En el Pleno del Ayuntamiento de 29 de Septiembre de 2022 se adoptó el siguiente acuerdo:
1.- ESTIMAR las alegaciones formuladas dentro del período de información pública del expediente administrativo de redacción del Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS 2022-2030), de conformidad al informe técnico relativo a la resolución de las alegaciones del Departamento de Movilidad de fecha 29 de agosto de 2022, que informa en sentido estimatorio, formuladas por los siguientes interesados e identificadas como sigue:
- La Asociación de Vecinos de Son Gual; identificadas con los núm. 1.3.
- La Asociación Veïnats Bellver el Terreno; identificadas con los núm. 2.1, 2.7.
- La Federació d'Associacions de Veïns de Palma; identificados con los núm. 3.2 b), 3.3 a), y 3.4 a).
- El Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos; identificadas con los núm. 4.1 c), 4.4 b), 4.5 b.1).
- Unibail Rodamco Palma S.L.U.; identificadas con los núm. 5.1.
- El Partido Popular de las Illes Balears; identificadas con los núm. 6.15 y 6.19.
- El grupo municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía Palma; identificadas con los núm. 7.21; que se inserta en la página 6 del documento de Propuestas de Actuación, con el siguiente tenor literal: "1.1.2.b) Es un objetivo de este PMUS avanzar hacia un sistema que permita mejorar las condiciones de movilidad de gente mayor, niños o que puedan experimentar por sufrir algún grado de discapacidad física, sensorial o mental que reduzca su movilidad".
2.- ESTIMAR PARCIALMENTE las alegaciones formuladas dentro del período de información pública del expediente administrativo de redacción del Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS 2022-2030), de conformidad al informe técnico relativo a la resolución de las alegaciones del Departamento de Movilidad de fecha 29 de agosto de 2022, que informa en sentido estimatorio parcial, formuladas por los siguientes interesados e identificadas como sigue:
- La Asociación de Vecinos de Son Gual; identificadas con los núm. 1.1, que se inserta en la justificación de la medida núm. 6, con el siguiente tenor literal: “También se constituye en una oportunidad para asignar más recursos a los corredores más saturados y para sectores actualmente no servidos”; 1.2; y 1.4.
- La Asociación Veïnats Bellver el Terreno; identificadas con los núm. 2.4.
- La Federació d'Associacions de Veïns de Palma; identificadas con los núm. 3.3 c); 3.3 d), que se inserta en la actuación núm. 20, con el siguiente tenor literal: “A partir de los déficits residenciales de aparcamiento detectados se observan las zonas de actuación prioritaria. En estos sectores prioritarios, básicamente situados en el área del ensanche y en zonas densidad urbana fuera de Vía Cintura se tienen que buscar posibles espacios en la vía pública o en futuros equipamientos , para la construcción de aparcamientos de preferencia residencial”; 3.4 c), que se inserta en la actuación núm. 6, con el siguiente tenor literal: "Se propone la mejora de las líneas de transporte público en los barrios más alejados dentro del estudio de reestructuración de la red de transporte público. Hay que mencionar que este tipo de actuación ya es actualmente un objetivo general de la EMT, ligado a la disponibilidad de recursos”; 3.4 d), que se inserta en la actuación núm. 6, con el siguiente tenor literal: "También se constituye en una oportunidad para asignar más recursos a los corredores más saturados y para sectores actualmente no servidos y revisión del servicio nocturno”; 3.4 e); 3.4 f).
- El Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos; identificadas con los núm. 4.3 a); 4.5 c); 4.5 d1); 4.5 d2), que se inserta en el título de la medida de actuación núm. 20, con el siguiente tenor literal: “20. Aumentar la dotación de aparcamientos fuera calzada preferentemente para residentes”.
