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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 620054
Extracto de la convocatoria para el año 2022 de subvenciones para actuaciones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional marítimo terrestre del archipiélago de Cabrera
BDNS (Identif.): 654861
Conforme a lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias).
Primero Entidades beneficiarias
Pueden ser beneficiarios los Ayuntamientos de los municipios de Palma y de ses Salinas, únicos situados en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Cabrera.
Segundo Objeto y finalidad
La finalidad de las ayudas es incentivar a las personas y entidades beneficiarias para llevar a cabo iniciativas para mejorar el nivel y la calidad de vida y promocionar el desarrollo sostenible de las poblaciones de las áreas de influencia socioeconómica del Parque Nacional marítimo terrestre del archipiélago de Cabrera, de manera compatible con la conservación ambiental.
Tercero Actuaciones subvencionables
Son actuaciones subvencionables las que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o de interés social o de promoción de una finalidad pública, en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Cabrera, destinadas a los siguientes fines:
Cuarto Bases reguladoras
Orden 6/2022 del consejero de Medio Ambiente y Territorio por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional marítimo terrestre del archipiélago de Cabrera (BOIB n.º 48, de 9 de abril de 2022), modificada por la Orden 23/2022, del consejero de Medio Ambiente y Territorio (BOIB n.º 125, de 24 de septiembre de 2022).
Quinto Cuantía
Año |
Cuantía |
Partida presupuestaria |
---|---|---|
2022 |
0 € |
15301 G/571C03 76001 00 22054 |
2022 |
0 € |
15301 G/571C03 46001 00 22054 |
2023 |
50.000 € |
15301 G/571C03 76001 00 22054 |
2023 |
100.000 € |
15301 G/571C03 46001 00 22054 |
2024 |
50.000 € |
15301 G/571C03 76001 00 22054 |
2024 |
137.690,94 € |
15301 G/571C03 46001 00 22054 |
3. En el caso de concesión de prórrogas, se imputará a las partidas presupuestarias equivalentes de los ejercicios 2025 y 2026.
4. El importe consignado inicialmente podrá ampliarse, mediante resolución de modificación de la convocatoria, con los efectos, si procede, que dispone el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La modificación mencionada, salvo que se establezca de lo contrario, no implica que el plazo para presentar solicitudes se amplíe ni afecta la tramitación ordinaria de las solicitudes presentadas y no resueltas expresamente.
Sexto Importe de las subvenciones
1. El importe máximo de las subvenciones es del 100% del coste total subvencionable del proyecto, sin que, en ningún caso, el importe de la subvención supere, de forma aislada o en concurrencia con otras subvenciones, el coste de la actuación objeto de subvención.
2. No se valorarán los proyectos que no superen la cuantía mínima de 30.000 euros (IVA incluido).
Séptimo Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes es de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Butlletí Oficial de les Illes Balears. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Palma, 19 de octubre de 2022
El consejero de Medio Ambiente y Territorio Miquel Mir Gual