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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

Núm. 614071
Resolución definitiva relativa a la convocatoria del ayuntamiento de Santa Eulària des Riu para la concesión de ayudas para la adquisición de la primera vivienda del año 2022

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Que por Junta de Gobierno Local de fecha 20 de octubre de 2022 se aprobó la siguiente lista definitiva de ayudas concedidas y denegadas de la convocatoria del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu para la concesión de ayudas para la adquisición de la primera vivienda del año 2022, que se transcribe a continuación:

Listado Nº1. Ayudas definitivas concedida:

ORD

INICIALES

DNI/CIF

PUNT

IMPORTE

1.

FMJ

47252032G

26

3.000,00 €

2.

PAR

47254968L

21

3.000,00 €

3.

JGA

47255047Y

21

3.000,00 €

4.

HMD

46956193Z

21

3.000,00 €

5.

CMB

53607988W

21

3.000,00 €

6.

RGA

47250843B

17

3.000,00 €

7.

OVD

46957961B

17

3.000,00 €

8.

APM

53067340S

17

3.000,00 €

9.

RCC

47253192Z

16

3.000,00 €

10.

CPP

46958695D

16

3.000,00 €

11.

TCA

47254313P

16

3.000,00 €

12.

RRS

47625173Q

16

3.000,00 €

13.

ER

Y2951162T

13

3.000,00 €

14.

RPA

46951325E

12

3.000,00 €

15.

NRE

47258357G

12

3.000,00 €

16.

RSC

47254615B

12

3.000,00 €

17.

LCE

45715416H

12

3.000,00 €

18.

VME

47254022Q

12

3.000,00 €

19.

EMPA

49413924B

12

3.000,00 €

20.

CBN

54878356B

12

3.000,00 €

21.

LMAJ

45717331R

10

3.000,00 €

22.

MMA

46959284T

4

3.000,00 €

TOTAL:

66.000,00 €

Listado Nº2. Ayudas definitivas denegadas:

ORD

INICIALES

DNI/CIF

MOTIVO

1.

RHA

47256482S

ART.8 Plazo de corrección de errores

2.

FGC

Y1067979B

ART.8 Plazo de corrección de errores

3.

JAJ

46959272B

ART.1.1.d Ser persona física, residente legal en el municipio y con una antigüedad mínima en el padrón municipal de dos años.

4.

BYG

50129074E

ART.1.1.h Que los ingresos íntegros de los miembros de la unidad de convivencia no excedan de 31.634,40 € (4 IPREM) en el caso de una sola persona solicitante, y de 63.268,80 € (8 IPREM) en el caso de dos o más personas solicitantes

5.

DTV

46956846T

ART.1.1.d Ser persona física, residente legal en el municipio y con una antigüedad mínima en el padrón municipal de dos años.

6.

HTL

46953780Q

ART.1.1. d Ser persona física, residente legal en el municipio y con una antigüedad mínima en el padrón municipal de dos años.

7.

SMD

53368402F

ART.1.1. d Ser persona física, residente legal en el municipio y con una antigüedad mínima en el padrón municipal de dos años.

8.

LPJ

71224749M

ART.1.1.h Que los ingresos íntegros de los miembros de la unidad de convivencia no excedan de 31.634,40 € (4 IPREM) en el caso de una sola persona solicitante, y de 63.268,80 € (8 IPREM) en el caso de dos o más personas solicitantes

ART.8 Plazo de corrección de errores

9.

FOHR

47256867F

ART.1.1. g La vivienda deberá haberse adquirido en el plazo entre el 13 de mayo de 2021 (fecha de publicación de la anterior convocatoria) y la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB.

10.

CGJM

46959111B

ART.1.1. d Ser persona física, residente legal en el municipio y con una antigüedad mínima en el padrón municipal de dos años.

11.

RCM

70165967M

ART.1.1. d Ser persona física, residente legal en el municipio y con una antigüedad mínima en el padrón municipal de dos años.

12.

GBF

41451478G

Art.2 El objeto de estas bases es ofrecer ayudas para la adquisición de la primera vivienda construida o de nueva construcción

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldesa de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación o publicación de la resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho

 

Santa Eulària des Riu, Firmado digitalmente (20 de octubre de 2022)

 La alcaldesa Maria del Carmen Ferrer Torres