- El Partido Popular de las Illes Balears; identificadas con los núm. 6.1, que se inserta en el texto con el siguiente tenor literal: "Año 2023: Centro de la ciudad (interior Avenidas): FASE 1. La implantación del resto de fases de la ZBE se determinará mediante un procedimiento en el que se fijen los objetivos, criterios, y fases y una planificación, diseño, puesta en marcha y seguimiento de la efectividad en la mejora de la calidad del aire”; 6.4, que modifica la propuesta de actuación núm. 24, que elimina el apartado 24.3 y, finalmente, modifica el apartado 24.2, con el siguiente tenor literal: "24.2. Ampliación de las reservas de motocicletas en el centro ciudad. La presión de estacionamiento de motos en el centro provoca una sobre ocupación de la oferta actual, afectando a la zona Ora, por lo que se plantea el incremento de plazas de motos”; 6.5; 6.14, y 6.21.
- El grupo municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía Palma; identificadas con los núm. 7.2; 7.3; 7.7; 7.16, que se inserta en la medida núm. 7, añadiendo el texto siguiente: "Además, en el caso de los carriles-bus, también suponen una oportunidad para disminuir la capacidad del coche y fomentar el trasvase modal. Se crearían 12.4 nuevos km de carril-bus, lo que supondría una red de 17.2 km de carriles-bus en Palma (....).
- De acuerdo con los criterios anteriores se contemplan los siguientes nuevos carriles-bus, que suponen 12,4 nuevos km añadidos a los 4,8 km actuales (...)”; y 7.17.
- Greenpeace España; identificadas con los núm. 8.4.
3.- DESESTIMAR las alegaciones formuladas dentro del período de información pública del expediente administrativo de redacción del Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS 2022-2030), de conformidad al informe técnico relativo a la resolución de las alegaciones del Departamento de Movilidad de fecha 29 de agosto de 2022, que informa en sentido desestimatorio, formuladas por los siguientes interesados e identificadas como sigue:
- La Asociación Veïnats Bellver el Terreno; identificadas con los núm. 2.2; 2.3; 2.5; 2.6; y 2.8.
- La Federació d'Associacions de Veïns de Palma; identificadas con los núm. 3.1 a); 3.1 b); 3.2 a); 3.2 c); 3.3 b); 3.3 e); 3.3 f); y 3.4 b).
- El Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos; identificadas con los núm. 4.1 a); 4.2; 4.3 b); 4.4 a); 4.5 a); 4.5 b2); 4.5 b3); 4.5 b4); 4.5 e1); y 4.5 e2).
- Unibail Rodamco Palma S.L.U.; identificadas con los núm. 5.2.
- El Partido Popular de las Illes Balears; identificadas con los núm. 6.2; 6.3; 6.6; 6.7; 6.8; 6.9; 6.10; 6.11; 6.12; 6.13; 6.16; 6.17; 6.18; 6.20; 6.22; y 6.23.
- El grupo municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía Palma; identificadas con los núm. 7.1; 7.4; 7.5; 7.6; 7.8; 7.9; 7.10; 7.11; 7.12; 7.13; 7.14; 7.15; 7.18; 7.19; y 7.20.
- Greenpeace España; identificadas con los núm. 8.1; 8.2; y 8.3.¨
4.- ADVERTIR que no se entra en el fondo de las alegaciones presentadas por la Asociación Profesional de Compañías Privadas de Servicios de Seguridad (APROSER), por extemporánea, aunque se considera que el tema del acceso de los vehículos de seguridad privada se ha de tratar en el futuro proyecto de Zona de Bajas Emisiones de la ciudad de Palma.
5.- SUBSANAR los errores materiales detectados en la redacción del Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS 2022-2030) en relación a los carriles bici y la red básica de peatones, que quedan rectificados en la nueva redacción.
