Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 582452
Resolución de la directora del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears por la que se conceden las subvenciones correspondientes a la convocatoria para apoyar los proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales de las Illes Balears en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea - NextGeneration EU)
Hechos
1. En fecha 23 de desembre de 2021 el presidente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears (ICIB) dictó la Resolución por la que se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada de gasto, subvenciones para apoyar los proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea - NextGeneration EU) (BOIB n.º 180, de 30 de diciembre de 2021).
2. Durante el plazo de presentación de solicitudes para optar a las subvenciones mencionadas, el ICIB recibió treinta y seis solicitudes.
3. La Comisión Evaluadora prevista en el apartado 12 de la convocatoria se reunió los días 24 y 27 de mayo de 2022 para examinar las solicitudes presentadas y para emitir el informen que sirvió de base para la Propuesta de resolución de la directora del ICIB.
4. En fecha 13 de septiembre de 2022 se publicó en la Sede Electrónica de la CAIB la Propuesta de resolución de la convocatoria, a fin de que las personas interesadas pudieran formular alegaciones. Se recibieron dos alegaciones.
5. Dentro del plazo establecido, se presentaron las alegaciones siguientes:
5.1. Alegación en relación con el expediente IFE 6/2022, en que se solicita que se modifique el importe concedido.
5.2. Alegación en relación con el expediente IFE 32/2022, en que se solicita que se incluyan como gastos elegibles la totalidad de los enumerados en el presupuesto del proyecto.
6. Respecto a las alegaciones a la Propuesta de resolución de la convocatoria, se determina lo siguiente:
6.1. Estimar la alegación presentada en relación con el expediente IFE 6/2022: se rectifica el importe concedido.
6.2. Desestimar la alegación en relación con el expediente IFE 32/2022: los gastos que se han considerado no subvencionables se han determinado en función de lo establecido por las bases en sus apartados 1, «Objecto y finalidad», y 2, «Gastos subvencionables y no subvencionables». En concreto, y según lo determinado en el apartado 2.2 de las bases, la palabra «herramientas» está vinculada a «sistemas digitales», de tal modo que se refiere específicamente a «herramientas digitales». Por estilo, sería inviable repetir el adjetivo: «Modernización de las herramientas digitales y de los sistemas digitales (…)». Asimismo, es relevante destacar el contexto en que aparece (apartado 2.2 de las bases, sobre gastos subvencionables y no subvencionables):
«— Modernización de sistemas digitales de audio y de comunicaciones en red.
»— Modernización de los sistemas de iluminación digital.
»— Modernización de los sistemas de vídeo digital.
»— Modernización de los sistemas de gestión digital de maquinaria escénica.
»— Modernización de las herramientas y de los sistemas digitales de gestión artística y de producción de espectáculos en los recintos escénicos y musicales.
»— Cualquier otra adquisición que, de un modo indudable, responda a la naturaleza de la convocatoria y resulte estrictamente necesaria y que se destine al objeto de estas bases.»
Por el hecho de que se juntan en un solo punto «herramientas» y «sistemas», es coherente interpretar que el adjetivo «digitales» se refiere a todos esos elementos.
7. En relación con el expediente IFE 21/2022, en la Propuesta de resolución de concesión figuraba la subvención como denegada por desistimiento al requerimiento, dado que, por cuestiones de distribución interna del registro electrónico, la respuesta al requerimiento enviada por parte del solicitante no había llegado todavía al ICIB. Una vez realizadas las comprobaciones pertinentes, se confirma que el solicitante había respondido en tiempo y forma y, por ello, se admite y valora su solicitud.
8. El personal del ICIB ha comprobado que las entidades beneficiarias cumplen los requisitos que la normativa establece para poder recibir subvenciones.
Fundamentos de derecho
— Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones.
— Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
— Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
— Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB n.º 100, de 11 de julio).
— Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
— Decreto 50/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears.
— Resolución del presidente del ICIB de 23 de diciembre de 2021 por la que se convoca la concesión de subvenciones para apoyar los proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales de las Illes Balears en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea - NextGeneration EU) (BOIB n.º 180, de 30 de diciembre).
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aprobar la concesión de subvenciones por el importe total de 720.889,41 euros a favor de los beneficiarios y de acuerdo con el concepto e importe que constan en el Anexo 1.
2. Autorizar y disponer el gasto indicado para cada uno de los beneficiarios con cargo al capítulo 7 del presupuesto del ICIB para el año 2021 y proveniente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea - NextGeneration EU), con los importes que se detallan en el Anexo 1.
3. Denegar y excluir de la concesión de subvenciones las solicitudes que se indican en el Anexo 1.
4. Establecer que los beneficiarios están obligados a cumplir con lo dispuesto en el apartado 21 de la Resolución del presidente del ICIB de 23 de diciembre de 2021.
5. Informar a los beneficiarios de que la subvención se justificará y pagará de acuerdo con lo dispuesto en los apartados 18 y 19 de la Resolución del presidente del ICIB de 23 de diciembre de 2021 por la que se convoca la concesión de subvenciones para apoyar los proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales de las Illes Balears en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea - NextGeneration EU).
6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso de alzada ante el presidente del ICIB, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2033, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
En Palma, en la fecha de la firma electrónica (10 de octubre de 2022) La directora gerente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears Cristina V. Llambias Cortés
ANEXO 1 SUBVENCIONES CONCEDIDAS
Número de expediente: IFE 9/2022
Número de expediente: IFE 10/2022
Número de expediente: IFE 14/2022
Número de expediente: IFE 31/2022
Número de expediente: IFE 1/2022
Número de expediente: IFE 27/2022
Número de expediente: IFE 6/2022
Número de expediente: IFE 12/2022
Número de expediente: IFE 7/2022
Número de expediente: IFE 16/2022
Número de expediente: IFE 26/2022
Número de expediente: IFE 13/2022
Número de expediente: IFE 32/2022
Número de expediente: IFE 19/2022
Número de expediente: IFE 30/2022
Número de expediente: IFE 23/2022
Número de expediente: IFE 3/2022
Número de expediente: IFE 21/2022
Número de expediente: IFE 15/2022
Número de expediente: IFE 22/2022
SUBVENCIONES DENEGADAS
Número de expediente: IFE 24/2022
Número de expediente: IFE 28/2022
Número de expediente: IFE 29/2022
Número de expediente: IFE 17 /2022
SUBVENCIONES EXCLUIDAS
Número de expediente: IFE 2/2022
Número de expediente: IFE 4/2022
Número de expediente: IFE 5/2022
Número de expediente: IFE 8/2022
Número de expediente: IFE 11/2022
Número de expediente: IFE 18/2022
Número de expediente: IFE 20/2022
Número de expediente: IFE 25/2022
Número de expediente: IFE 33/2022
Número de expediente: IFE 34/2022
Número de expediente: IFE 35/2022
Número de expediente: IFE 36/2022