Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ARTÀ
Núm. 619576
Aprobación definitiva MC 13/2022
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición pública, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de 26 de septiembre de 2022, de aprobación inicial de la modificación de crédito 13/2022, de suplemento de crédito y crédito extraordinario con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, tal y como sigue a continuación:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Suplemento de Crédito |
|
Progr. |
Económica |
Suplemento de Crédito |
|
1511 |
60900 01 |
Otras inversiones nuevas en infraestructuras. |
215.205,40€ |
1602 |
62900 01 |
Otras inversiones nuevas asociadas al funcionamiento operativo de los servicios |
46.846,36€ |
1611 |
61900 01 |
Otras inversiones de reposición infraestructuras |
79.535,59€ |
1611 |
63309 01 |
Contadores de agua |
120.000,00€ |
3401 |
62200 01 |
Edificios y otras construcciones |
43.665,81€ |
3424 |
62200 01 |
Edificios y otras construcciones |
13.514,00€ |
|
|
TOTAL |
518.767,16€ |
Aplicación |
Descripción |
Crédito extraordinario |
|
Progr. |
Económica |
Crédito extraordinario |
|
9331 |
60000 01 |
Inversión en terrenos |
400.000,00€ |
|
|
TOTAL |
400.000,00€ |
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesorería, en los siguientes términos:
Suplementos en Aplicaciones de Ingresos
Aplicación |
Descripción |
Modificaciones de crédito |
|
Progr. |
Económica |
|
|
870 |
00 |
Remanente de Tesorería para Gastos Generales |
918.767,16€ |
|
|
TOTAL |
918.767,16€ |
Contra este acuerdo, en virtud de lo que dispone el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta jurisdicción.
Sin perjuicio de lo anterior, según lo fijado en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Artà, (firmado electrónicament: 24 de octubre de 2022) El alcalde Manuel Galán Massanet