de 2021 con el MR012.
Cuarto Destinatarios
Los destinatarios son las personas con experiencia laboral o bien con conocimientos no formales de formación relacionados con las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales objeto de esta convocatoria que cumplan los requisitos previstos en el punto sexto.
Quinto Requisitos para la participación
1. Las personas que quieran participar en el procedimiento deben cumplir los requisitos siguientes:
En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar prevean una duración inferior, deben acreditarse las horas establecidas en estos módulos.
Para establecer el periodo de quince años (acceso a través de la experiencia laboral) o de diez años (acceso a través de formación no formal) anteriores a la convocatoria, debe tenerse como referencia el día en que se presenta la solicitud de inscripción al procedimiento.
2. Las personas mayores de 25 años que cumplan los requisitos de experiencia o de formación y que no puedan justificarlos, pueden solicitar la inscripción provisional en el procedimiento siempre que presenten alguna prueba admitida en derecho que justifique la experiencia laboral o la formación no formal de acuerdo con lo que prevé la normativa vigente. Para estos casos la Comisión Permanente debe determinar si se permite la inscripción definitiva.
Sexto Fases del procedimiento y tasas
1. Según lo que dispone la normativa vigente, las fases del procedimiento son:
2. La inscripción a cada una de las tres fases está sujeta al pago de tasas. Este pago puede hacerse por vía telemática o de forma presencial en el momento de hacer el trámite en línea correspondiente.
3. Las tasas a abonar son las que están aprobadas en la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año vigente, que pueden consultarse en la página web de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (https://www.atib.es/ta/modelos/tasas046.aspx?idconselleria=3451).
4. Quedan exentos del pago de la tasa:
La documentación de los apartados b) y d) debe comprobarse de oficio a no ser que la persona interesada no autorice su comprobación.
Séptimo Inscripción al procedimiento y documentación requerida
1. Las personas interesadas en participar en este procedimiento deben cumplimentar la solicitud de inscripción telemática mediante el formulario establecido a tal efecto que se encuentra disponible en la página web http://iqpib.caib.es. La tramitación telemática solo se completa cuando se envía la solicitud. No se consideran válidas las solicitudes con la marca de agua «sin validez», ya que ello indica que no se ha enviado.
2. No puede pedirse la evaluación y la acreditación de las unidades de competencia en los casos siguientes:
3. Junto con la solicitud debe presentarse la documentación acreditativa siguiente:
i. Para trabajadores asalariados:
ii. Para trabajadores autónomos o por cuenta propia:
iii. Para trabajadores voluntarios o becarios:
4. Todos los documentos que no se presenten redactados en lengua catalana o castellana deben acompañarse necesariamente de la traducción oficial correspondiente.
5. La falsedad en los datos declarados o aportadas comporta la pérdida del derecho a participar en este procedimiento y la no devolución de las tasas abonadas.
Octavo Presentación de la documentación
1. La documentación requerida debe presentarse preferentemente en línea en el momento de realizar el trámite telemático.
2. En caso de no adjuntar la documentación, esta debe presentarse en los lugares siguientes:
3. De acuerdo con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las administraciones públicas pueden presentarse:
Noveno Admisión al procedimiento
1. Las solicitudes de inscripción al procedimiento deben ser revisadas por la Comisión Permanente.
2. En el caso que la Comisión Permanente haga un requerimiento de documentación a la persona candidata, ésta tendrá 15 días naturales para aportarla y, si no la presenta, se considera que desiste en participar en el procedimiento.
3. Todas las personas interesadas que cumplen los requisitos podrán participar en el procedimiento.
4. La Comisión Permanente debe comunicar a las personas que cumplen los requisitos que pueden participar en el procedimiento y que deben formalizar la solicitud de inscripción a la fase de asesoramiento, y a las personas que no cumplen los requisitos, los motivos por los que no pueden participar en dicho procedimiento.
Décimo Inscripción y desarrollo de la fase de asesoramiento
1. Las personas que cumplen los requisitos deben cumplimentar, en un plazo no superior a tres meses, la solicitud de inscripción a la fase de asesoramiento, mediante el formulario establecido a tal efecto que se encuentra disponible en la página web http://iqpib.caib.es. La tramitación telemática solo se completa cuando se envía la solicitud. No se consideran válidas las solicitudes con la marca de agua «sin validez», ya que ello indica que no se ha enviado.