6.- ESTIMAR, de conformidad con el informe favorable emitido por la Comisión de Urbanismo y medio ambiente de 22 de Septiembre de 2022 las siguientes enmiendas formuladas por PSIB-PSOE y MES- Estimam Palma, en relación a la aprobación definitiva del PMUS de Palma (PMUS 2022-2030), añadiendo en su caso los textos referidos en sendos informes de resolución de enmiendas del Regidor del Área de Movilidad sostenible, en el documento PROPUESTAS DE ACTUACIÓN, identificados como sigue:
- "Única" y 5 en relación a la Medida de actuación nº15, y nº 4 en relación a la Medida de actuación nº12: "Se incluye la ampliación del sistema de bicicleta pública hacia el Oeste, al Norte y al Este de la Ciudad, integrando los sistemas urbanos de San Agustín y Cala Mayor, Son Rapiña-La Vileta, Rafal- Vivero, Molinar- Coll d'en Rebassa, Playa de Palma y Pla de Sant Jordi."
- Nº 1, 2 y 6, en relación a la Medida de actuación nº 1, y 2:
- Incluir la propuesta de directrices de ordenación de "Superislas".
- Completar la red básica de peatones del plano de la página 22 introduciendo los siguientes contenidos:
- "Se prevé la ampliación de los ejes prioritarios de la red básica de peatones más allá del área central de Palma, mejorando y ampliando la actual red básica de peatones de los barrios y pueblos de Palma, como por ejemplo en los sistemas urbanos de San Agustín y Cala Mayor, Rafal- Vivero, Molinar- Coll d'en Rebassa, Son Morro-Son Llàtzer (IES y Hospital), Son Ferriol- Playa de Palma".
- "1.16. Calle Colliure, remodelación clave para la revitalización del mercado de Es Camp Redó y S'Exorxador."
- "En este sentido, este Plan incluye los ejes de prioridad de peatones recogidos en el nuevo Plan General de Palma en cuanto a la red de Conectores Verdes Urbanos de la Infraestructura Verde de Palma".
- "1.15. Entorno de la Plaza del Progreso, ya recogido en el Plan Especial de Santa Catalina".
- Nº 3 en relación a la Medida de actuación nº 6:
- "6.1 El estudio de reestructuración de la red de transporte público, incluirá las Directrices de Ordenación de la Red de Corredores de Transporte Público de Palma a desarrollar a largo plazo. Conformará una red de transporte público con líneas radiales y transversales, que tomarán como punto de partida la Red de -Corredores de Transporte Público recogida en el nuevo Plan General de Palma.
- 6.2 El estudio de restructuración de la red de transporte público incorporará los nuevos centros de intermodalidad de la nueva red en los puntos de confluencia de los ejes radiales con los transversales.
- Nº 7 en relación a la Medida de actuación nº 19:
- Ampliar la primera fase de ampliación de la zona ORA hasta el entorno de influencia del mercado de Es Camp Redó y del eje cívico de Colliure.
7.- APROBAR DEFINITIVAMENTE el PLAN DE MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE DE PALMA (PMUS 2022-2030) de acuerdo con el informe técnico adjunto sobre resolución de alegaciones, y sendos informes de resolución de enmiendas del Regidor del Área de Movilidad Sostenible, y con la redacción que se recoge en el Anexo del presente acuerdo.
8.- PUBLICAR el presente acuerdo en el Boib, y publicar el texto definitivo del PLAN DE MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE DE PALMA (PMUS 2022-2030) en la página web municipal.
9.- NOTIFICAR individualmente el presente Acuerdo a los interesados que han presentado alegaciones durante el plazo de información pública, con traslado del informe técnico para la aprobación definitiva, con indicación de los recursos pertinentes.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (4 de octubre de 2002)
El regidor del Área de Movilidad Sostenible p.d. decreto de alcaldía núm. 13026, de 28/06/2019 (BOIB núm. 94, de 28/06/20149) p.d. decreto de alcaldía núm. 12198 de 17/06/2019 (BOIB núm. 85, de 27/06/2019) Francesc Josep Dalmau Fortuny