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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 593798
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 14 de octubre de 2022 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del Centro de Educación Infantil de Primer ciclo (CEI) Son Espases

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. El 22 de julio de 2021 (GOIBE311664/2021), el señor Carlos Ricci Voltas, como director gerente y representante de la Concesionaria Hospital Universitari Son Espases SA y con núm. de NIF A 57464570, adjudicataria de la Concesión del Hospital Universitario de Son Espases, presentó una solicitud de autorización de apertura y funcionamiento de un centro de educación infantil de primer ciclo, que actualmente está funcionando como guardería a nivel asistencial, con 6 unidades (2 unidades de 0-1 año, 2 unidades de 1 a 2 años y 2 unidades de 2 a 3 años), adjuntando la documentación correspondiente.

2. El 13 de diciembre de 2021, el arquitecto del Instituto para la Educación de la Primera Infancia (IEPI), con el visto bueno de la directora, informó que la documentación presentada acreditaba que las instalaciones del centro cumplían con los requisitos establecidos por la normativa de aplicación Decreto 23/2020, de 31 de julio, sin embargo el informe favorable quedaba condicionado a la presentación de los siguientes documentos:

  • Planos de planta a escala 1/100, firmados electrónicamente con firma validada del técnico competente y certificación de seguridad estructural y estabilidad de los elementos constructivos.

3. El 22 de diciembre de 2021 (GOIBE624705/2021), el representante del centro presentó la nueva documentación para subsanar el informe de 13 de diciembre de 2021.

4. El 2 de mayo de 2022 (GOIBE247224/2022) presentó el certificado de seguridad estructural, y los planos de los alzados de la iluminación y ventilación de las aulas.

5. El 19 de mayo de 2022, el arquitecto del Instituto para la Educación de la Primera Infancia (IEPI) informó favorablemente el proyecto presentado, indicando que se habían justificado cada uno de los condicionantes requeridos en el anterior informe.

6. En fecha 28 de junio de 2022, el representante del centro solicitó la visita de los técnicos para comprobar que las instalaciones se habían adecuado a los planos aprobados.

7. En fecha 1 de agosto de 2022, el arquitecto del IEPI informó favorablemente de la visita realizada al centro el 29 de julio de 2022.

8. En fecha 15 de septiembre de 2022, la Comisión de Valoración de las Cualificaciones del Profesorado de Educación Infantil de Primer Ciclo emitió informe favorable respecto al número de profesionales, al número de maestros de educación infantil y al resto de personal de atención educativa y favorable condicionado a cumplir los compromisos adquiridos respecto a la certificación de lengua catalana exigible de conformidad en el apartado f) del artículo 11 del Decreto 23/2020 y el artículo 3 de la Orden de 8 de marzo de 2018

9. El 12 de octubre de 2022 , la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre el expediente de apertura y funcionamiento del Centro de Educación Infantil de primer ciclo CEI Son Espases.

10. El 13 de octubre de 2022 , el director general de Planificación, Ordenación y Centros emitió una propuesta de resolución por la que se autorice la apertura y el funcionamiento del Centro de Educación Infantil de primer ciclo CEI Son Espases.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2 /2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

 

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de Educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102 de Creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros privados deben someterse a la autorización administrativa correspondiente (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

5. El Decreto 23/2020 de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 135, de 1 de agosto).

6. Orden del consejero de Educación y Universidad de 8 de marzo de 2018 por la que se fijan las titulaciones que hay que tener para dar clases de y en lengua catalana, propia de las Illes Balears, en la enseñanza reglada no universitaria, establecen las equivalencias, se define el Plan de Formación Lingüística y Cultural (FOLC), se regulan las condiciones de la exención de la evaluación de la lengua catalana y literatura en enseñanzas no universitarias y se determinan las funciones y la composición de la Comisión Técnica de Asesoramiento para la Enseñanza de y en Lengua Catalana (BOIB núm. 38, de 27 de marzo).

7. Resolución del consejero de Educación y Universidad de día 28 de mayo de 2018 por la que se aprueban las instrucciones que establecen las condiciones para obtener la equivalencia del certificado de capacitación para la enseñanza en lengua catalana en el primer ciclo del educación infantil (CCI) con la titulación de técnico superior en Educación Infantil (BOIB núm. 68, de 2 de junio).

8. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

9. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 21, de 15 de febrero), modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Illes Balears (BOIB núm. 33, de 9 de marzo).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha 13 de octubre de 2022, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar la apertura y funcionamiento del Centro de Educación Infantil de primer ciclo CEI Son Espases, con el código 07016463.

2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Código de centro: 07016463

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil de Primer ciclo privado

Denominación específica: Son Espases

Titular: Concesionaria Hospital Universitario Son Espases SA (NIF A57464570)

Domicilio: Ctra. Valldemossa, nº. 79, Bloque K, piso 1

Municipio: Palma

Código postal: 07120

Enseñanzas autorizadas:

Educación infantil de primer ciclo: 6 unidades y 74 puestos escolares, distribuidas de la siguiente forma:

  • De 0 a 1 año: 2 unidades y 12 puestos escolares.
  • De 1 a 2 años: 2 unidades y 24 puestos escolares.
  • De 2 a 3 años: 2 unidades y 36 puestos escolares

3. Inscribir esta autorización en el Registro autonómico de centros docentes (Repositorio de centros) y en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

4. Remitir al citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente ya solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares .

 

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 14 de octubre de 2022

El consejero de Educación y Formación Profesional ​​​​​​​Martí X. March i Cerdà