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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 611072
Aprobación inicial de la Ordenanza reguladora del precio público para la prestación de servicios al Espacio Empresarial del área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera Consell Insular de Formentera

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Texto

El Pleno del Consell Insular de Formentera, en sesión ordinaria celebrada el 30 de septiembre de 2022, aprobó, con carácter de aprobación inicial, la Ordenanza reguladora del precio público para la prestación de servicios al Espacio Empresarial del área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera, conforme al siguiente acuerdo:

“(…)

PRIMERO.- Aprobar inicialmente la Ordenanza reguladora del precio público para la prestación de servicios al Espacio Empresarial del área de Desarrollo Local del Consejo Insular de Formentera, de acuerdo con el siguiente texto del ANEXO NORMATIVO.

SEGUNDO.- Publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), en el tablón de anuncios y en la página web del Consell Insular de Formentera, el edicto relativo al acuerdo de aprobación inicial de la Ordenanza reguladora del precio público, para que la ciudadanía y las personas legítimamente interesadas puedan examinar el expediente y formular reclamaciones durante el plazo de 30 días a partir de la publicación del edicto en el BOIB.

TERCERO.- Remitir copia cotejada del presente texto aprobado inicialmente al Institut de la Dona de les Illes Balears en cumplimiento del que establece el arte. 5.3 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

QUART.- Considerar que si en el plazo de información pública no hay reclamaciones, se tiene que entender definitivamente aprobado el acuerdo inicialmente adoptado, sin necesidad de un nuevo acuerdo expreso.

QUINTO.- Ordenar la publicación íntegra en el BOIB del acuerdo correspondiente (sobre la Ordenanza reguladora del precio público), ya sea el inicial elevado a definitivo, ya sea lo derivado del estudio de las reclamaciones, a los efectos de su entrada en vigor, todo de conformidad con el citado Texto refundido de la Ley de haciendas locales y también el artículo 103.2 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.

ANEXO NORMATIVO

Ordenanza reguladora del precio público para la prestación de servicios al Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera

Artículo 1. Norma reguladora

En conformidad con el título I "Recursos de las haciendas locales", artículos 41 a 47, y también, relacionado con los anteriores, el artículo 127 y el artículo 21, del RDL 2/2004, de 5 de marzo por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, referentes a los precios públicos, y también, de conformidad con la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, el Consell Insular de Formentera establece los precios públicos para la prestación de servicios en el Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local, que se regirán por el que establece esta Ordenanza.

Artículo 2. Hecho imponible

El hecho imponible del precio público es la cesión temporal del espacio de trabajo individual equipado en la sala compartida del Espacio Empresarial, que incluye: acceso a los servicios comunes, como por ejemplo sala de reuniones, recepción, baños, limpieza, luz, conexión a internet, servicio de reprografía (con un número limitado mensual de 200 fotocopias/impresiones por persona beneficiaria, que se especificará en el reglamento de uso) y servicio de tutela, acompañamiento y formación empresarial.

Artículo 3. Obligados al pago

Están obligadas al pago las personas físicas o jurídicas que se beneficien de la prestación de servicios regulados por la presente Ordenanza.

Artículo 4. Tarifas

1. La cuantía del precio público regulado en esta Ordenanza, respecto a la cesión temporal de un espació de trabajo individual en el Espacio Empresarial del área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera, será la fijada por las tarifas de la tabla siguiente:

Modalidades

Tarifa mensual

Primer año de permanencia

(1-12 meses)

Segundo año de permanencia

(13-24 meses)

Tercer año de permanencia

(25-36 meses)

Espacio de trabajo individual en el Espacio Empresarial

60 €

70 €

80 €

2. El periodo máximo de permanencia en el Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera será de treinta y seis meses.

3. El importe de las tarifas indicadas incluye la puesta a disposición de los usuarios de los espacios de trabajo individual adjudicados y de los servicios comunes del Espacio Empresarial, en conformidad con el que establece el Reglamento que regula el acceso y uso del Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera.

Artículo 5. Gestión y cobro de cuotas

1. El pago del precio público regulado en esta Ordenanza es obligatorio desde el inicio de la prestación del servicio.

2. Los interesados en la prestación de servicios del Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera tendrán que presentar en el Área de Desarrollo Local la solicitud conforme con el modelo que se establezca y tendrán que aportar la documentación que se especifique.

La autorización de uso de estos espacios se realizará por el procedimiento establecido en el Reglamento que regula el acceso y uso del Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consejo Insular de Formentera.

3. Las disposiciones generales, la prestación de servicios y el funcionamiento establecidos en el Reglamento que regula el acceso y uso del Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera regirán de forma supletoria por aquello no establecido en esta Ordenanza.

4. Las cuotas se liquidarán mensualmente dentro de los cinco primeros días de cada mes, una vez firmado el convenio de cesión de espacios.

5. El ingreso se realizará mediante domiciliación bancaria en la cuenta del Consell Insular de Formentera que se notifique; los citados ingresos serán controlados por el área económica del Consell Insular de Formentera y por el Área de Desarrollo Local.

6. En el momento de presentar la solicitud para el uso temporal del Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera, los interesados tendrán que comunicar al Área de Desarrollo Local los datos precisos para proceder a la domiciliación bancaria. Cualquier cambio que se produzca en estos datos tendrá que comunicarse antes del día 15 o inmediatamente hábil siguiente del mes anterior a aquel en qué tenga que producir efectos.

7. El impago o retraso en el pago de la mensualidad de dos meses consecutivos dará lugar a la resolución automática de la cesión.

8. La administración insular podrá acordar la no aplicación de las tarifas en los casos que se aprecien razones sociales, benéficas, culturales o de interés público en la solicitud formulada.

9. No estarán sujetos al pago de estas tarifas los actos organizados por el Consell Insular de Formentera, así como las que sean consecuencia de intercambios, convenios con otras instituciones o acuerdos de colaboración.

Disposición final

El presente precio público y sus normas reguladoras entrarán en vigor en el plazo de treinta días contados a partir de su publicación en el BOIB, según lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Su vigencia continuará hasta que no sea derogado o modificado.

Por lo cual se somete a información pública durante el plazo de treinta días hábiles, para que los interesados puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones, la finalidad de las cuales esté directamente relacionada con el objeto de la disposición, en los términos del artículo 102.c) de la Ley 20/2006, de 27 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, todo de conformidad con el texto inicialmente aprobado e insertado en el presente Boletín.

La consulta del expediente se realizará en el Área de Desarrollo Local, venda des Brolls 53, 07860, de Sant Francesc (Formentera), en horario de atención al público (de 9.00 a 14.00 horas) y de lunes a viernes.”

Lo cual se hace público para general conocimiento

 

Formentera, con la fecha de la firma electrónica (19 de octubre de 2022)

La presidenta del Consell Insular de Formentera Ana Juan Torres