Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 582292
Resolución núm. 2022-9569 de fecha 29/09/2022 mediante la cual se aprueba el nombramiento del Director de Recursos Humanos y Personal del Ayuntamiento de Eivissa

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Resolución núm. 2022-9569 de fecha 29/09/2022 mediante la cual se aprueba el nombramiento del Sr. Antonio Pérez Barrios como Director de Recursos Humanos y Personal del Ayuntamiento de Eivissa mediante el sistema de libre designación.

La regidora delegada, el día 29 de septiembre de 2022 ha dictado la siguiente resolución:

 

"DECRETO

HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. Dado que por decreto de Alcaldía núm. 2022-7682, de fecha 29/07/2022, se aprobaron las bases para la convocatoria del proceso de provisión del puesto de trabajo vacante de Director de Recursos Humanos y Personal del Ayuntamiento de Eivissa, mediante el sistema de libre designación en comisión de servicios, publicadas en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento y en la página web municipal en fecha 26/08/2022.

2. Dado que por decreto de Alcaldía núm. 2022-9283, de data 21/09/2022, se propuso al Sr. Antonio Pérez Barrios como un candidato idóneo para ocupar en comisión de servicios el puesto de Director de Recursos Humanos y Personal.

3. Vista la resolución del Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes mediante la cual se aprueba la autorización de la comisión de servicios del funcionario de carrera, el Sr. Antonio Pérez Barrios, en el Ayuntamiento de Ibiza, con efectos del día 1 de octubre de 2022 y hasta el 30 de septiembre de 2023, por un periodo inicial de un año, prorrogable por otro año.

4. Vistos los artículos 81 y 84 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.

5. Visto el artículo 64.3 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real decreto 364/1995, de 10 de marzo.

6. Visto el artículo 82 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la comunidad autónoma de las Illes Baleare.

Vista la propuesta de resolución PR/2022/1115  de 26 / de septiembre / 2022 fiscalizada favorablemente con fecha de 29 / de septiembre / 2022.

Mediante el presente y en virtud de las atribuciones que me han sido delegadas mediante decreto núm. 2020/1083 de fecha 19 de febrero de 2020, la regidora delegada del área de recursos humanos dicta la siguiente: 

RESOLUCIÓN

PRIMER. Nombrar al Sr. Antonio Pérez Barrios con DNI núm. 38****39B, como Director de Recursos Humanos y Personal del Ayuntamiento de Eivissa en comisión de servicios de carácter voluntario con efetos del día 1 de octubre de 2022 y hasta el 30 de septiembre de 2023, por un período inicial de un año, prorrogable por otro año.

SEGUNDO. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la sede electrónica de este Ayuntamiento (https://eivissa.sedelectrónica.es).

TERCERO. Notificar este decreto a la persona interesada y al Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes.

 

RECURSOS/ALEGACIONES

Contra este Decreto -que agota la vía administrativa- se puede interponer:

a) Directamente, un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el término de dos meses contados desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

b) Un recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el término de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya notificado la resolución expresa del mismo, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

c) Cualquier otro recurso que crea conveniente, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Eivissa, documento firmado electrónicamente (3 de octubre de 2022

La concejala Estefanía Torres Sánchez)