2. Junto con esta solicitud debe presentarse el justificante del pago de la tasa de inscripción y, si es el caso, documentación justificativa de tener derecho a la exención del pago.
3. El IQPIB debe asignar un asesor o asesora a cada participante, que le ayudará a recopilar y organizar toda la documentación relativa al historial profesional y formativo relacionado con las unidades de competencia que haya solicitado el asesoramiento.
4. La fase de asesoramiento debe desarrollarse de acuerdo con lo que dispone el artículo 15 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio y sus modificaciones.
5. Las actuaciones de la fase de asesoramiento deben realizarse preferentemente de manera telemática. En caso de hacerlas presenciales deben realizarse los días hábiles, excepto festivos, en los centros integrados públicos de formación profesional, en los institutos de educación secundaria o en la Consejería de Educación y Formación Profesional.
6. Una vez finalizada la fase de asesoramiento, los participantes recibirán, por medios telemáticos, el informe de asesoramiento de la cualificación profesional correspondiente de su asesor o asesora (documento no vinculante) y podrán continuar con el procedimiento.
Undécimo Inscripción y desarrollo de la fase de evaluación
1. Las personas que hayan recibido asesoramiento pueden participar en la fase de evaluación y cumplimentar, en un plazo no superior a tres meses, la solicitud de inscripción a la fase de evaluación, mediante el formulario establecido a tal efecto que se encuentra disponible en la página web http://iqpib.caib.es. La tramitación telemática solo se completa cuando se envía la solicitud. No se consideran válidas las solicitudes con la marca de agua «sin validez», ya que ello indica que no se ha enviado.
2. Junto con esta solicitud, debe presentarse el justificante del pago de la tasa de inscripción o, si es el caso, la documentación justificativa de tener derecho a la exención del pago.
3. El IQPIB debe asignar un evaluador o evaluadora a cada participante para que evalúe la competencia profesional de cada una de las unidades de competencia que haya solicitado la evaluación y no las tenga acreditadas.
4. La fase de evaluación debe desarrollarse de acuerdo con lo que dispone el artículo 16 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio y sus modificaciones.
5. Las actuaciones de la fase de evaluación deben realizarse preferentemente en el lugar de trabajo del participante (siempre que el lugar de trabajo sea en la Comunicad Autónoma de las Illes Balears), en los centros integrados públicos de formación profesional o en instalaciones autorizadas por el IQPIB.
6. Al menos una de las intervenciones debe ser presencial. El resto de actuaciones pueden desarrollarse por medios telemáticos.
7. Esta evaluación tiene como objeto comprobar si se demuestra la competencia profesional requerida en las realizaciones profesionales, en los niveles establecidos en los criterios de realización y en una situación de trabajo, real o simulada, fijada a partir del contexto profesional, siguiendo los criterios para la evaluación establecidos en las guías de evidencias.
8. Los resultados de la evaluación de la competencia profesional en cada unidad de competencia deben expresarse en los términos de demostrada o no demostrada.
9. Una vez finalizada la fase de evaluación, las personas evaluadas deben recibir, por medios telemáticos, la comunicación de los resultados provisionales de la evaluación de la cualificación profesional correspondiente de su evaluador o evaluadora.
10. Si la persona evaluada no está de acuerdo con el resultado de la evaluación, tiene derecho a reclamar ante su evaluador o evaluadora en un plazo de tres días hábiles. La reclamación debe enviarse a la dirección de correo electrónico de su evaluador o evaluadora utilizado durante el desarrollo de la fase de evaluación.
11. Contra el acta individual de evaluación puede presentarse un recurso de alzada ante la directora del IQPIB en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la comunicación.
Duodécimo Fase de acreditación y registro de la competencia profesional
1. La directora del IQPIB debe expedir un certificado de acreditación de las unidades de competencia evaluadas positivamente a cada persona evaluada, expresadas como demostradas, de acuerdo con el modelo previsto en el anexo III A del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
2. Una vez finalizada la fase de evaluación, el IQPIB debe enviar el certificado de acreditación de las unidades de competencia demostradas por medios telemáticos.
3. El IQPIB debe registrar de oficio en el Registro de Unidades de Competencias Profesionales de las Illes Balears, creado mediante el Decreto 55/2011, las acreditaciones de unidades de competencia expedidas en el marco del procedimiento establecido por el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, y debe transferir los resultados al registro de carácter estatal del Servicio de Empleo Estatal, en cumplimiento del artículo 18.2 del Real Decreto 1224/2009.
