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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE BÚGER

Núm. 615963
Elección de Juez de Paz Sustituto

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En fecha 19 de octubre de 2022, el Alcalde del Ayuntamiento de Búger dictó el siguiente bando de alcaldía:

Expediente nº: 221/2022

Bando de Alcaldía de número y fecha establecidos al margen

Procedimiento: Elección de Juez de Paz Sustituto.

Documento firmado por: El Alcalde

BANDO DE ALCALDIA

Pere Torrens Escalas, Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, HAGO SABER:

Que el día 4 de octubre de 2022 ha quedado vacante el cargo de Juez de Paz sustituto.

Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto de este Municipio, de conformidad con lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Que se abre un plazo de diez días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias municipales de la Corporación donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.

Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recaudar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.

Así mismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://buger.sedelectronica.es].

Que, en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.

Lo que se publica para general conocimiento”

 

Documento firmado electrónicamente (20 de octubre de 2022)

El alcalde Pere Torrens Escalas