4. En cualquier caso, la acreditación de las competencias profesionales no implica la obtención de la habilitación para la profesión. Para obtenerla, debe cumplirse la normativa que regula el ejercicio de la actividad profesional correspondiente.
5. Las personas que hayan acreditado todas las unidades de competencia de la cualificación profesional convocada pueden solicitar, si es el caso, el correspondiente certificado de profesionalidad al SOIB.
Decimotercero Designación de los asesores y evaluadores
1. De acuerdo con el que prevé el artículo 7 del Decreto 55/2011, de 20 de mayo, deben designarse los asesores y los evaluadores necesarios para realizar este procedimiento.
2. La Directora de la IQPIB, órgano responsable de habilitar el personal asesor y evaluador, designa las personas que deben actuar como asesores y evaluadores en el procedimiento de acreditación.
3. Los asesores y los evaluadores participantes en esta convocatoria deben estar incluidos en el Registro del Personal Asesor y Evaluador del Servicio Público de Empleo Estatal de las unidades de competencia para las que se ha convocado el procedimiento.
Decimocuarto Plan de formación
Con independencia de los resultados obtenidos, el evaluador o evaluadora debe proporcionar a todas las personas evaluadas el correspondiente plan de formación, en el cual se deben hacer constar:
ANEXO 2 Unidades de competencia convocadas
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC0118_2. Instalar y mantener equipos electrónicos de audio. |
ELE042_2. Instalación y mantenimiento de equipos electrónicos de audio, vídeo y multimedia (nivel 2) |
ELEQ0211. Reparación de equipos electrónicos de audio y video |
Sin contenidos relacionados |
UC0119_2. Instalar y mantener equipos electrónicos de vídeo. |
|||
UC2339_2. Instalar y mantener equipos electrónicos multimedia. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC0597_2. Montar y mantener instalaciones de megafonía y sonorización de locales. |
ELE188_2. Montaje y mantenimiento de instalaciones de megafonía, sonorización de locales y circuito cerrado de televisión (nivel 2) |
ELES0109. Montaje y mantenimiento de instalaciones de megafonía, sonorización de locales y circuito cerrado de televisión |
Técnico en instalaciones de telecomunicaciones |
UC0598_2. Montar y mantener instalaciones de circuito cerrado de televisión. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC1567_2. Montar y mantener sistemas de transmisión para radio y televisión en instalaciones fijas y unidades móviles. |
ELE483_2. Montaje y mantenimiento de sistemas de producción audiovisual y de radiodifusión (nivel 2) |
ELES0211. Montaje y mantenimiento de sistemas de producción audiovisual y de radiodifusión |
Sin contenidos relacionados |
UC1566_2. Montar y mantener sistemas de producción audiovisual en estudios y unidades móviles. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC2264_2. Montar líneas de alimentación en electrificación ferroviaria. |
ELE671_2. Montaje y mantenimiento de líneas de alimentación en electrificación ferroviaria (nivel 2) |
No existe |
Sin contenidos relacionados |
UC2265_2. Mantener líneas de alimentación en electrificación ferroviaria. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC2333_2. Efectuar operaciones de montaje en subestaciones de tracción y centros de autotransformación ferroviarios. |
ELE690_2. Operaciones eléctricas en subestaciones de tracción y centros de autotransformación ferroviarios (nivel 2) |
No existe |
Sin contenidos relacionados |
UC2334_2. Efectuar operaciones de mantenimiento en subestaciones de tracción y centros de autotransformación ferroviarios. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC2335_2. Instalar sistemas de control-mando y señalización en infraestructuras ferroviarias. |
ELE691_2. Instalación y mantenimiento de sistemas de control-mando y señalización en infraestructuras ferroviarias (nivel 2) |
No existe |
Sin contenidos relacionados |
UC2336_2. Mantener sistemas de control-mando y señalización en infraestructuras ferroviarias. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC2337_2. Instalar sistemas de telecomunicaciones y servicios auxiliares en infraestructuras ferroviarias. |
ELE692_2. Instalación y mantenimiento de sistemas de telecomunicaciones y servicios auxiliares en infraestructuras ferroviarias (nivel 2) |
No existe |
Sin contenidos relacionados |
UC2338_2. Mantener sistemas de telecomunicaciones y servicios auxiliares en infraestructuras ferroviarias. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC2466_2. Preparar la instalación de dispositivos y sistemas conectados, IoT. |
ELE738_2. Instalación y mantenimiento de dispositivos y sistemas conectados, IoT (nivel 2) |
No existe |
Sin contenidos relacionados |
UC2467_2. Instalar dispositivos y sistemas conectados, IoT. |
|||
UC2468_2. Mantener y reparar dispositivos y sistemas conectados, IoT. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC1533_2. Ejecutar operaciones de mantenimiento en subestaciones eléctricas. |
ELE766_2. Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de alta tensión (nivel 2) |
No existe |
Sin contenidos relacionados |
UC2559_2. Realizar operaciones de montaje de centros de transformación. |
|||
UC2560_2. Ejecutar operaciones de mantenimiento en centros de transformación. |
|||
UC2561_2. Realizar operaciones de montaje de subestaciones eléctricas. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC2562_2. Efectuar operaciones de montaje de líneas aéreas de alta tensión. |
ELE767_2. Montaje y mantenimiento de líneas eléctricas de alta tensión (nivel 2) |
No existe |
Sin contenidos relacionados |
UC2563_2. Efectuar operaciones de montaje de líneas subterráneas de alta tensión. |
|||
UC2564_2. Realizar operaciones de mantenimiento en líneas de alta tensión. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC0826_3. Desarrollar proyectos de instalaciones de telecomunicación destinadas a la captación, adaptación y distribución de señales de radio y televisión en edificaciones. |
ELE258_3. Desarrollo de proyectos de infraestructuras de telecomunicaciones y otras redes de voz y datos en edificaciones (nivel 3) |
ELES0110. Desarrollo de proyectos de infraestructuras de telecomunicación y de redes de voz y datos en el entorno de edificios |
Técnico Superior en sistemas de telecomunicaciones e informáticos |
UC0827_3. Desarrollar proyectos de instalaciones de telecomunicación destinadas a los servicios de telefonía y banda ancha en edificaciones. |
|||
UC0828_3. Desarrollar proyectos de instalaciones de redes destinadas a gestión, control, seguridad y comunicación interior en el ámbito de la infraestructura de telecomunicaciones en edificaciones u otras redes de área local. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC0829_3. Desarrollar proyectos de instalaciones eléctricas de baja tensión en el entorno de edificios de viviendas, industrias, oficinas y locales de pública concurrencia. |
ELE259_3. Desarrollo de proyectos de instalaciones eléctricas en el entorno de edificios y con fines especiales (nivel 3) |
ELEE0110. Desarrollo de proyectos de instalaciones eléctricas en el entorno de edificios y con fines especiales |
Técnico Superior en sistemas electrotécnicos y automatizados |
UC0830_3. Desarrollar proyectos de instalaciones eléctricas de baja tensión en locales de características especiales e instalaciones con fines especiales. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC0831_3. Desarrollar proyectos de redes eléctricas de baja tensión. |
ELE260_3. Desarrollo de proyectos de redes eléctricas de baja y alta tensión (nivel 3) |
ELEE0210. Desarrollo de proyectos de redes eléctricas de baja y alta tensión |
Técnico Superior en sistemas electrotécnicos y automatizados |
UC0832_3. Desarrollar proyectos de redes eléctricas de alta tensión. |
|||
UC0833_3. Desarrollar proyectos de instalaciones eléctricas de centros de transformación. |
|||
UC0834_3. Desarrollar proyectos de instalaciones de alumbrado exterior. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC1271_3. Planificar y gestionar la instalación de sistemas de electromedicina y sus instalaciones asociadas. |
ELE381_3. Gestión y supervisión de la instalación y mantenimiento de sistemas de electromedicina (nivel 3) |
ELEQ0208. Gestión y supervisión de la instalación y mantenimiento de sistemas de electromedicina |
Técnico Superior en electromedicina clínica |
UC1272_3. Supervisar y realizar la instalación de sistemas de electromedicina y sus instalaciones asociadas. |
|||
UC1273_3. Planificar y gestionar el mantenimiento de sistemas de electromedicina y sus instalaciones asociadas. |
|||
UC1274_3. Supervisar y realizar el mantenimiento de sistemas de electromedicina y sus instalaciones asociadas. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC1184_3. Organizar y gestionar el montaje de las infraestructuras de telecomunicación y de redes de voz y datos en el entorno de edificios. |
ELE383_3. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de las infraestructuras de telecomunicación y de redes de voz y datos en el entorno de edificios (nivel 3) |
ELES0210. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de las infraestructuras de telecomunicación y de redes de voz y datos en el entorno de edificios |
Técnico Superior en sistemas de telecomunicaciones e informáticos |
UC1185_3. Supervisar el montaje de las infraestructuras de telecomunicación y de redes de voz y datos en el entorno de edificios. |
|||
UC1186_3. Organizar y gestionar el mantenimiento de las infraestructuras de telecomunicación y de redes de voz y datos en el entorno de edificios. |
|||
UC1187_3. Supervisar el mantenimiento de las infraestructuras de telecomunicación y de redes de voz y datos en el entorno de edificios. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC1188_3. Gestionar y organizar el montaje y mantenimiento de redes eléctricas aéreas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de intemperie. |
ELE384_3. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de redes eléctricas aéreas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de intemperie (nivel 3) |
ELEE0410. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de redes eléctricas aéreas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de intemperie |
Sin contenidos relacionados |
UC1189_3. Supervisar el montaje de redes eléctricas aéreas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de intemperie. |
|||
UC1190_3. Supervisar el mantenimiento de redes eléctricas aéreas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de intemperie. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC1275_3. Planificar y gestionar el montaje y mantenimiento de redes eléctricas de baja tensión y alumbrado exterior. |
ELE385_3. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de redes eléctricas de baja tensión y alumbrado exterior (nivel 3) |
ELEE0610. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de redes eléctricas de baja tensión y alumbrado exterior |
Técnico Superior en sistemas electrotécnicos y automatizados |
UC1276_3. Supervisar y realizar el montaje de redes eléctricas de baja tensión y alumbrado exterior. |
|||
UC1277_3. Supervisar y realizar el mantenimiento de redes eléctricas de baja tensión y alumbrado exterior. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC1191_3. Gestionar y organizar el montaje y mantenimiento de las redes eléctricas subterráneas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de interior. |
ELE386_3. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de redes eléctricas subterráneas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de interior (nivel 3) |
ELEE0510. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de redes eléctricas subterráneas de alta tensión de segunda y tercera categoría y centros de transformación de interior |
Sin contenidos relacionados |
UC1192_3. Supervisar el montaje de las redes eléctricas subterráneas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de interior. |
|||
UC1193_3. Supervisar el mantenimiento de las redes eléctricas subterráneas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de interior. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC1568_3. Desarrollar proyectos de sistemas de control para procesos secuenciales en sistemas de automatización industrial. |
ELE484_3. Desarrollo de proyectos de sistemas de automatización industrial (nivel 3) |
ELEM0110. Desarrollo de proyectos de sistemas de automatización industrial |
Técnico Superior en automatización y robótica industrial |
UC1569_3. Desarrollar proyectos de sistemas de medida y regulación en sistemas de automatización industrial. |
|||
UC1570_3. Desarrollar proyectos de redes de comunicación en sistemas de automatización industrial. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC1571_3. Gestionar y supervisar los procesos de montaje de estaciones base de telefonía. |
ELE485_3. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de equipamiento de red y estaciones base de telefonía (nivel 3) |
ELES0411. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de equipamiento de red y estaciones base de telefonía |
Técnico Superior en mantenimiento electrónico |
UC1572_3. Gestionar y supervisar los procesos de mantenimiento de estaciones base de telefonía. |
|||
UC1573_3. Gestionar y supervisar los procesos de montaje de los sistemas de telecomunicación de red telefónica. |
|||
UC1574_3. Gestionar y supervisar los procesos de mantenimiento de los sistemas de telecomunicación de red telefónica. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC1575_3. Gestionar y supervisar los procesos de montaje de sistemas de automatización industrial. |
ELE486_3. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de sistemas de automatización industrial (nivel 3) |
ELEM0210. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de sistemas de automatización industrial |
Técnico Superior en automatización y robótica industrial |
UC1576_3. Gestionar y supervisar los procesos de mantenimiento de sistemas de automatización industrial. |
|||
UC1577_3. Supervisar y realizar la puesta en marcha de sistemas de automatización industrial. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC1820_3. Gestionar y supervisar los procesos de montaje de sistemas domóticos e inmóticos. |
ELE551_3. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de sistemas domóticos e inmóticos (nivel 3) |
ELEM0211. Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de sistemas domóticos e inmóticos |
Sin contenidos relacionados |
UC1821_3. Gestionar y supervisar los procesos de mantenimiento de sistemas domóticos e inmóticos. |
|||
UC1822_3. Parametrizar y poner en marcha los sistemas domóticos e inmóticos. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC1980_3. Desarrollar proyectos de sistemas domóticos. |
ELE600_3. Desarrollo de proyectos de sistemas domóticos e inmóticos (nivel 3) |
ELEM0511. Desarrollo de proyectos de sistemas domóticos e inmóticos |
Sin contenidos relacionados |
UC1981_3. Desarrollar proyectos de sistemas inmóticos. |
|||
UC1982_3. Desarrollar proyectos de integración de sistemas domóticos e inmóticos con redes de comunicación. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC0956_2. Realizar los procesos de conexión entre redes privadas y redes públicas. |
IFC301_2. Operación en sistemas de comunicaciones de voz y datos (nivel 2) |
IFCM0110. Operación en sistemas de comunicaciones de voz y datos |
Sin contenidos relacionados |
UC0960_2. Instalar, configurar y verificar equipos de acceso a redes públicas. |
|||
UC0961_2. Configurar y mantener servicios en equipos privados de conmutación telefónica. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC1210_2. Poner en servicio y mantener redes inalámbricas de área local y metropolitanas. |
IFC362_2. Operaciones de mantenimiento de sistemas de radiocomunicaciones (nivel 2) |
FCM0210. Mantenimiento de primer nivel en sistemas de radiocomunicaciones |
Sin contenidos relacionados |
UC1211_2. Poner en servicio equipos de radiocomunicaciones de redes fijas y móviles. |
|||
UC1212_2. Mantener equipos de radiocomunicaciones de redes fijas y móviles. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC2490_2. Aplicar tecnologías habilitadoras digitales para la gestión de dispositivos y datos en el entorno profesional. |
IFC748_2. Digitalización aplicada al entorno profesional (nivel 2) |
No existe |
Sin contenidos relacionados |
UC2491_2. Aplicar tecnologías habilitadoras digitales para la gestión de contenidos en el entorno profesional. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC0223_3. Configurar y explotar sistemas informáticos. |
IFC079_3. Administración de bases de datos (nivel 3) |
IFCT0310. Administración de bases de datos |
Técnico Superior en administración de sistemas informáticos en red |
UC0224_3. Instalar y administrar sistemas gestores de bases de datos. |
|||
UC0225_3. Configurar y gestionar bases de datos relacionales. |
|||
UC2318_3. Instalar, configurar y administrar la capa de virtualización de los sistemas y redes sobre los que se ofrece el servicio. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC0228_3. Diseñar la infraestructura de red telemática. |
IFC081_3. Administración y diseño de redes departamentales (nivel 3) |
IFCT0410. Administración y diseño de redes departamentales |
Sin contenidos relacionados |
UC0229_3. Coordinar la implantación de la infraestructura de red telemática. |
|||
UC0230_3. Administrar la infraestructura de red telemática. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC0486_3. Asegurar equipos informáticos. |
IFC153_3. Seguridad informática (nivel 3) |
IFCT0109. Seguridad informática |
Sin contenidos relacionados |
UC0487_3. Auditar redes de comunicación y sistemas informáticos. |
|||
UC0488_3. Detectar y responder ante incidentes de seguridad. |
|||
UC0489_3. Diseñar e implementar sistemas seguros de acceso y transmisión de datos. |
|||
UC0490_3. Gestionar servicios en el sistema informático. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC0490_3. Gestionar servicios en el sistema informático. |
IFC156_3. Administración de servicios de Internet (nivel 3) |
IFCT0509. Administración de servicios de Internet |
Técnico Superior en administración de sistemas informáticos en red |
UC0495_3. Instalar, configurar y administrar el software para gestionar un entorno web. |
|||
UC0496_3. Instalar, configurar y administrar servicios de mensajería electrónica. |
|||
UC0497_3. Instalar, configurar y administrar servicios de transferencia de archivos y multimedia. |
|||
UC2318_3. Instalar, configurar y administrar la capa de virtualización de los sistemas y redes sobre los que se ofrece el servicio. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC0228_3. Diseñar la infraestructura de red telemática. |
IFC302_3. Gestión de redes de voz y datos (nivel 3) |
IFCM0310. Gestión de redes de voz y datos |
Sin contenidos relacionados |
UC0962_3. Integrar servicios de voz, datos y multimedia. |
|||
UC0963_3. Administrar y proveer servicios de comunicaciones a usuarios. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC0966_3. Consultar y extraer información de distintas plataformas de almacenamiento de datos. |
IFC304_3. Sistemas de gestión de información (nivel 3) |
IFCD0211. Sistemas de gestión de información |
Sin contenidos relacionados |
UC0967_3. Crear y gestionar repositorios de contenidos. |
|||
UC0968_3. Administrar el sistema de gestión de información. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC1216_3. Monitorizar el estado y la disponibilidad de la red de comunicaciones y de los servicios implementados. |
IFC364_3. Gestión y supervisión de alarmas en redes de comunicaciones (nivel 3) |
IFCM0410. Gestión y supervisión de alarmas en redes de comunicaciones |
Sin contenidos relacionados |
UC1217_3. Realizar operaciones de configuración y de control de la red de comunicaciones. |
|||
UC1218_3. Gestionar la calidad de los servicios soportados sobre la red de comunicaciones. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC0490_3. Gestionar servicios en el sistema informático. |
IFC365_3. Implantación y gestión de elementos informáticos en sistemas domóticos-inmóticos, de control de accesos y presencia, y de videovigilancia (nivel 3) |
IFCT0409. Implantación y gestión de elementos informáticos en sistemas domóticos/inmóticos, de control de accesos y presencia, y de videovigilancia |
Sin contenidos relacionados |
UC1219_3. Implantar y mantener sistemas domóticos/inmóticos. |
|||
UC1220_3. Implantar y mantener sistemas de control de accesos y presencia, y de videovigilancia. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC1221_3. Organizar y gestionar la puesta en servicio y el mantenimiento de redes inalámbricas de área local y metropolitanas. |
IFC366_3. Mantenimiento de segundo nivel en sistemas de radiocomunicaciones (nivel 3) |
IFCM0111. Mantenimiento de segundo nivel en sistemas de radiocomunicaciones |
Sin contenidos relacionados |
UC1222_3. Coordinar la puesta en servicio de sistemas de radiocomunicaciones de redes fijas y móviles. |
|||
UC1223_3. Gestionar el mantenimiento de sistemas de radiocomunicaciones de redes fijas y móviles. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC0966_3. Consultar y extraer información de distintas plataformas de almacenamiento de datos. |
IFC749_3. Gestión de datos y entrenamiento en sistemas de Inteligencia Artificial basados en aprendizaje automático (nivel 3) |
No existe |
Sin contenidos relacionados |
UC2492_3. Procesar los datos para su uso en sistemas de inteligencia artificial basados en aprendizaje automático. |
|||
UC2493_3. Entrenar modelos en sistemas de inteligencia artificial basados en aprendizaje automático. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC2494_3. Instalar y mantener sistemas de inteligencia artificial basados en aprendizaje automático. |
IFC750_3. Gestión de la instalación, despliegue y explotación de sistemas de Inteligencia Artificial basados en aprendizaje automático (nivel 3) |
No existe |
Sin contenidos relacionados |
UC2495_3. Desplegar sistemas de inteligencia artificial basados en aprendizaje automático. |
|||
UC2496_3. Explotar servicios de procesamiento y analítica de datos en plataformas disponibles en línea. |
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UC2497_3. Desarrollar componentes software específicos para sistemas de inteligencia artificial basados en aprendizaje automático. |
Unidad de competencia |
Cualificación profesional |
Certificado de profesionalidad |
Título de FP de referencia |
UC0076_2. Efectuar la recogida y tratamiento de los residuos domésticos. |
SEA027_2. Gestión de residuos (nivel 2) |
SEAG0108. Gestión de residuos urbano e industriales |
Sin contenidos relacionados |
UC0077_2. Efectuar la recogida y tratamiento de los residuos peligrosos. |
|||
UC2305_2. Efectuar la recogida y tratamiento de los residuos comerciales e industriales. |
|||
UC2519_2. Realizar las funciones de nivel básico para la prevención de riesgos laborales. |